Acabo de recibir el siguiente mail:
"Estimados/as estudiantes: Hemos advertido un error en la información que les trasladamos en su momento sobre las prácticas externas del Máster de Acceso a la Abogacía del curso académico 2023/2024, donde les decíamos que podían matricularse de las prácticas con una asignatura teórica pendiente. De acuerdo con la nueva normativa que regula el acceso a las profesiones de abogacía y procura, quienes están cursando el Máster Universitario en Acceso a la Abogacía (en extinción) solo podrán matricularse en el curso 2023/2024 de las asignaturas Prácticas y TFM. El resto de estudiantes, con cualquier asignatura pendiente, deberán preinscribirse y matricularse en el nuevo Máster en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura. Por tanto, si concluidos los exámenes de septiembre tienen todavía alguna asignatura pendiente y no pueden optar a la superación por compensación, no podrán matricularse en las prácticas (ni tendrán que rellenar el formulario), sino que deberán preinscribirse y matricularse en el nuevo Máster de Acceso para el curso 2023/2024 (y superar las asignaturas teóricas pendientes). Lamentamos la confusión y quedamos a su disposición para lo que sea necesario. Un cordial saludo. La Escuela de Práctica Jurídica."
Así que no queda otra que aprobar todas.
Buenos días compañero Maestrando!!!!
El Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero dice en su disposición transitoria segunda, lo siguiente:
*
Los cursos de formación de abogacía y procura que estuvieran iniciados a la fecha de la entrada en vigor de la Ley 15/2021, de 23 de octubre, y los
correspondientes al curso académico 2022-2023, se desarrollarán con arreglo al régimen anterior al establecido por dicha ley
hasta su finalización y por lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio. *
* También
se desarrollarán de la misma manera las pruebas de evaluación de la aptitud profesional que estuvieran convocadas y las
correspondientes a dichos cursos académicos. *
También he recibido dicho correo, y contraviene e incumple descaradamente la ley.
* La nueva normativa * es el Real Decreto que he citado, y nada dice que pueda respaldar la interpretación que hace la UNED del mismo.
Una interpretación, que viene encaminada, una vez más, a ahorrarse dinero a costa de perjudicar al estudiante.
Sale más barato tener activo un solo Máster que no dos, así es como han razonado.
Yo entiendo que * el curso académico 22/23 es el Máster, el inicio del mismo, bueno vale, sí, pero que la UNED lo parta en dos
matrículas no es problema ni responsabilidad nuestra, otras unis lo hacen en menos tiempo o en más a saber, eso es
accesorio, tenemos derecho a acabar el Máster en las mismas condiciones que lo empezamos.
Encima el Real Decreto es del 8 de febrero....y nos mandan un email casi a mediados de julio, ¿ pero esto que es? ninguneo.
En la Guía de la asignatura pone claramente que con una pendiente, puedes matricular Prácticas y TFM, eso es lo que nos
ofrecieron al empezar el Máster, es su obligación contractual darle cumplimiento.
Para que el correo * made in UNED * tuviese alguna validez, el Real Decreto debería añadir, * sin perjuicio de que las universidades
a partir del curso 23/24 adapten los programas de los estudiantes antiguos al nuevo modelo * . pero en la ley nada dice de ésto.
Lo que si se dice es que se debe respetar el régimen anterior
hasta su finalización .
Y aquí está el tomate, * hasta su finalización * , empecemos en el año 22/23 , pero no vamos a terminar hasta el 24, y deben
respetar el programa de estudios y la disposición transitoria que protege al mismo.
Perdona por el *tostón * Jose_ , pero es como yo lo veo, y si quieren imponernos su voluntad, * por deme y mando * ,
sin base legal alguna, haciendo una interpretación maliciosa del decreto, nosotros como afectados, no debemos permitirlo.
Pero bueno, yo espero que rectifiquen, porque esto no es normal y más en un Máster de Derecho!!!!
Un afectuoso saludo.
