Hola, estoy totalmente de acuerdo con Tomás, pero tal como lo preguntas pudiera ser que te encontrases ante un caso relativamente frecuente en pequeñas empresas, en las que los dos administradores solidarios son a la vez propietarios cada uno del 50% de las acciones o participaciones sociales. Hay ciertos desacuerdos y uno de ellos decide por su cuenta y riesgo vender un inmueble propiedad de la empresa. Teóricamente no podría hacerlo, pero si lo hace y la venta la realiza a un precio normal, y el dinero va a la empresa sin ningún beneficio adicional para él, el problema puede ser complicado. Al comprador no le afectarían los problemas internos (actúa de buena fe, máxime si conoce que el vendedor es el propietario de la mitad de la empresa), con lo que la venta sería válida, y no se podría ejercitar acción alguna de responsabilidad contra el administrador, ya que no hay forma de conseguir mayoría de la Junta. La solución quizás esté en que el otro administrador, enterado de las intenciones de su socio, haga saber fehacientemente al comprador su oposición a la operación planeada, destruyendo así la presunción de buena fe del mismo. Pero si se entera despues...lo tiene crudo. Espero que no sea el caso, pero por si te sirve lo comento.
Saludos.