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Autor Tema: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL  (Leído 9045 veces)

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LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« en: 15 de Mayo de 2008, 12:26:40 pm »
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Desconectado flik

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #1 en: 15 de Mayo de 2008, 15:24:32 pm »
Me parece bochornoso que un TC PREVARIQUE DESCARADAMENTE CON TAL DE OBEDECER A LOS POLITICOS QUE LOS NOMBRARON, cuando en un Estado que se supone de Derecho, se permite atacar de esta manera a la constitucion, que se suponia de todos los españoles sin descriminacion de sexo, es que algo falla, y han dado luz verde para otros atropellos ya sin control de nadie, se acerca otra dictadura, con esto han demos trado lo que todos los españoles ya sabiamos que la justicia no es independiente del poder ejecutivo, pobres de nosotros.

Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #2 en: 15 de Mayo de 2008, 21:45:52 pm »
Nos parece bochornoso y vergonzoso; el feminismo radical está metido en las instituciones, pero seguimos sin hacer absolutamente nada.

Poned "feminismo" o "asociaciones feministas" o algo parecido en google. Las entradas que salen son infinitas. La pregunta es:

¿Deberíamos los hombres empezar a organizarnos para defender nuestros derechos?

Un saludo

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #3 en: 15 de Mayo de 2008, 23:02:41 pm »


La violencia en la familia es la primera causa de muerte y de minusvalía para muchas mujeres, por encima del cáncer y los accidentes de tráfico. El 70 por ciento de las mujeres asesinadas en el mundo lo son a manos de sus parejas o ex parejas.

Se estima que entre el 20% y el 50% de las mujeres han experimentado violencia física por parte de un compañero íntimo o un familiar (Domestic Violence Against Women adn Girls, Innocenti Digest, UNICEF, 2000)

Un estudio del Gobierno estadounidense reconoce que la violencia en el ámbito familiar es la mayor amenaza para todas las mujeres, más que las violaciones, los atracos y los accidentes de tráfico juntos.

En España, alrededor de una de cada mil mujeres denuncia malos tratos por parte de su pareja. El número de denuncias se ha incrementado un 11% en los últimos años. Esto puede deberse a que las mujeres van alcanzando mayor independencia económica, sienten más seguridad por la aparición de nuevas instituciones de ayuda, leyes y medidas de protección, y a la mayor información que ofrecen los medios de comunicación.

En un 75% de los casos de violencia conyugal se trata de violencia pura contra la mujer, mientras los casos puros de violencia contra el hombre apenas llegan al 2%. En el 23% restante, ambos miembros de la pareja son víctimas de violencia recíproca o cruzada.

Entre 1996 y 1999, una media aproximada de 60 mujeres han perdido anualmente la vida a manos de su pareja o ex pareja. El 98% de las mujeres que fallecieron víctimas de malos tratos en 1997 había denunciado previamente a su agresor (según informó el Defensor del Pueblo en 1998).

El 80% de los casos de maltrato que llegan a instituciones no inician trámite judicial alguno, según el Instituto de la Mujer.

En más del 30% de los casos de violencia contra la mujer ha estado presente el alcohol.

El 18% de los españoles mayores de edad dicen que saben de la existencia de violencia doméstica entre sus conocidos y familiares. Esto supone cinco millones y medio de personas (dato del V Barómetro de opinión, enero 1998).


Fuente: Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia; Amnistía Internacional; Instituto de la Mujer
 


 

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #4 en: 17 de Mayo de 2008, 02:24:34 am »
El TC tiene gravísimos problemas de independencia.

Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #5 en: 19 de Mayo de 2008, 08:39:59 am »
Yo echo de menos un "Instituto del Hombre" o algún organismo que se preocupe de los derechos que los hombres estamos viendo pisoteados sistemáticamente. ¿A quién puede molestarle que exista este tipo de entidad?

¿Sabéis que la violencia física de mujeres hacia los hombres (la psicológica es inconmensurable) es tipificada con el eufemismo de "violencia social" y no de género?¿Sabéis que si en un accidente de tráfico un hombre atropella a una mujer con resultado de muerte, esa muerte pasa a engrosar las cifras de violencia de género?

Se pueden aportar todas las cifras que se quieran, pero tendremos que ser un poco críticos y ver cual es el sesgo que se las quieren dar a dichas cifras desde las instituciones que emanan.

En cualquier caso, lo que no es propio de un estado de derecho es que se elimine de un plumazo la presunción de inocencia de la mitad de la población por el hecho de tener unos órganos sexuales determinados.

Que haya ahora más denuncias tiene una explicación muy sencilla: las denuncias falsas no se persiguen (saturaría el sistema judicial), por lo que la mujer que se quiera divorciar, que son cada vez más, denunciando al marido tiene mucho que ganar y nada que perder.

Un saludo

Carlos

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #6 en: 19 de Mayo de 2008, 12:29:41 pm »
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La responsabilidad ante la lacra de la violencia doméstica «es cosa de todos», explica la magistrada: de los jueces, que han de dar «una respuesta rápida a situaciones que no admiten dilación pero razonable y razonada en cada caso concreto», y también de los letrados, «que han de disuadir a sus clientes de utilizar los procedimientos penales para obtener mejores resultados en los procesos civiles [como en los casos de separación o divorcio], ya que a la instrucción han de llegar aquellos casos en que efectivamente es necesaria una protección», explicó ayer la decana de los jueces de Barcelona.

«Si los jueces de instrucción verdaderamente detectan la existencia de denuncias falsas en el ámbito de la violencia familiar, deben proceder contra las denunciantes, ya que se trata de un delito contra la administración de justicia, y verificar su existencia a través de un proceso contradictorio con las mismas garantías que han tenido los acusados de violencia hacia las mujeres


Allí donde se han hecho estudios serios (Europa, Canadá) se ha visto que las falsas alegaciones de maltrato para conseguir beneficios en la separación son equivalentes al número de denuncias falsas en otros delitos. El problema no son las denuncias falsas, sino las denuncias verdaderas que los jueces, archivan.

Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #7 en: 19 de Mayo de 2008, 13:15:53 pm »
En un pais con una justicia desastrosa, como es el nuestro, no se puede pretender que se persigan todas las denuncias falsas, porque es imposible.

¡¡Que en otros delitos el porcentaje de denuncias falsas es el mismo!!...En otros delitos no se diferencia si el denunciado es hombre o mujer, ni se presupone culpable al acusado hasta que se demuestra lo contrario.

¡¡¡Presuponer la decencia en los abogados matrimonialistas en los casos de separación o divorcio para dilucidar qué casos son merecedores de protección!!!...JA JA JA. En los procesos de separación y divorcio (en los que se utiliza la presunción de veracidad de la mujer como instrumento inquisitorial) los abogados tratan de sacarle al marido hasta las tripas.

Por cierto, puestos a vulnerar los principios constitucionales más básicos, e incluso normativa internacional y derechos humanos, y puesto que las estadísticas dicen que son los latinoamericanos los que, porcentualmente hablando, más zurran a sus mujeres, por qué no inventar otro tipo penal para ellos con penas mayores, con menos posibilidades de defensa, con más cobertura para sus mujeres...

Que el hombre de a pie opine de esta manera me parece mal, pero que lo haga alguien que supuestamente sabe algo de derecho me parece lamentable.

Mal vamos por este camino.

Un saludo 

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #8 en: 19 de Mayo de 2008, 20:09:25 pm »
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"Igualdad y discriminación positiva"

...........

"La expresión discriminación inversa se utiliza originariamente en USA para designar medidas de acción positiva tachadas de inconstitucionales ante demandas de individuos que no pertenecen al grupo o grupos a cuya igualdad se destina la acción positiva".

...........

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"La acción positiva. Análisis del concepto y propuestas de revisión".



Mal vamos, desde luego. Entiendo tu postura pero no la comparto y no se me ocurrirá decir que mal vamos si alguien que sabe algo de derecho, opina lo que tu opinas.  Que la violencia de genero, domestica o como la queramos llamar es un problema, no cabe duda. Que afecta a muchas personas, tampoco. Que no tiene fácil solución, parece evidente. Pero que cada vez que se hable de este tema nos desviemos a otros, no lo entiendo.






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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #9 en: 19 de Mayo de 2008, 20:58:46 pm »
No discutimos poco en su día, cuando entró en vigor la Ley Integral contra la Violencia de Género, si era justa, correcta, valía para algo... -todas las vertientes del asunto que se nos puedan ocurrir- que las penas que se establecían para los hombres, por determinadas agresiones físicas o psíquicas contra su pareja, fueran más duras que para las mujeres. Ahora el Tribunal Constitucional (TC) viene a darnos la razón a quienes manteníamos que era una medida válida y positiva.

No me siento más legitimada porque el TC coincida con lo que defendí, ni tampoco creo que la vía penal sea la panacea para ir eliminando esta lacra social, pero ambas cosas van en la línea de propiciar un cambio de mentalidades que, en definitiva, es la única receta que vale para este mal. No obstante, me temo que ninguna de estas circunstancias afectará directamente a quienes operan con el «la maté porque era mía» o consideran a las mujeres «cosas» sobre las que ejercer su dominio.

Y que coincida con el TC en que hay razones para agravar las penas en el caso de los agresores no me llena de satisfacción, entre otras cosas porque este Tribunal, como el resto, está mediatizado por la ideología de sus componentes y, en este caso de modo todavía más claro, políticamente. No hay más que ver como se nutre -de 12 personas que lo componen cuatro las propone el Congreso, cuatro el Senado, dos el Gobierno del Estado y dos el Consejo General del Poder Judicial-, lo que luego se refleja claramente en los temas polémicos como éste. La votación final para dictar la sentencia que ha avalado la agravación de la pena para los hombres ha dado como resultado siete votos a favor y cinco en contra. Coincide con los que en el ámbito político se consideran sector «progresista» y «conservador».

La sentencia todavía no es pública -aunque, como siempre, algún medio ya la conoce-, porque cuentan que el Tribunal entiende que debe ponerse el acento en el mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja. Que el distinto tratamiento penal se justificaría no en una discriminación positiva porque la mujer sea especialmente vulnerable, sino en que la conducta del maltratador es más reprobable y, además, más frecuente, ya que el 99% de las agresiones de este tipo son causadas por los hombres.

Por si esta argumentación no fuera suficiente, se puede añadir otra razón. También en un porcentaje muy grande de casos, en la relación de pareja el hombre parte de una posición de superioridad y dominación, que es la que subyace en el sustrato cultural de la sociedad, lo que luego se refleja en la relación privada. Ese sustrato cultural que hace que el presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona se haya permitido hacer un «chiste» con el asesinato de mujeres a manos de su pareja. El muy «gracioso», en una rueda de prensa, soltó ni más ni menos ese que dice: «¿y usted por qué mató a su mujer?, y el otro responde: «¿usted no ha tenido ganas nunca?». ¡Así nos va!
"quotquotFuerte como el roble, flexible como el junco"quotquot

Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #10 en: 20 de Mayo de 2008, 08:39:53 am »
En USA, Acantilado, ya existió una ley similar a la que ahora tenemos en España; una ley que tuvo que ser derogada por ser considerada una versión moderna de los Tribunales de Inquisición. "Que fulanita es una bruja; a la hoguera" es sustituido por "que fulanito me ha pegado; a la cárcel". Que alguien que sepa algo de derecho esté a favor de esto me parece increible.

Que la violencia (del tipo que sea) es una lacra es algo que nadie duda; que la citada ley sea efectiva es algo que ya bastantes ponemos en duda (cada vez hay más muertas); que sea legítimo satanizar a todos los hombres por lo que hacen unos pocos desgraciados es, no solo inconstitucial (pese a lo que vote el TC) sino una canallada sin paleativos.

Heraclio, intentar argumentar la pertinencia de esta ley en lo que un presidente de una audencia provincial diga o deje de decir fuera de sus funciones (que es dictar sentencias) es poco serio. Ese señor es un impresentable y debería tener su sanción pertinente por apología de la violencia (del tipo que sea).

Un saludo

     

Desconectado acantilado86

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #11 en: 20 de Mayo de 2008, 12:30:37 pm »
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"En el informe que la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional emitió en uno de esos procedimientos, y que se puede tomar como ejemplo, se rechaza que la discriminación positiva aplicada al ámbito penal sea contraria al derecho a la igualdad.

La primera premisa es la propia Ley Integral, cuyo objetivo es combatir «la violencia que se ejerce sobre las mujeres por el mismo hecho de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». La segunda, es la obligación de los poderes públicos (establecida en la Constitución) «de adoptar medidas de acción positiva para hacer efectivos y reales» derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y el derecho a la no discriminación.

Por ello, y dada la gravísima dimensión que en España ha adquirido la violencia en el seno de las parejas, aumentar las sanciones por el mero hecho de que el agresor sea hombre no vulnera el derecho de éste a la igualdad. El sexo del agresor no carece de «neutralidad», señala el fiscal, porque «pese a las previsiones constitucionales de igualdad», son los «condicionamientos socioculturales hoy existentes» los que han convertido a las mujeres en «objeto de agresiones de toda índole en una proporción abrumadoramente superior a las que ellas ocasionan, que pueden tildarse de cuasi irrelevantes».

Las conductas que se castigan, insiste la Fiscalía, son aquellas que ponen de manifiesto «determinadas relaciones de poder y sometimiento» que implican un total desconocimiento por parte del hombre de los derechos de la mujer. Por ello, «para imponer su criterio no dudan en atentar contra su libertad, integridad, su vida» y contra su derecho a la igualdad. Además, la fiscal argumenta que se ha previsto un amplio abanico de sanciones que garantiza su proporcionalidad con respecto a la conducta castigada. "


Los tipos penales previstos tienen penas mas graves porque el hecho tipificado también es mas grave en atención a la especial vulnerabilidad social de las víctimas. El derecho antidiscriminatorio tiene como función paliar la situación de injusticia que sufren quienes pertenecen a un grupo frente a quienes pertenecen a otro, raza, sexo, etc. El derecho Comunitario dice que el principio de igualdad de trato supone la ausencia de discriminación por razón de sexo....... y en otro apartado dice que se adoptaran las medidas necesarias encaminadas a promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en particular la desigualdad de hecho que afecta a las mujeres. A veces para conseguir unos objetivos son necesarias medidas excepcionales. Cierto que la ley no esta logrando sus objetivos. Que es necesario un cambio de mentalidad en la sociedad. Que no hay suficientes medios. No hacer nada seguro que no es la solución.

Estoy de acuerdo con  Heraclio, y reducir lo que ha dicho a una pequeña anécdota no lo entiendo.


Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #12 en: 20 de Mayo de 2008, 16:18:43 pm »
¿No se puede conseguir todo lo que pones en el mensaje anterior sin privar a la mitad de población del derecho a la presunción de inocencia?

O sea, que el fin justifica los medios, sean estos los que sean.

Reitero, mal vamos.

Un saludo

Desconectado acantilado86

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #13 en: 20 de Mayo de 2008, 19:15:48 pm »

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“Es falso que los Jueces no garanticen la presunción de inocencia a los denunciados por delitos de violencia de género – asegura Montserrat Comas-. La Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada por unanimidad en el Parlamento, no ha introducido ningún Estatuto procesal distinto a estos denunciados en relación con los imputados por otros delitos”.

“Los jueces aplican las mismas garantías constitucionales y legales a todos los denunciados por delitos distintos”, añade.

También, de acuerdo a La Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género,  “es falso que los Jueces estén condenando sin pruebas”. De acuerdo con cifras estadísticas del CGPJ, referidas a asuntos penales ya enjuiciados, los Juzgados de lo Penal, por delitos de violencia de género, dictaron, entre junio de 2005 y junio de 2006, 8.495 sentencias, de las cuales el 39 por ciento -3.273- fueron absolutorias. En un 34 por ciento -2.889- la condena se produjo por sentencia sin conformidad del acusado y en el 27 por ciento restante -2.333- las sentencias contaron con la conformidad de los acusados.   



El fin no justifica los medios, la presunción de inocencia se supone siempre mientras no se dicte sentencia condenatoria. Es muy exagerado todo esto, da la sensación de que las víctimas deban pedir perdón por exigir que la sociedad las proteja.

"¿Sabéis que si en un accidente de tráfico un hombre atropella a una mujer con resultado de muerte, esa muerte pasa a engrosar las cifras de violencia de género?"  . ? ? ?

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #14 en: 20 de Mayo de 2008, 19:31:56 pm »
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“Es falso que los Jueces no garanticen la presunción de inocencia a los denunciados por delitos de violencia de género – asegura Montserrat Comas-. La Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, aprobada por unanimidad en el Parlamento, no ha introducido ningún Estatuto procesal distinto a estos denunciados en relación con los imputados por otros delitos”.

“Los jueces aplican las mismas garantías constitucionales y legales a todos los denunciados por delitos distintos”, añade.

También, de acuerdo a La Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género,  “es falso que los Jueces estén condenando sin pruebas”. De acuerdo con cifras estadísticas del CGPJ, referidas a asuntos penales ya enjuiciados, los Juzgados de lo Penal, por delitos de violencia de género, dictaron, entre junio de 2005 y junio de 2006, 8.495 sentencias, de las cuales el 39 por ciento -3.273- fueron absolutorias. En un 34 por ciento -2.889- la condena se produjo por sentencia sin conformidad del acusado y en el 27 por ciento restante -2.333- las sentencias contaron con la conformidad de los acusados.   



El fin no justifica los medios, la presunción de inocencia se supone siempre mientras no se dicte sentencia condenatoria. Es muy exagerado todo esto, da la sensación de que las víctimas deban pedir perdón por exigir que la sociedad las proteja.

"¿Sabéis que si en un accidente de tráfico un hombre atropella a una mujer con resultado de muerte, esa muerte pasa a engrosar las cifras de violencia de género?"  . ? ? ?

Estimado acantilado: Desde que en la exposicion de motivos hace referencia a la violencia que se ejerce sobre las personas, esta misma indica que es sobre la mujer. Es evidente que los jueces de acuerdo con la potestad constitucional y el discutido art 3.1Cc apliquenn la ley. Pero tambien es igual de cierto que los jueces nop pueden ir mas alla de la ley, siendo esta tope de su interpretacion. Por lo tanto si la ley es claramente dispositiva y discriminatoria los jueces tienen dos opciones; 1. Elevar su no aplicacion por entenderla fuera del ordenamiento juridico (inconstitucional) o aplicarla tal y como se la sirven. Mire usted de forma pausada la ley y observara incluso en su ambito de sancion el caracte unilateral. Hoy la mujer es victima de esta lacra social que ha costado muchas vidas pero tambien a su vez hay que buscar los mecanismo para evitar que esta lacra social vaya disminuyendo y que desaparezca lo ante posible de nuestro entorno.... Pero siempre desde el sentido justo del derecho.... un saludo

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #15 en: 20 de Mayo de 2008, 20:43:21 pm »
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Desde que en la exposición de motivos hace referencia a la violencia que se ejerce sobre las personas, esta misma indica que es sobre la mujer. Es evidente que los jueces de acuerdo con la potestad constitucional y el discutido art 3.1Cc apliquen la ley. Pero también es igual de cierto que los jueces no pueden ir mas allá de la ley, siendo esta tope de su interpretación. Por lo tanto si la ley es claramente dispositiva y discriminatoria los jueces tienen dos opciones; 1. Elevar su no aplicación por entenderla fuera del ordenamiento jurídico (inconstitucional) o aplicarla tal y como se la sirven. Mire usted de forma pausada la ley y observara incluso en su ámbito de sanción el carácter unilateral.

La mayoría de las víctimas son mujeres, ¿no?

¿Discriminatoria? A mi me parece discriminatoria la situación de la mujer en muchos países, que haya mujeres que sufran maltrato por parte de sus parejas, que muchas mueran, etc, etc. Promulgar leyes para que esta situación cambie, no me parece discriminatorio, igual que se hizo en otra época contra la discriminación racial. Medidas excepcionales.




Desconectado carl

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #16 en: 21 de Mayo de 2008, 08:49:24 am »
Los argumentos de Acantilado ( a parte de repetir lo que dicen determinados personajes absolutamente partidistas) son  muy pobres.

Ya sé que el tema del terrorismo no tiene nada que ver con el de la violencia de género, no hace falta que me repliques en ese sentido; comprenderás que es una analogía.

La mayoría de etarras son vascos, ¿no, Acantilado? Vamos a inventar un tipo penal nuevo en el que, si el que asesina es un vasco, independientemente de su vinculación a eta, su pena es mayor que si el que comete el asesinato es murciano, por ejemplo. Eso atentaría, te pongas como te pongas, al principio de igualdad, exactamente igual que la ley en cuestión.

Los problemas complejos, y este es uno de ellos, no se arreglan con soluciones simples (y en este caso la solución además de simple es burda y de índole fascista: Franco ejecutaba a todo el que olia a eta y se quedaba tan agusto). El que piense de esta manera tan ingenua tarde o temprano se tiene que caer del burro al ver que cada vez hay más muertas.

Un saludo

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #17 en: 21 de Mayo de 2008, 09:16:21 am »
¿ Y que hay mas pobre que utilizar argumentos falsos como que se vulnera el principio de presunción de inocencia, o decir que la mayoría de las denuncias son denuncias falsas? ¿ O hablar de la discriminación de la mitad de la población?

Por supuesto que tu ejemplo no me sirve. Solo si esta ley se aplicara a situaciones que no tengan que ver con la violencia de genero para penar conductas que no tienen que ver seria aceptable. No es el caso. La Ley no va a solucionar todos los problemas del maltrato, pero ante un problema tan grave la pasividad si que no sirve para nada. No se si aumentar las penas para los hombres es la solución, a veces ante determinadas situaciones hay que tomar medidas de carácter excepcional para lograr algún resultado.

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #18 en: 21 de Mayo de 2008, 13:48:51 pm »
Acantilado, no te has leido la ley.

Desconectado Lili

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Re: LEY VIOLENCIA DE GÉNERO: CONSTITUCIONAL
« Respuesta #19 en: 27 de Mayo de 2008, 13:49:09 pm »
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¿ Y que hay mas pobre que utilizar argumentos falsos como que se vulnera el principio de presunción de inocencia, o decir que la mayoría de las denuncias son denuncias falsas? ¿ O hablar de la discriminación de la mitad de la población?

Por supuesto que tu ejemplo no me sirve. Solo si esta ley se aplicara a situaciones que no tengan que ver con la violencia de genero para penar conductas que no tienen que ver seria aceptable. No es el caso. La Ley no va a solucionar todos los problemas del maltrato, pero ante un problema tan grave la pasividad si que no sirve para nada. No se si aumentar las penas para los hombres es la solución, a veces ante determinadas situaciones hay que tomar medidas de carácter excepcional para lograr algún resultado.

Totalmente de acuerdo contigo, el que no se ha leído o no sabe interpretar la ley y no sabe reconocer la realidad social son .........................
Os dejo, ya que no puedo debatir esto de nuevo, (EXAMENES) ahí está el hilo de mensajes que dejamos en su día.
Abogada Icamalaga