Esta mañana se ha recogido la notificación en respuesta a las alegaciones que se presentaron en el pasado mes de mayo frente al procedimiento sancionador por los hechos relatados en este hilo. El aviso llegó hace semana y pico pero hemos esperado hasta el último día para recogerla porque dábamos por hecho la sanción y queríamos dilatar lo máximo posible el periodo de alegaciones debido a las fechas en las que estamos.
Gracias a vuestras aportaciones, sobretodo las de abogado M, la cosa ha ido muy bien. Se propone una sanción por importe de 0 euros

. Exactamente 0 por el 25% = 0.
He leído la notificación por encima, no he podido hacer copia aunque se la he solicitado a la destinataria y la tendré en breve.
Para la proposición de dicha sanción nuestras alegaciones han sido determinantes y así se recoge en la propia notificación:
Por un lado el hecho de que los pagos en efectivo correspondieran a cuotas de alquiler, independientes e inferiores cada una de ellas a la cantidad de 2.500 euros, además de la copia del contrato de arrendamiento con opción de compra que se aportó y por otro también han tenido en cuenta el escrito que aportamos de la notaria que firmó la escritura de compraventa en el que reconocía o aclaraba que los pagos en efectivo correspondían a cuotas de alquiler retrasadas.
Ya teníamos preparado el siguiente escrito de alegaciones en base a la caducidad del procedimiento sancionador (artículo 209 LGT), gracias a la aportación de la compañera Mimi72, y dábamos por hecho que nos tocaría recurrir la sanción en todas las instancias pese a saber que estaba ganando, pero finalmente no va a ser necesario.
Contento por haber ayudado a mi familiar con el asunto, aunque egoistamente me habría gustado que se hubiera dilatado un poco más el procedimiento por aquello de hacer de Abogado y tal, jeje.
Os transmito el agradecimiento tanto de mi familiar como el de la parte compradora sobre quien recaía la posible sanción, sabedores ambos del origen foreril de mi contribución a la causa.
Gracias y hasta pronto.