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Autor Tema: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)  (Leído 8439 veces)

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Desconectado Centurión1

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #20 en: 14 de Septiembre de 2025, 19:56:06 pm »
No tengo el manual recomendado.
Podría alguien enviarme una copia, foto, etc.. del texto del manual donde se explica este asunto sobre las aportaciones dinerarias. ??

Mi correo es jcleon1963@gmail.com

Gracias


Desconectado vmam

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #21 en: 14 de Septiembre de 2025, 23:01:42 pm »
El socio aportante no puede decidir unilateralmente que el resto de socios sean responsables solidarios, tienen que manifestarlo todos. Iba a pillar pero creo que está bien.

A mí me chirría la 6, que aunque es correcto en la plantilla, el manual lo menciona en el tema de los estatutos pero se olvida reflejarlo en el tema en el que se revisan todas las causas de disolución de pleno derecho de una Sociedad. Da a entender además que el registrador procede a la cancelación sin que se liquide la sociedad.

Desconectado NakimurAstur

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #22 en: 15 de Septiembre de 2025, 17:58:52 pm »
Bueno, pues con un 4,8 me han suspendido la asignatura. No obstante, creo que la 11 es la C en vez de la B y voy a llegar hasta el final con la reclamación. Pero manda gónadas masculinas la situación cuando en Penal II, por poner un ejemplo, si tienes esa nota lo consideran aprobaod...

Desconectado Centurión1

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #23 en: 15 de Septiembre de 2025, 22:03:12 pm »
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Bueno, pues con un 4,8 me han suspendido la asignatura. No obstante, creo que la 11 es la C en vez de la B y voy a llegar hasta el final con la reclamación. Pero manda gónadas masculinas la situación cuando en Penal II, por poner un ejemplo, si tienes esa nota lo consideran aprobaod...

También creo que se puede dar como válida la respuesta "C".
Lo reclamaré.

Desconectado Centurión1

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #24 en: 15 de Septiembre de 2025, 23:16:03 pm »
Tras leer el manual y el articulado creo que debo rectificar en mi propuesta de que la pregunta 11 debería ser válida también la opción "C".
Pudiera haber sido la "A" pero la necesidad de ser previamente requeridos los administradores invalida está opción.

Creo que me quedo con el 4,5.


Desconectado NakimurAstur

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #25 en: 16 de Septiembre de 2025, 13:32:45 pm »
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Yo he marcado la C también y es justo la pregunta que me hacía aprobar.

Por intentar entender por qué no la dan por buena, he revisado el examen de nuevo y la opción B) dice: [Podrá evitar la exhibición y entrega de tal certificación bancaria, siempre que el SOCIO APORTANTE manifieste en la escritura que responderá solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores sociales de la realidad de esa aportación dineraria.]

Entiendo que quien debe manifestar en la escritura que responde son el resto de miembros (o fundadores si nos ceñimos a lo que dice el art 62.2 LSC), no el que no aporta en ese momento el dinero...

Igual me equivoco, pero me parece que los tiros irán por ahí... Pregunta con ganas de pillar 100%.

Mi impugnación (solicitando anular la pregunta) ha ido principalmente, nombrando a todo el título III de la LSC. En él se dice que para adquirir la condición de socio se tiene que desembolsar obligatoriamente (el enunciado nos lo pone en futuro). Asimismo, tampoco nos dan garantías que de que lo vayan a hacer según el artículo 404.

No creo que me valga para mucho, pero es lo único que se me ocurrió para internar algo porque la B está claro que es falsa...

Desconectado VERO8618

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #26 en: 17 de Septiembre de 2025, 11:07:10 am »
Buenos días compañeros,

Al hilo de la pregunta 7 ahí una pregunta muy parecida de otros años, que explican en las grabaciones de uned baleares:

Reunidos los interesados para otorgar una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, uno de ellos aporta una cantidad en metálico, pero en la comparecencia no ha presentado la pertinente certificación bancaria de haber de haber depositado esa cantidad en favor de la sociedad. Dadas estas circunstancias, a fin de evitar retrasos y otorgar en ese momento la escritura de constitución, podrá actuarse del siguiente modo:
a) El socio que omitió presentar esa certificación podrá diferir la entrega del importe de su aportación dineraria a un momento posterior y en favor de la sociedad, siempre y cuando todos los socios manifiesten en la escritura que asumen una responsabilidad solidaria frente a la sociedad y a los acreedores sociales por la realidad de tal aportación dineraria.
b) Todos los socios, de modo unánime, podrán dispensar a ese socio de su obligación de aportar y pactar que ese importe dinerario será compensado con cargo a los futuros dividendos que puedan corresponder a ese socio. c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Y la respuesta correcta es a A: El socio que omitió presentar esa certificación podrá diferir la entrega del importe de su aportación dineraria a un momento posterior y en favor de la sociedad, siempre y cuando todos los socios manifiesten en la escritura que asumen una responsabilidad solidaria frente a la sociedad y a los acreedores sociales por la realidad de tal aportación dineraria.

Son todos los socios los que deben asumir la responsabilidad solidaria...

Al margen de esta pregunta, el examen completamente rebuscado y para ir a pillar... pero en fin.

Desconectado NakimurAstur

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #27 en: 29 de Septiembre de 2025, 03:09:31 am »
Bueno, pues con un 4.8, al final he pedido la revisión en segunda instancia (sigo creyendo en la anulabilidad de la pregunta 7 por un defecto de planteamiento). A ver si prospera... porque así pediría la compensación en DIPr, que esa sí que no puedo con ella.


(Si alguien es un apasionado de sociedades y quiere echar un vistazo a mis alegatos, se lo agradecería enormemente, porque yo la verdad es que lo veo muy claro, pero ya no sé si es claridad u obcecación...).

Gracias a todos  :) :)

Desconectado NakimurAstur

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #28 en: 29 de Septiembre de 2025, 03:14:28 am »
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Buenos días compañeros,

Al hilo de la pregunta 7 ahí una pregunta muy parecida de otros años, que explican en las grabaciones de uned baleares:

Reunidos los interesados para otorgar una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada, uno de ellos aporta una cantidad en metálico, pero en la comparecencia no ha presentado la pertinente certificación bancaria de haber de haber depositado esa cantidad en favor de la sociedad. Dadas estas circunstancias, a fin de evitar retrasos y otorgar en ese momento la escritura de constitución, podrá actuarse del siguiente modo:
a) El socio que omitió presentar esa certificación podrá diferir la entrega del importe de su aportación dineraria a un momento posterior y en favor de la sociedad, siempre y cuando todos los socios manifiesten en la escritura que asumen una responsabilidad solidaria frente a la sociedad y a los acreedores sociales por la realidad de tal aportación dineraria.
b) Todos los socios, de modo unánime, podrán dispensar a ese socio de su obligación de aportar y pactar que ese importe dinerario será compensado con cargo a los futuros dividendos que puedan corresponder a ese socio. c) Las dos respuestas anteriores son incorrectas.
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Y la respuesta correcta es a A: El socio que omitió presentar esa certificación podrá diferir la entrega del importe de su aportación dineraria a un momento posterior y en favor de la sociedad, siempre y cuando todos los socios manifiesten en la escritura que asumen una responsabilidad solidaria frente a la sociedad y a los acreedores sociales por la realidad de tal aportación dineraria.

Son todos los socios los que deben asumir la responsabilidad solidaria...

Al margen de esta pregunta, el examen completamente rebuscado y para ir a pillar... pero en fin.

Y sí... totalmente de acuerdo. Es la A sin lugar a dudas. La diferencia en lo que exponen en las grabaciones es que, en preguntas de otros años ya ha habido desembolso. En este enunciado todo lo pone en futuro (no se ha hecho desembolso aún) ni se ha garantizado (art. 62.2), con lo que hablar de "socios", ya es un supuesto jurídico imposible. No sé si ya se puede ver por dónde quiero ir con mi petición de anulación de la pregunta...

Desconectado Centurión1

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #29 en: 14 de Octubre de 2025, 18:15:52 pm »
Os han contestado algo a las reclamaciones de las preguntas 7 y 9 ??????

Desconectado Centurión1

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #30 en: 14 de Octubre de 2025, 18:18:04 pm »
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Os han contestado algo a las reclamaciones de las preguntas 7 y 9 ??????

Perdón quería decir preguntas 7 y 11.

Desconectado NakimurAstur

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Re: Hilo Oficial Mercantil II: Sociedades (2024 / 2025)
« Respuesta #31 en: 14 de Octubre de 2025, 20:20:36 pm »
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Perdón quería decir preguntas 7 y 11.

Supongo que te refieres en la primera revisión. En mi caso:

En la 7 se limitaron a decir que se respondía con el artículo 62 de la LSC, justificando que era la A (razón por la que solicité la segunda revisión en Comisión, pues yo no discutía que fuera esa, sino que se partía de un supuesto jurídico nulo a raíz de lo expuesto en el enunciado. A ver qué me contestan esta vez).

En la 11 alegaron el artículo 169. La verdad, nada que decir, la coletilla de la c está puesta para pillar de manera clara (cosa que, conmigo, hicieron).