Espero que esto te valga para el estudio.
PRINCIPIOS, REGLAS Y VALORES
Con la crisis del formalismo no sólo se ha superado el positivismo sino también la contraposición iusnauralismo-positivismo, que sólo permitía dos posturas con respecto a los valores:
IUSNATURALISMO Reconocer la posibilidad de un juicio sobre las normas jurídicas realizado desde una instancia superior.
POSITIVISMO Estimar que no existe una instancia jurídicamente superior y que todo juicio sobre las normas jurídicas se hará desde fuera del ordenamiento.
Con dicha crisis se retoma la discusión sobre los valores jurídicos y esencialmente sobre el principio justicia. Así se estima que los principios constitucionales son criterios que permiten realizar juicios críticos, valoraciones sobre la ley pero sin dejar de ser ellos mismos partes del ordenamiento jurídico (Es decir, la crítica se hace desde fuera de la ley pero no desde fuera del ordenamiento jurídico, ya que los principios pertenecen a él.
Organizar la compleja actuación característica de los estados intervencionistas requirió una reordenación del Estado que condujo a la aparición de los sistemas jurisdiccionales de garantía. Así en el Estado constitucional de Dº no es posible concebir principios sin derechos que los concreten ni derechos sin principios que los informen. Por tanto los principios no son puramente extrapositivos ni meramente positivos.
Los valores de un ordenamiento jurídico no son cosas sino juicios: Enjuician relaciones consideradas jurídicamente relevantes.
Los principios del ordenamiento son el criterio de dichos juicio, no son tampoco cosas diferentes de los valores sino una abstracción de éstos que permite expresarlos.
Los derechos fundamentales son las forma en la cual se concretan los principios.
Las normas son la expresión de esos principios que informan los derechos