He leído las palabra sustantivo en algunos textos legales y no sé a qué significa en ese contexto. ¿Alguien lo sabe?
La compañera -creo que es compañera-, lo ha explicado bien, pero quizás te hayas querdado igual porque es muy técnica y quizás buscabas una definición más "coloquial".
En román paladino, cuando se habla de Derecho, de normas, de disposiciones sustantivas o materiales se hace referencia a aquellas normas -no necesariamente positivas o escritas-, que regulan los derechos y las obligaciones o dan solución a cualquier conflicto, en definitiva, que determinan lo que en Derecho es o no correcto o admisible. Un ejemplo típico de este tipo de normas son el Código Civil, el Código Penal, el Código de Comercio, el Estatuto de los trabajadores, etc.
Por otro lado están las normas formales o adjetivas, que se limitan a regular los procedimientos que deben seguirse para hacer valer las normas materiales, de las que las normas procesales son el ejemplo por antonomasia, como la LEC, la LECrim, etc. Son normas que regulan los distintos procedimientos, pero no aportan solución alguna al posible conflicto que se plantea, que debe resolverse a través de las normas sustantivas o materiales, pero siguiendo las reglas marcadas por las normas formales o procesales.
Saludos