Debate estéril el tuyo azote...
El legislador se ha empeñado en arreglar este problema con la Ley y este problema es imposible de arreglar con la Ley, es tan absuro como legislar sobre los días que tiene que llover o los dias que tiene que hacer sol, o legislar sobre la amistad entre las personas.
Retrotraigámonos al Ordenamiento Jurídico preconstitucional, en él, este tipo de situación de violencia "familiar" (me niego a llamarla de género puesto que una pareja afectiva del mismo sexo es capaz de generar el mismo tipo de violencia) quedaba excluida en la práctica de la injerencia judicial. De hecho ante denuncias de este tipo de violencia el juzgador solía decir: "el ámbito familiar es privado y sagrado, es por ello que nosotros no debemos entrar en el mismo", y con ello se conseguía que la mujer (mayoritariamente) estuviese sojuzgada en una situación de hecho que la convertía en ciudadano de segunda (si no en algo peor).
Hoy día, la legislación existente, ha ido al polo completamente opuesto y ha generado situación de injusticia e indefensión por parte del sexo masculino violando incluso preceptos constitucionales como el de la igualdad de todos los ciudadanos ante la Ley. El legislador ha criminalizado directamente a una parte de los ciudadanos por su condición sexual saltándose todos los principios que implica un derecho penal avanzado y retrotrayéndonos a posturas penales decimonónicas o incluso más arcaicas cercanas al barbarismo.
Si Lombroso propugnaba que el delincuente, el criminal, era tal como resultado de tendencias innatas, de orden genético, observables en ciertos rasgos físicos o fisonómicos de los delincuentes habituales,asimetrías craneales, determinadas formas de mandíbula, orejas, arcos superciliares, etc. (Lombroso, César. "El delito. Sus causas y remedios". Traducción de Bernaldo Quirós. Ed. Victoriano Suárez. Madrid, 1902), nuestro legislador propugna exactamente lo mismo, que el criminal lo es en su medida como resultado de su sexo.
El legislador ha querido combatir las detestables reminiscencias que aún quedan de la ancestral discriminación que ha padecido una parte de la ciudadanía por ser de un determinado sexo, con una discriminación exactamente igual solo que en sentido inverso, darle la vuelta al problema no es solucionar el problema, es como poco, venganza.
Dado que la base procesal penal que sustenta el fútil intento del legislador de solucionar el problema ha dado a unos ciudadanos un arma jurídica injusta para aprovechar la situación en su beneficio, esto es, a) una discriminación por razón de sexo b) una penología el función de autor y c) una medidas preventivas (que son en la práctica una condena) sin necesidad de actividad probatoria alguna por parte de la acusación, cuando no, inversión de la carga de la prueba, no puede suceder más que no que está sucediendo, el efecto boomerang que agrava la situación. ¿Lo próximo qué será? ¿dirimir los pleitos vecinales con Ordalía?
El individuo que a priori no está muy convencido de la igualdad entre sexos pero que aun así no lo exterioriza y que es que susceptible de ser reconducido hacia posiciones mas congruentes y civilizadas, ¿cómo conseguimos reconducirlo? elige:
1.- Con un bombardeo educativo por parte de todos los estamentos sociales que lo haga reflexionar y adoptar posturas y convencimientos íntimos acordes con nuestros valores de dignidad de la persona.
2.- Dándole un arma jurídica injusta a la persona contraria, la cual será utilizada a la hora de buscar ventajas crematísticas en una separación y que la tiene siempre como una espada de Damocles sobre la cabeza de su pareja.
En el primer caso, entiendo que podríamos conseguir resultados positivos en un porcentaje determinado de individuos, por el contrario, en el segundo, la incertidumbre del individuo de no saber si en cualquier momento se va a ver procesado rápidamente, expulsado de su hogar, embargado su sueldo, privado de la custodia de sus hijos y estigmatizado por la sociedad al completo por el simple interés espurio de su pareja le llevará a radicalizar y exteriorizar una postura agresiva de autodefensa.
Es evidente pues que el legislador consigue el efecto boomerang por no hacer un previo y simple análisis sociológico del problema, por ignorar a la hora de redactar la norma el caracter de ser humano que tienen a los que va dirigida, y esto se traduce en que el individuo interiorice el pensamiento siguente: "puestos a perderlo todo me llevo a quien sea por delante". Esto es así, de llano y de simple, somos humanos y es nuestra esencia y condición, imposible de cambiar a golpe de Ley, de sanción, de amenazas o de venganza.
La transformación mental que requiere la solución del problema es quizá operable desde el ámbito de la sociología, o tal vez incluso de la psicología, pero desde donde no es factible llevarlo a término es desde el marco jurídico, y muchísmo menos desde la esfera penal. No se puede hacer a un individuo simpático, o afable, o cariñoso, o solidario mediante un Decreto o una norma, es un absurdo absoluto, tanto como pretender que mañana haga un dia primaveral porque lo diga la Ley.
Por todo lo expuesto me remito al principio de lo dicho, jurídicamente, debate estéril y fuera de lugar, ya que como he comentado, son otras áreas del conocimiento humano las que deben dar respuesta, no se exactamente cuales, pero la jurídico-penal evidentemente no.
Saludos
PD: Cuando tenga un rato buscaré y expondré aquí el informe que revela que las denuncias falsas de maltrato doméstico con el fin de conseguir ventajas en vista a una inminente separación suponen entre el 67 y el 74% de las totales.