crhola otra vez, he entrado a ver los apuntes de hacienda publica, asi que por lo que entendi de la exportacion fiscal, es cuando entra en juego tributos de ambito autonomico o local, en aplicacion del principio esa de localizacion, en los apuntes que vi en la pagina pone que si un gobierno autonomico establece un impuesto que puede traladarse facilmente a los ciudadanos de otras regiones( exportacion fiscal) podría falsear las opciones de eleccion de los ciudadanos, que no siempre correran con las consecuencias de una mayor provision de servicios. como no tengo libro delante y cuando hice economicas no habia tanto rolllo patatero: pero la exportacion fiscal, se produce, porque el sujeto pasivo cambia de domicilio, por ejemplo yo vivo en ribadeo ( lugo) y pago mis tributos locales , impuesto de circulacion aqui, por el motivo que sea. me traslado a vivir a valencia,pero continuo emprandonada en ribadeo y no hago el cambio de domicilio a valencia, me corresponde pagar ese impuesto de circulacion en ribadeo y no en valencia, aunque me corresponda valencia. supongo que algo asi se refiere el tma de la exportacion fiscal, ten que en cuenta que por ejemplo que hay empresas que a efectos fiscales, ""trasladan"" sus sedes a efectos de unas mayores ventajas.
espero haber podido aclararte algo, muchos besos ly suerte