1.- Concepto de DIPR
a)Sector del Derecho que en cada sistema jurídico estatal, regula aquellas relaciones o situaciones de los particulares que, en su formación, desarrollo o extinción, trascienden de la espera personal y espacial de un solo ordenamiento, al estar conectadas con otro u otros sistemas por la presencia de uno o varios elementos de extranjería.
b)Especialidad jurídica de cada ordenamiento que los órganos jurisdiccionales solo están obligados a aplicar cuando la relación o situación jurídica sobre la que verse no conduzca a la aplicación de un derecho extranjero.
c)Sector del Derecho cuyo origen se encuentra en los principios generales del Derecho y en la jurisprudencia, que en las relaciones de tráfico externo limita el contenido y la aplicación del derecho convencional para garantizar la soberanía nacional de los Estados
2. El examen de la extranjería en los casos de tráfico jurídico externo
a)viene regulada en la vigente Ley Orgánica de Extranjería por así exigirlo los principios y valores de la Constitución de 1978 y la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional
b)ha de ser actual, de tal modo que han de tomarse en consideración las transformaciones sufridas por la relación o situación considerada en el transcurso del tiempo, aunque deban respetarse las situaciones jurídicas consolidadas de conformidad con el ordenamiento que las resultara aplicable con anterioridad.
c)solamente se podrá tener en cuenta cuando así se haya acordado en cada caso concreto mediante acuerdo favorable del Consejo de Estado.
3.- La labor interpretativa del TJUE
a) solamente obliga a los Estados afectados por cada caso que ha de resolver, sin que la interpretación que lleve a cabo afecte a todo el territorio de la UE.
b)es de gran importancia a la hora de establecer el significado y alcance común a todos los Estados miembros de los conceptos y categorías jurídicas utilizadas en los distintos instrumentos de DIPr mediante el denominado principio de la unidad en la interpretación.
c)no es vinculante para los órganos jurisdiccionales que dictan las resoluciones de la jurisprudencia menor porque en caso contrario se estaría ante posibles vulneraciones del principio de independencia judicial
4.-La jurisprudencia constitucional
a)No ve, en principio, vulneración de la tutela judicial efectiva en el hecho de que las normas de competencia judicial internacional obliguen a un demandado español a someterse a tribunales extranjeros
b)Ve, en principio, una vulneración de la tutela judicial efectiva en el hecho de que el demandante extranjero que puede demandar a un español ante un tribunal español, lo haga, sin embargo, ante un tribunal extranjero.
c)Ve, en principio, una vulneración de la tutela judicial efectiva en el hecho de que un demandado español deba someterse a los tribunales extranjeros
5.- La familia de Juan,misionero español con residencia en un pais de Africa, nologran contactar con él. Pretenden una declaración de ausencia ante un tribunal español.
a)Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.
b)Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación, cumulativamente, la LOPJ y el Reglamento Bruselas I refundido.
c)Para determinar la competencia judicial internacional no es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.
6. La autoridad central española en materia de cooperación jurídica internacional en materia civil:
a)Es competencia de las Comunidades Autónomas.
b)El Ministerio de Asuntos Exteriores.
c)El Ministerio de Justicia.
7.- Serge, ciudadano francés, recibe en su domicilio una notificación librada por un notario francés (persona competente para librar notificaciones conforma a la ley francesa) en virtud de la cual se le comunica un proceso abierto contra él en España por impago de arrendamiento:
a)Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones pero válida conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil.
b)Esa notificación es válida conforme al Reglamento de notificaciones.
c) Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones.
8.- Tras firmarse un contrato de prestación de servicios entre una parte española y otra suiza, la parte española sugiere oralmente a la suiza la sumisión a los tribunales de Madrid. La parte suiza escribe un correo electrónico consintiendo tal sumisión
a)Esa sumisión es válida conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional, que es el texto de aplicación.
b)Esa sumisión es válida conforme al Reglamento Bruselas I, que es el texto de aplicación.
c)Esa sumisión es inválida: no hay consentimiento expreso de ambas partes.
9.- En aplicación de la Ley de Cooperación Internacional en materia civil, una decisión extranjera dictada en rebeldía del demandado:
a)Nunca puede ser reconocida en España una decisión extranjera que haya sido dictada en rebeldía del demandado.
b)La Ley de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil no se emplea para el reconocimiento de decisiones.
c)Puede ser reconocida en España si se entregó al demandado la cédula de emplazamiento o documento equivalente de forma regular y con tiempo suficiente para defenderse.
10. ¿Qué supone el proceso de especialización que ha sufrido el artículo 11 del Código Civil?
a)Que el precepto se ha ido modificando para dar respuesta a la validez formal de los distintos actos o negocios jurídicos.
b)Que su aplicación es cada vez más limitada, dado que existen instrumentos jurídicos de distinta fuente que regulan los aspectos formales de los distintos actos y negocios jurídicos concretos.
c)Que su aplicación cada vez se extiende a un mayor número de actos o negocios jurídicos, aunque a lo largo del tiempo el precepto no se ha modificado.
11.- El derecho de opción a la nacionalidad española:
a)Se atribuye automáticamente a los extranjeros nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido en España.
b)Se reconoce a los extranjeros nacionales de países de Iberoamérica residentes en España durante al menos dos años
c)Se reconoce a los extranjeros que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español.
12.- La denegación de entrada en España se produce cuando:
a)El extranjero contraviene una orden de devolución.
b)El extranjero intenta cruzar irregularmente por la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta y Melilla.
c)El extranjero pretende acceder por puesto habilitado y no se le permite la entrada porque no reúne los requisitos legales de acceso al territorio
13.- En la aplicación de las llamadas normas imperativas:
a)No se toma en consideración la naturaleza internacional del supuesto.
b)Se aplican únicamente en los supuestos internacionales.
c)Se aplican únicamente las contenidas en convenios internacionales.
14.- El problema de la calificación se resuelve en nuestro sistema jurídico:
a) Unicamente por la lex fori según dispone el art. 12.1 Cc.
b) Encomendando esta tarea a las autoridades intervinientes.
c) Conforme a la lex fori (art. 12.1 Cc) y a las calificaciones uniformes establecidas en reglamentos de la UE y Convenios internacionales.
15.- La excepción de orden público ha de ser apreciada:
a) Únicamente por los órganos judiciales.
b) Por la policía nacional.
c) Por todas las autoridades, judiciales y extrajudiciales, encargadas de la aplicación de DIPr.