Muchas gracias FERNANPA por tu respuesta, estoy de acuerdo en que cabe nulidad de actuaciones .

TUDANCA, he examinado tu demanda de desahucio y encuentro un error en ella, dices que solicitas se declare al demandado en rebeldía si no asiste a la vista:
SUPLICO AL JUZGADO
Que tenga por presentado este escrito y documentos que le acompañanasí como sus copias, los admita y me tenga por parte en la representación indicada, tenga por promovido JUICIO DECLATARTIVO VERVAL DE DESAHUCIO por falta de pago contra D. Perico el de los Palotes, se acuerde traslado de copias, señalando dia y hora para la celebración de la vista, la citación al demandado en el domicilio expresado, en la forma y plazos legales, apercibiendo que de no asistir a la vista,
se declarará en rebeldía y en su momento se dicte sentencia declarando haber lugar la resolución del contrato por falta de pago, se condene al pago de 6000€ mas las cantidades que se hayan devengado hasta que se dicte sentencia (fundamental también)y ausente el demandado, se decrete el desahucio del mismo, apercibiendole del lanzamiento y con imposición de todas las costas cusadas.
Pues bien, NO SE LE DECLARA EN REBELDIA, si no que se presupone su allanamiento, según el art. 440.3 LEC. , el Secretario Judicial (ahora Letrado de la Administración de Justicia) dicta Decreto dando por terminado el juicio y dando traslado al demandante para que inste el despacho de ejecución.
Precisamente acababa de leerlo en el tema
