La 11 no la veo impugnable, si miras el artículo 164.2 Lsc, la veo clara la verdad, pero ya se verá. La pregunta 12 ya no la tengo tan clara, en el examen pensé solo en quórum votación y puse la a, luego vi comentarios de que si era de constitución y con el cansancio pensé que era la c. Pero después de tu argumento que puede ser constitución o votación, puede ser la a. Que lío, a ver cuando salen las plantillas y ya dejamos de darle vueltas. Si se va a hacer reclamación de alguna, mejor individualmente y por una pregunta en particular, para que no puedan volver a decir que como solo hay una reclamación y aunque tiene usted razón no la anulamos, como me dijeron a mi. Las reclamaciones conjuntas no las contestan.