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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)  (Leído 21779 veces)

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Desconectado nuria81

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #120 en: 23 de Mayo de 2018, 16:38:37 pm »
Buenas tardes, por favor alguien tiene descargadas las 3 ultimas clases del profesor Mora, me esta dando problemas para poderlas descargar. muchas gracias y un saludo y suerte a todos


Desconectado J. Álvaro

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #121 en: 23 de Mayo de 2018, 19:44:22 pm »
A parte de las clases del profesor Mora, ¿hay algún tipo de esquema o algo que circule por ahí y me haya perdido? Para ayudar con el repaso y los ejercicios

Desconectado msegala1

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #122 en: 23 de Mayo de 2018, 20:14:59 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A parte de las clases del profesor Mora, ¿hay algún tipo de esquema o algo que circule por ahí y me haya perdido? Para ayudar con el repaso y los ejercicios

  Los esquemas y videos del equipo docente que están en alf !!

Desconectado Juan75

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #123 en: 24 de Mayo de 2018, 13:17:09 pm »
A estas alturas yo dejaría las videoclases y me centraría en resolver los casos, que seguramente os ayuden más de cara al examen. En todo caso suerte a todos
"quotquotel mayor peligro no es apuntar demasiado alto y fracasar; sino apuntar demasiado bajo y alcanzar nuestro objetivo"quotquot

Desconectado Fala68

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #124 en: 24 de Mayo de 2018, 18:15:27 pm »
Una persona física que NO realiza actividades empresariales ni profesionales y que reside en Madrid ha adquirido un vehículo de segunda mano en Alemania. El concesionario alemán que se lo ha vendido se ha hecho cargo del transporte. Indique si esta compraventa está sujeta al IVA o a alguno de los conceptos impositivos del ITPAJD y señale cuál es el sujeto pasivo del impuesto. [Junio 2013]

Creo que paga IVA, pero no encuentro el art. Me imagino que hay inversión sujeto pasivo. Alguien hace el favor de arrojar luz al ejercicio'
Saludos
Tomás

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #125 en: 24 de Mayo de 2018, 18:20:22 pm »
Creo que en el art. 68 o 69 verás si se realiza en el territorio de aplicación del impuesto, y como dices creo que hay una inversión del sujeto pasivo, por ser una adquisición intracomunitaria, corregidme por favor!

Desconectado Fala68

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #126 en: 24 de Mayo de 2018, 18:33:46 pm »
En las adquisiciones intracomunitarias el sujeto pasivo es el adquirente. En el caso de vehículos nuevos están exentos de art 25, pero usados no encuentro nada.
Saludos
Tomás

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #127 en: 24 de Mayo de 2018, 18:34:11 pm »
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Una persona física que NO realiza actividades empresariales ni profesionales y que reside en Madrid ha adquirido un vehículo de segunda mano en Alemania. El concesionario alemán que se lo ha vendido se ha hecho cargo del transporte. Indique si esta compraventa está sujeta al IVA o a alguno de los conceptos impositivos del ITPAJD y señale cuál es el sujeto pasivo del impuesto. [Junio 2013]

Creo que paga IVA, pero no encuentro el art. Me imagino que hay inversión sujeto pasivo. Alguien hace el favor de arrojar luz al ejercicio'
Primero es una pregunta antigua , ya no preguntan preguntas tan largas o sea que tranquilo por ese lado.
Esta es la explicación del ED en su día que creo que no entienden ni ellos...

No existe una adquisición intracomunitaria sujeta, al no tratarse de una de las
operaciones señaladas en el arTculo 13 LIVA.
En la entrega de los vehículos usados se cumplen las condiciones previstas en los
números 1.º y 2.º del arTculo 68.tres LIVA. En efecto, la expedición o el transporte
de los vehículos se efectúa por el vendedor o por su cuenta (número 1.º) y el
desQnatario de la entrega no Qene la condición de sujeto pasivo del IVA (número
2.º).
El requisito previsto en el número 3.º de ese arTculo 68.tres LIVA consiste en que
«los bienes objeto de dichas entregas sean bienes disQntos de los que se indican a
conQnuación: (a) Medios de transporte nuevos, definidos en el arTculo 13, número
2º de esta Ley. (b) Bienes objeto de instalación o montaje a que se refiere el
apartado dos, número 2º del presente arTculo. (c) Bienes cuyas entregas hayan
tributado conforme el régimen especial de bienes usados, objetos de arte,
anQgüedades y objetos de colección en el Estado miembro de inicio de la
expedición o transporte de los bienes».
El bien no es un medio de transporte nuevo, según el enunciado.
Tampoco se trata de un bien objeto de instalación o montaje. No se
aclara en el enunciado si la entrega del vehículo ha tributado
conforme al régimen especial de bienes usados, objetos de arte,
anEgüedades y objetos de colección en Alemania.
El requisito previsto en el número 4.º del citado arTculo 68.tres LIVA
consiste en que el importe total de las entregas efectuadas por el
concesionario desde otro Estado miembro con desQno al territorio de
aplicación del Impuesto, con los requisitos señalados, haya superado la
canQdad de 35.000 € durante el año natural precedente o en la parte
transcurrida del año corriente. Aunque no se haya superado esta
canQdad, el precepto resultaría aplicable si, dándose las anteriores
condiciones, el concesionario hubiese optado en Alemania por tributar
en el territorio de aplicación del impuesto.
Si se cumplen todos los requisitos mencionados, la entrega del coche
de segunda mano se entenderá realizada en el territorio de aplicación
del impuesto y, por lo tanto, estará sujeta al IVA. Sería sujeto pasivo
el concesionario (art. 84.uno.1.º LIVA).
De no cumplirse los requisitos señalados en los números 3.º y 4.º del
arTculo 68.tres LIVA, la entrega no se entendería realizada en el
territorio de aplicación del impuesto y, por lo tanto, no quedaría sujeta
al IVA. Pese a no estar sujeta al IVA, la operación tampoco quedaría
gravada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas
al ser realizada por un empresario o profesional (el concesionario
alemán). En efecto, de acuerdo con el primer inciso del arTculo 7.5
TRLITP, «No estarán sujetas al concepto de “transmisiones
patrimoniales onerosas”, regulado en el presente Título, las
operaciones enumeradas anteriormente cuando sean realizadas por
empresarios o profesionales en el ejercicio de su ac7vidad empresarial
o profesional».

Desconectado monikakalo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #128 en: 24 de Mayo de 2018, 18:40:56 pm »
AHH es verdad, era la pregunta liosa que repasé ayer y dije, esto no lo vuelven a preguntar ni de coña, por eso no le presté mucha atención ;D ;D ;D

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #129 en: 24 de Mayo de 2018, 18:49:36 pm »
No sabemos si cumple con todos los requisitos, el 4º,  pues no indica el precio del vehículo.
Saludos
Tomás

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #130 en: 24 de Mayo de 2018, 22:12:02 pm »
la oprabais casi seguro, hasta el ultimo momento, repetir casos hasta q os salgan por las oreja, seguro que hasta con buena nota, que no es tan difícil como podría imaginarse uno al principio. No hay ningúna asignatura que se nos resista, somos gladiadores unedianos  curtidos en mil batallas vamooshh
"quotquotel mayor peligro no es apuntar demasiado alto y fracasar; sino apuntar demasiado bajo y alcanzar nuestro objetivo"quotquot

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #131 en: 25 de Mayo de 2018, 10:10:23 am »
Bueno,acabo de salir,no he visto complicado el examen,a ver si hay suerte.
Semper Fidelis

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #132 en: 25 de Mayo de 2018, 10:24:48 am »
Yo muy facil no lo he visto, pongo a bote pronto mis respuestas

1. No hay exencion porque no hay traslado de mercancias
2. Abogado trabaja para empresas de canarias. Exento
3. Alfa vende vivienda. Exenta. Es segunda entrega
4. No est obligado a soportar porque le emiten factura despues de un año
5. Reduccion de capital es operacion societaria del itp, los sujetos pasivos seran los socios

Ya direis.....

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #133 en: 25 de Mayo de 2018, 10:29:02 am »
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Yo muy facil no lo he visto, pongo a bote pronto mis respuestas

1. No hay exencion porque no hay traslado de mercancias
2. Abogado trabaja para empresas de canarias. Exento
3. Alfa vende vivienda. Exenta. Es segunda entrega
4. No est obligado a soportar porque le emiten factura despues de un año
5. Reduccion de capital es operacion societaria del itp, los sujetos pasivos seran los socios

Ya direis.....

En relación a la pregunta tred, considero que no hay exención. Tres años de arrendamiento y sin opción a compra. Se valora como primera ebtrega.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #134 en: 25 de Mayo de 2018, 10:33:06 am »
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Yo muy facil no lo he visto, pongo a bote pronto mis respuestas

1. No hay exencion porque no hay traslado de mercancias
2. Abogado trabaja para empresas de canarias. Exento
3. Alfa vende vivienda. Exenta. Es segunda entrega
4. No est obligado a soportar porque le emiten factura despues de un año
5. Reduccion de capital es operacion societaria del itp, los sujetos pasivos seran los socios

Ya direis.....

Respecto a la pregunta cinco también cabe aplicar el IVA no? Es sobre inmuebles...

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #135 en: 25 de Mayo de 2018, 10:35:59 am »
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Respecto a la pregunta cinco también cabe aplicar el IVA no? Es sobre inmuebles...

Creo que no son compatibles

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #136 en: 25 de Mayo de 2018, 10:37:58 am »
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En relación a la pregunta tred, considero que no hay exención. Tres años de arrendamiento y sin opción a compra. Se valora como primera ebtrega.

Pero se la alquila a una persona fisica, no reside la Sociedad en la vivienda, no hace uso de ella, al alquilarla a un tercero por mas de dos años creo que si que es 2a entrega

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #137 en: 25 de Mayo de 2018, 10:42:50 am »
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Pero se la alquila a una persona fisica, no reside la Sociedad en la vivienda, no hace uso de ella, al alquilarla a un tercero por mas de dos años creo que si que es 2a entrega

Según el Art. 4. Cuatro se exxeptuan las entregas y arrendamientos de bienes inmuebles

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #138 en: 25 de Mayo de 2018, 10:43:34 am »
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Creo que no son compatibles

Rectifico creo que si que es comptible con las operaciones societarias

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario II segundo parcial (2017 / 2018)
« Respuesta #139 en: 25 de Mayo de 2018, 10:44:11 am »
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Según el Art. 4. Cuatro se exxeptuan las entregas y arrendamientos de bienes inmuebles

Nada, ya he visto la norma que anula eso...

Lo siento