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Autor Tema: herencia  (Leído 1767 veces)

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Desconectado maria pilar

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herencia
« en: 02 de Abril de 2008, 15:07:38 pm »
Según vuestros conocimientos, me pedeis orientar si a la muerte de un hijo soltero, que hereda el padre, es mas ventajoso heredar él y luago donar a los otros hermanos, o que renuncie a la herencia y hereden directamnete los hermanos?. gracias


Desconectado dgo

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Re: herencia
« Respuesta #1 en: 03 de Abril de 2008, 13:33:14 pm »
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Según vuestros conocimientos, me pedeis orientar si a la muerte de un hijo soltero, que hereda el padre, es mas ventajoso heredar él y luago donar a los otros hermanos, o que renuncie a la herencia y hereden directamnete los hermanos?. gracias

No se si la contestación te será de ayuda pero hay va la verdad es que depende de donde residiera el fallecido, si es en Castilla y León, Madrid, Castilla - La Mancha, esta última a partir de 2008, la sucesión de padres a hijos esta casi exenta del pago del impuesto de sucesiones mientras que si es entre hermanos tendrían que pagar, en el resto de comunidades mi desconocimiento es absoluto Si no existiera la deducción del 95% del ISD entonces sería mejor la renuncia del padre y que aceptaran los hermanos, pero como la tendencia de todas las comunidades es a homogeneizar la situación con las otras comunidades a lo mejor sería bueno que se heredara el padre y esperar a que se modifique la legislación para donarselo a los otros hermanos.

Desconectado Pedro.v

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Re: herencia
« Respuesta #2 en: 05 de Abril de 2008, 00:47:25 am »
Hola, me parece que la respuesta podría ser una pregunta ¿más ventajoso para quién?.

Si se trata de aconsejar a los hijos, posiblemente lo mejor para ellos es que el padre repudie la herencia y sean los hermanos los herederos.
Si se trata del padre, la cosa cambia, no olvidemos que una vez heredero de los bienes de su hijo premuerto, podrá disponer de ellos según crea conveniente (a salvo las legítimas), y las circunstancias y relaciones familiares cambian muchas veces, por desgracia.
A veces, demasiadas, cuando los ascendientes empienzan a ser considerados una carga, por la edad o por sus posibles achaques..., no es lo mismo esperar una herencia a tenerla ya.  Es algo triste, penoso y lamentable, pero sucede y mucho. Así que mi consejo sería claro y opuesto al anterior.
Con Hacienda ya se entenderán los hijos cuando corresponda. Y si por alguna circunstancia quiere adelantarles algo a alguno o a algunos, siempre se lo puede donar.
Saludos.

Desconectado Tomás

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Re: herencia
« Respuesta #3 en: 05 de Abril de 2008, 01:46:21 am »
María Pilar: La cuestión así planteada requiere previamente despejar algunas incógnitas, ya que se entrecruzan diversos aspectos de carácter civil-sucesorio y fiscal: Es importante saber si estamos hablando de una sucesión testada o intestada. En el primer caso, cabría que preguntarse si el testamento prevé la sustitución vulgar del heredero (el padre) para el caso de renuncia, en cuyo supuesto heredarían los demás hermanos, entre los que se distribuiría el caudal hereditario por partes iguales, y ello supondría una disminución de la Base Liquidable y consiguientemente y en principio una cuota menor, y digo en principio porque al tratarse de hermanos la cuota tributaria a pagar se incrementa considerablemente. Habría que tener en cuenta muy en cuenta las normas que, sobre el Impuesto de Sucesiones, tenga establecidas la Comunidad Autónoma correspondiente o, en su defecto, la legislación estatal.
Tomás.
Tomás Albero.