BUENAS COMPIS.
Tengo una duda de ultima hora respecto al pacto comisorio porque haciendo un test de esos que hay por ahí resueltos me dice:
155.El pacto comisorio
A. Es válido si lo acepta el deudor
B Significa que el acreedor no puede apropiarse ni disponer de la cosa dada en prenda o hipotecada
C. Sólo se admite en las garantías atípicas e innominadas
y marca la B como correcta, pero en cambio en la definición de pacto comisorio dice:
El pacto comisorio es aquel que permite al acreedor, ante el incumplimiento del deudor, practicar el comiso o apropiación directa e inmediata de la cosa que se halla especialmente vinculada en garantía del cumplimiento de la obligación.
A ver o la respuesta del test está equivocada o en que quedamos?
suerte mañana, yo estoy de los nervios.
