Buenas noches chicos:
El consentimiento tiene que ser libre y consciente. En el supuesto, no existen esas dos características. Estamos ante un supuesto de ineficacia contractual. ¿Qué tipo? Anulabilidad ( Podemos ver en el libro el primer supuesto de posible anulabilidad están los vicios de consentimiento o voluntad ). ¿Que vicio? VIOLENCIA O DOLO. "Quién con palabras o MAQUINACIONES INSIDIOSAS..."
Aunque también segun el libro puede ser nulidad si es violencia absoluta...
Tiene cuatro años para instar la declaración de anulabilidad desde la fecha de perfección/ejecución del contrato, excepto en el supuesto que dicho contrato considere Maria Angeles que viene bien a sus intereses y lo ratifique, tácita o expresamente.
Mientras tanto, el contrato generará la eficacia derivada de el mientras dicho sujeto no inste a la anulabilidad, que en el supuesto de obtenerla, tendrá derecho a la restitución de la cosa objeto del contrato "in natura" o en el caso de no estar disponible, al equivalente pecuniario, junto intereses e indemnización por daños y perjuicio.
Creo que no me dejo nada.
Espero haya salido todo bien y a descansar un poquito todos este fin de semana.
Sea lo que será, ya está pasado jeje
Un abrazo.