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Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021  (Leído 20115 veces)

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Desconectado ernest1019

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #320 en: 31 de Mayo de 2021, 11:46:24 am »
Por cierto, para los que van a la segunda semana. He recopilado las preguntas que habéis puesto en el foro y las he puesto en daypo.

Os paso el enlace al test.

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Desconectado lucia1234

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #321 en: 31 de Mayo de 2021, 11:58:14 am »
Muchas gracias, Compi!!

Pero sólo aparecen 44 preguntas, yo he recopilado 8 exámenes x 15 = Total 120 preguntas.

Que conste, acabo de imprimirlos y me pondré en breve a trabajarlos.

Saludos

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #322 en: 31 de Mayo de 2021, 12:11:17 pm »
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Leo del libro, pgs 473-474

El R 650/2012 establece de los arts 4 a 10 :
1º El foro de residencia habitual del causante en el momento del fallecimiento es el criterio principal de conexión para resolver sobre la totalidad de la sucesión.....................................

En definitiva, conforme al R 650/2012 la competencia principal la tienen las autoridades de la residencia habitual del causante. La competencia de las autoridades del Estado Miembro de la nacionalidad del causante se activará: 1º siempre que éste hubiera elegido su ordenamiento para regular la sucesión (que no es el caso); 2ºexista un acuerdo de sumisión, ya sea expresa o tácita por todas las partes interesadas, (que puede ser el caso); 3º.............
Así lo veo yo y voy a pedir la revisión...

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #323 en: 31 de Mayo de 2021, 12:13:00 pm »
 >:(

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #324 en: 31 de Mayo de 2021, 12:15:18 pm »
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Otra:

9.Se dicta sentencia en materia de alimentos en Canadá. Se condena al alimentante a un pago de 2200 € mensuales. El cauce legal aplicable para reconocer dicha sentencia en España es
A)El previsto en el Protocolo de alimentos de La Haya
B)El previsto en la Ley de Cooperación Jurídica internacional
C)El previsto en el Reglamento 4/2009 en materia de alimentos

Dan como buena la B), pero es la A)...
Y esta?

Desconectado ralcos

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #325 en: 31 de Mayo de 2021, 12:15:46 pm »
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Si, pero esa no es la pregunta. La pregunta es si pueden impugnar en los tribunales belgas (competencia judicial), y en este caso no pueden.
Ademas, en este caso, el causante escogió la ley española

Ojo, es lo que yo interpreto... puedo estar equivocado

Un saludo

Por qué escoge España si por residencia habitual no le hubiese hecho falta disponer expresamente de nada? A no ser que hubiese optado por su nacionalidad, en este caso Bélgica. Estamos de acuerdo que este planteamiento en la pregunta sobraba.

Luego la pregunta tampoco es que sea muy clara y concreta entonces la respuesta tampoco debería ser tan rotunda como "no pueden" por eso me queda la duda en cuanto a qué pasaría en el supuesto de que este señor tuviese por ejemplo algún bien que por orden público conforme a Bélgica no pudiesen disponer los tribunales españoles, además ya sabemos como se las traen en Bélgica para estas cosas  ;D.

Un saludo y gracias por contestar.







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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #326 en: 31 de Mayo de 2021, 12:28:45 pm »
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Por cierto, para los que van a la segunda semana. He recopilado las preguntas que habéis puesto en el foro y las he puesto en daypo.

Os paso el enlace al test.

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Muchas Gracias, se agradece.
A ver si los administradores rehabilitan el foro del 1º parcial y se puede hacer lo mismo que tú. Sería bueno tener una referencia para los que vamos con todo que creo que somos muchos....Los que tengáis los exámenes del 1º corregidos podéis colaborar porfa?
Gracias de verdad
La vida se hace dura a menudo que va pasando...

Desconectado josemace67

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #327 en: 31 de Mayo de 2021, 12:30:22 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Muchas gracias, Compi!!

Pero sólo aparecen 44 preguntas, yo he recopilado 8 exámenes x 15 = Total 120 preguntas.

Que conste, acabo de imprimirlos y me pondré en breve a trabajarlos.

Saludos

Podrías mandarme ese archivo a mi correo o publicarlo en algún lado???? (josemace67@gmail.com)
Gracias y saludos
La vida se hace dura a menudo que va pasando...

Desconectado ernest1019

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #328 en: 31 de Mayo de 2021, 12:31:55 pm »
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Muchas gracias, Compi!!

Pero sólo aparecen 44 preguntas, yo he recopilado 8 exámenes x 15 = Total 120 preguntas.

Que conste, acabo de imprimirlos y me pondré en breve a trabajarlos.

Saludos

He quitado las repetidas.

Desconectado ernest1019

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #329 en: 31 de Mayo de 2021, 12:35:00 pm »
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Por qué escoge España si por residencia habitual no le hubiese hecho falta disponer expresamente de nada? A no ser que hubiese optado por su nacionalidad, en este caso Bélgica. Estamos de acuerdo que este planteamiento en la pregunta sobraba.

Luego la pregunta tampoco es que sea muy clara y concreta entonces la respuesta tampoco debería ser tan rotunda como "no pueden" por eso me queda la duda en cuanto a qué pasaría en el supuesto de que este señor tuviese por ejemplo algún bien que por orden público conforme a Bélgica no pudiesen disponer los tribunales españoles, además ya sabemos como se las traen en Bélgica para estas cosas  ;D.

Un saludo y gracias por contestar.

Creo que lo han puesto para despistar e ir a pillar. Ya sabemos como se las gasta este departamento.
Aunque creo que, aunque no hubiese optado expresamente, la solución sería la misma. Solo podrían impugnar, si estasn todos de acuerdo, si hubiese optado por la ley belga

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #330 en: 31 de Mayo de 2021, 12:39:33 pm »
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Otra:

9.Se dicta sentencia en materia de alimentos en Canadá. Se condena al alimentante a un pago de 2200 € mensuales. El cauce legal aplicable para reconocer dicha sentencia en España es
A)El previsto en el Protocolo de alimentos de La Haya
B)El previsto en la Ley de Cooperación Jurídica internacional
C)El previsto en el Reglamento 4/2009 en materia de alimentos

Dan como buena la B), pero es la A)...

Y esta?

Y esta es de ser malas personas....

Solo puede ser la LCJI en defecto de convenio, y en la pregunta, como no te dicen si hay convenio o no, ellos deciden que no lo hay

Creo que es impugnable

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #331 en: 31 de Mayo de 2021, 12:41:11 pm »
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He quitado las repetidas.

Me lo imaginaba, gracias!

Desconectado lucia1234

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #332 en: 31 de Mayo de 2021, 12:43:32 pm »
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Y esta es de ser malas personas....

Solo puede ser la LCJI en defecto de convenio, y en la pregunta, como no te dicen si hay convenio o no, ellos deciden que no lo hay

Creo que es impugnable

Muy de acuerdo con tu reflexión!

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #333 en: 31 de Mayo de 2021, 12:43:39 pm »
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Creo que lo han puesto para despistar e ir a pillar. Ya sabemos como se las gasta este departamento.
Aunque creo que, aunque no hubiese optado expresamente, la solución sería la misma. Solo podrían impugnar, si estasn todos de acuerdo, si hubiese optado por la ley belga
El reglamento de sucesiones lo deja bien claro, si están de acuerdo los herederos y no ha dejado expresamente la competencia al de su nacionalidad, si pueden ...

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #334 en: 31 de Mayo de 2021, 12:45:36 pm »
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Ojo, pueden haber errores al haber transcrito las respuestas!

Salvo error:  En la preg.  7 del  examen de Carlos14500
En la respuesta:  270

Se marca como correcta la B, pero yo me inclino por la C.

Y esta que pensáis vosotr@s?
La demanda se presenta en España!!

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #335 en: 31 de Mayo de 2021, 12:46:07 pm »
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Y esta es de ser malas personas....

Solo puede ser la LCJI en defecto de convenio, y en la pregunta, como no te dicen si hay convenio o no, ellos deciden que no lo hay

Creo que es im
pugnable
No tiene que decirlo, hay elemento extranjero ...

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #336 en: 31 de Mayo de 2021, 12:49:17 pm »
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Y esta que pensáis vosotr@s?
La demanda se presenta en España!!
Pon el caso Lucía ...

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #337 en: 31 de Mayo de 2021, 12:54:45 pm »
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El reglamento de sucesiones lo deja bien claro, si están de acuerdo los herederos y no ha dejado expresamente la competencia al de su nacionalidad, si pueden ...

Yo creo que es al reves.

1º) Competencia lugar de residencia (España)
2º) Este criterio se modifica si el causante escoge su ley nacional (belga). Es en este caso cuando los interesados (herederos) pueden acordar la competencia.

También pone en el libro que, a falta de elección de foro, el tribunal podrá abstenerse, a instancia de una de las partes, si considera que los tribunales de un Estado miembro, cuya ley fue elegida están en mejor situación para pronunciarse sobre la sucesión, teniendo para ello en cuenta tanto la ubicación de los bienes, como la residencia habitual de las partes.

Pero es tribunal quien debe abstenerse, la impugnación debe presentarse ante el tribunal competente del lugar de residencia (España)

Vuelvo a repetirlo, así es como lo entiendo yo.

Desconectado lucia1234

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #338 en: 31 de Mayo de 2021, 13:07:17 pm »
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Pon el caso Lucía ...

Dicho enunciado está en la pág. 14!

Desconectado ralcos

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial 2020/2021
« Respuesta #339 en: 31 de Mayo de 2021, 13:18:01 pm »
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El reglamento de sucesiones lo deja bien claro, si están de acuerdo los herederos y no ha dejado expresamente la competencia al de su nacionalidad, si pueden ...

Yo también lo entiendo así; disponente (causante) conforme a competencia de la residencia habitual, por defecto, al margen de que lo disponga o lo deje de disponer, eso da igual; entonces los herederos en algunos supuestos pueden traer la competencia a Bélgica  por nacionalidad común incluso sin necesidad de ir al tribunal español para que se abstenga.