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Autor Tema: Duda sobre prescripción de deudas  (Leído 1266 veces)

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Desconectado RitaMeisLeiro

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Duda sobre prescripción de deudas
« en: 28 de Diciembre de 2018, 22:40:18 pm »
Hola! Veréis el otro día en una comida familiar surgió un debate y aún estoy con la duda, resulta que mis tíos llevan sin pagar el impuesto de circulación, basura, urbana y distintas tasas unos cuantos años, ellos dicen que no van a pagar porque un compañero de mi tío les ha dicho que a los 5 años las deudas prescriben y ya no tienen que pagar  :o si es así fliparía la verdad, sabe alguien si esto es así? incluso hay un par de multas de tráfico de la policia local sin pagar, y embargado no tienen nada.
Bueno a ver si alguien puede iluminarme, porque yo no me puedo creer que esto sea así.
Gracias y felices fiestas!


Desconectado golfo119

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Re:Duda sobre prescripción de deudas
« Respuesta #1 en: 29 de Diciembre de 2018, 12:48:54 pm »
Estimad@ compañer@, el plazo general de prescripción de las deudas tributarias es de cuatro años (art.66 de la Ley 58/2003 General Tributaria). Prescribe tanto el derecho de la Administración para determinar y exigir el pago de las deudas tributarias e imponer sanciones, como el derecho del contribuyente a solicitar y obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Por tanto, una vez transcurridos los cuatro años, los mencionados derechos prescribirían pero, y esto es importante, siempre y cuando no se haya interrumpido el plazo. Los motivos por los que puede interrumpirse el plazo de prescripción, entre otros, son: "Por cualquier acción de la Administración tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, sobre la obligación tributaria o su cobro."

Por tanto, cuando Hacienda te notifique una deuda (o subsidiriamente te publique en boletín oficial), automáticamente se produce la interrupción del plazo de prescripción, por lo que la deuda no habría prescrito y volverían a computar otros cuatro años para la prescripción.
Es decir, que si la Administración te va notificando (personalmente o en boletines oficiales), la deuda no prescribe, aunque corresponda a un recibo de IVTM (sello del coche) o de IBI (contribución) de hace 15 o 20 años. Las Administraciones suelen ir publicando dentro del plazo de prescripción para evitar esto y que no le hayan embargado es simplemente una cuestión de tiempo, tarde o temprano si el deudor tiene una cuenta bancaria, nómina....puede encontrarse con una desagradable sorpresa.

P.D "La ignorancia es atrevida y el conocimiento, reservado" 

Salu2 y suerte en tu próxima tertulia familiar  ;D





Desconectado JuanCar212

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Re:Duda sobre prescripción de deudas
« Respuesta #2 en: 29 de Diciembre de 2018, 13:08:37 pm »
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Hola! Veréis el otro día en una comida familiar surgió un debate y aún estoy con la duda, resulta que mis tíos llevan sin pagar el impuesto de circulación, basura, urbana y distintas tasas unos cuantos años, ellos dicen que no van a pagar porque un compañero de mi tío les ha dicho que a los 5 años las deudas prescriben y ya no tienen que pagar  :o si es así fliparía la verdad, sabe alguien si esto es así? incluso hay un par de multas de tráfico de la policia local sin pagar, y embargado no tienen nada.
Bueno a ver si alguien puede iluminarme, porque yo no me puedo creer que esto sea así.
Gracias y felices fiestas!

como broma de los santos inocentes está bien si...