El contrato para la formación y el aprendizaje:
a.Tiene una duración mínima de seis meses y máxima de tres años.
b.No puede concertarse a tiempo parcial.
c.Se puede celebrar con trabajadores mayores de dieciocho años y menores de veinticinco años, que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, requerida para concertar un contrato en prácticas.
A esta le di muchas vueltas, pero al final elegí la b).La verdad, sin embargo, es que también podría ser la c).
Según el art.12.2 ET "El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad de contratación, excepto en el contrato para la formación y el aprendizaje." O sea, B.
Pero según el art.11.2a "Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis y menores de veinticinco años que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas. Se podrán acoger a esta modalidad contractual los trabajadores que cursen formación profesional del sistema educativo." C?
Vale, indica mayores de 16 pero eso no significa que no se pueda celebrar un contrato de formación y aprendizaje con una persona de 18 años...
Alguien me podría sacar de dudas?
Gracias!