En un hilo en el general se ha preguntado acerca de las respuestas del caso del examen de 1ª semana. Pongo aquí las mías para comparar.
En la primera decían que el abogado impugnaba la entrada y registro por no haberse realizado en presencia de los dos testigos del art. 569 LECrim y preguntaban dos cosas. Si tenía razón el abogado y si son necesarios los testigos, habida cuenta de que el tal Fikri se encontraba en paradero desconocido y el registro lo presenciaba el LAJ.
Yo he respondido que el abogado tiene razón porque conforme al art. 569 LECrim en caso de que el tipo esté en paradero desconocido podrá realizarse el registro en presencia de un familiar (y Abdelhafeb, que era el que presenciaba el registro no era familiar) o en presencia de dos testigos, así que la presencia de los testigos es necesaria, independientemente de que además lo presencia el LAJ cuya presencia es siempre necesaria.
En la segunda preguntaban si se consideraba prueba de cargo suficiente haber encontrado la droga en las habitaciones de los acusados (teniendo en cuenta que en la casa habitaban dos personas más).
Yo he respondido que eso entra dentro de la libre valoración de la prueba y que para mi, no.
En la tercera preguntaban si sería válido una entrada y registro sin autorización judicial si en casa está un amigo de los fulanos que invita a pasar a los señores agentes y que consecuencias tendría en caso de no serlo.
Yo he respondido que no sería válido puesto que al ser un invitado no le corresponde a él permitir un registro en casa de sus huéspedes, por tanto no es aplicable el art. 551 LECrim y las consecuencias serían la prohibición de valorar cualquier fuente de prueba obtenida en esa entrada, pues supodría una prueba prohibida, al haberse obtenido violando DDFF.
Así en resumen... tampoco he podido poder mucho más porque, al igual que al 90% de la gente apenas me dio tiempo a terminar.