Chicos, yo estoy de acuerdo con que en el examen se han pasado tres pueblos. Pero analizando el articulo al que se refiere la pregunta, en ningun momento menciona "en el mismo momento que recibe la mercancia" . Es super rebuscado poner eso, y yo soy la primera que he dudado al contestar la pregunta... pero esta vez creo que tienen razon y si lees bien la B es claramente esa. Siempre ponen preguntas trampa de este tipo, que cambian una palabra, una coma o lo que sea para liar. Pero esta vez, vamos a tener que darles la razon. Os dejo el articulo tal cual vienen en el codigo de comercio:
Artículo 336
El comprador que al tiempo de recibir las mercaderías las examinare a su contento, no tendrá acción de repetir contra el vendedor alegando vicio o defecto de cantidad o calidad en las mercaderías.
El comprador tendrá el derecho de repetir contra el vendedor por defecto en la cantidad o calidad de las mercaderías recibidas enfardadas o embaladas, siempre que ejercite su acción dentro de los cuatro días siguientes al de su recibo, y no proceda la avería de caso fortuito, vicio propio de la cosa o fraude.
En estos casos podrá el comprador optar por la rescisión del contrato o por su cumplimiento con arreglo a lo convenido, pero siempre con la indemnización de los perjuicios que se le hubieren causado por los defectos o faltas.
El vendedor podrá evitar esta reclamación exigiendo, en el acto de la entrega, que se haga el reconocimiento, en cuanto a cantidad y calidad, a contento del comprador.
Que nadie se me enfade, que yo tambien digo que este examen era a pillar!