Hola compañeros.
La declinatoria no es una excepción. Es un medio procesal que se utiliza para denunciar la falta de jurisdicción y competencia objetiva, funcional y territorial dispositiva, así como la sumisión a arbitraje y pendiente compromiso.
No es una excepción porque las excepciones se alegan en contestación a la demanda, y si tienes que presentar declinatoria y lo que haces es contestar ya te ha precluído el plazo para presentar la declinatoria y ya la has liado (en competencia territorial dispositiva, por ejemplo, si contestas se produce la sumisión tácita).
En resumen, que declinatoria para jurisdicción, competencia objetiva, funcional y territorial dispositiva, también para sumisión al arbitraje.