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Autor Tema: Sobre Derecho internacional público  (Leído 1549 veces)

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Desconectado reyarturo

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Sobre Derecho internacional público
« en: 19 de Octubre de 2008, 18:34:23 pm »
Quisiera hacer una observación a los que estais estudiando o habeis estudiado esta asignatura:
¿Es un peñazo o solo es una apreciación mia muy subjetiva?
Os digo esto porque estoy leyendo los temas referentes a las fuentes y eso no tiene ni pies ni cabeza.
Nada es obligatorio. Todo es si los paises quieren. Entonces ¿Para qué sirve?.
En fin, a ver si alguien puede animarme, porque solo llevo dos semanas con el libro y ya se me está atragantando.

Saludos desde Málaga


Desconectado MiLe_TzN

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #1 en: 19 de Octubre de 2008, 18:36:32 pm »
A mí lo que se me atraganta es saber lo que entra y lo que no... Al final he optado por coger el cuadro del año pasado con las páginas que entran, porque mirando programa-libro, no me aclaro...
Abogada y Doctoranda

Desconectado elnono

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #2 en: 19 de Octubre de 2008, 19:26:20 pm »
reyarturo.

Te entiendo perfectamente. Realmente ocurre eso de "si los paises quieren". Entiendo que el mundo en el que nos encontramos es complejo, somos muchos paises soberanos y de culturas bien distintas. Por otra parte los paises son concientes que no están aislados y que se requiere "ciertas reglas del juego" (el comercio, el uso y disfrute de los bienes comunes como el agua, el aire, el medio ambiente, los recursos naturales (pesca, caza, minerales,....)

Por otra parte a nosotros, los españoles, descendientes del Derecho Romano, donde todo requiere estar reglado, tasado, obligatorio y con sus penas o sanciones nos choca de lleno. Pero si te dás cuenta, te lo dicen en uno de los primeros temas, el derecho anglosajón ha dado un nuevo aire al derecho internacional porque se han adoptado sus pautas (no son tan cuadriculados como nosotros). El derecho se va construyendo, se va cimentando con el paso del tiempo, y lo que en un principio hoy es voluntario con el paso del tiempo será obligatorio aunque no esté escrito. Al menos así es como lo veo yo.

Por ejemplo, hoy las autoridades están concienciando a la población para que recicle, se disponen contenedores especiales (vidrio, carton, plasticos). Quien quiere recicla. Con el paso del tiempo lo que era novedoso y voluntario pasará a ser obligatorio porque el que no recicle será considerada una "persona non grata" y merecedora de sanción, y cuando llegue este momento nadie clamará el grito en el cielo. Llevo leido 5 temas del DIP de Velasco, pero creo que este es el fondo de la cuestión.

El año pasado hice Medioambiental y esta asignatura me recuerda mucho a ella.

A por ella, oeeeeee.  ;)
Cada día un pelin más Derecho.

Desconectado josu

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #3 en: 19 de Octubre de 2008, 21:51:14 pm »
esa puñetera asignatura a mi siempre se me ha atragantado es que no tiene lógica los examenes y preguntas que hacen teniendo en cuenta lo que han dicho más arriba y además que no hay un libro básico en la UNED por donde puedas preparar el examen y los casos prácticos sino que tienes que leer y estudiar varios libros y lo que dice uno puede contradecir al otro y un examen de test puede tener 2 respuestas y un caso práctico lo mismo. un desastre ese departamento.

Desconectado analamegaprofe

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #4 en: 19 de Octubre de 2008, 21:58:02 pm »
Pues yo no lo creo así, quieren los términos claros, que apliques la teoría al caso, sin divagaciones personales, lo que se pregunta y ya está, el tema largo bien explicado y las preguntas cortas igual, repiten bastantes cuestiones pero eso en la uned ya se sabe , si te cambian el tipo de examen la fastidiaste si sólo has preparado lo que cayó en años anteriores. El departamento no creo que corrija mal pq yo este curso a la gente no la ví descontenta con las calificaciones, eso sí hay que tener la terminología clara y leer bastante los temas, es extensa pero muy interesante, anímaos que no es tan horrible, a mí me encantó
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Desconectado Lili

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #5 en: 20 de Octubre de 2008, 14:41:42 pm »
Creo que es cierto lo que die elnono. l
Llevo los primeros temas y hay que acostumbrarse que en D.I. las fuentes como la costumbre y los principios generales del derechos son las más importantes porque no se apoya en códigos antiguos, es un Derecho nuevo y porque la codificación tarda  y los cambios en la sociedad internacional son constantes.
Es una asignatura que requiere lectura pero en algún momento tenemos que atenernos a lo que nos van a exegir en los exámenes. Una cosa es leer todos los temas y otra es centrarse en lo que viene resumido en los apuntes de aquí, en las preguntas y casos que han salido en exámenes anteriores. En el curso virtual en el menu varios casos prácticos con soluciones.
He dejado de comprobar mi libro con el temario, sigo los temas por los apuntes que coinciden con el programa y si algo no está claro o quiero profundizar tomo el libro.
Abogada Icamalaga

Desconectado manuelk0

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #6 en: 20 de Octubre de 2008, 17:38:28 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Quisiera hacer una observación a los que estais estudiando o habeis estudiado esta asignatura:
¿Es un peñazo o solo es una apreciación mia muy subjetiva?
Os digo esto porque estoy leyendo los temas referentes a las fuentes y eso no tiene ni pies ni cabeza.
Nada es obligatorio. Todo es si los paises quieren. Entonces ¿Para qué sirve?.
En fin, a ver si alguien puede animarme, porque solo llevo dos semanas con el libro y ya se me está atragantando.

Saludos desde Málaga

En un sentido mas practico en el DIP quien mejor se lleva el gato al agua son las organizaciones potenciales unidas estas con las correspondientes multinacionales (Que bien se les podria considerar minidelegacion de la  entidad principal)
La razon de que no capte el significado de las fuentes es porque el DIP carece de las misma. Su fundamento se encuentra en la accion consetudinaria de las naciones fundamentadas estas en un momento historico determinado. Dicho de otra forma solo tiene relacion con el derecho en el sentido que lo conocemos pues hay constumbres que crean leyes y leyes que crean costumbre. Tengamos en cuenta un litigio entre dos naciones y acuerdan ambas en llegar a los tribunales internacionales. El tribunal no seguira el patron que conocemos nosotros basado en el orden jerarquico de kensel y en la apreciacion que hace el CC en cuanto a la jerarquia de la ley asi como el art 3.1 sobre su interpretacion. Su complejidad radica fundamentalmente en el estado de relaciones que se confijuran entre los mismo estados por elprincpio de necesidad y estrategia frente a un tercero.
Pasemos a un ejemplo: Los EEUU tienen armas nucleares, pero si otra nacion fuera de la orbita o de la relacion americana (a excepcion de chna, rusia, pakistan y la india) poseyeran armas nucleares o tuvieran intencion de desarrollarla, pues se apreciaria un conflicto del derecho internacional por dos motivos: 1.- El caso de los tratados de la no profliferacion de armar nucleares que impide (en la teoria) a las naciones usar el componente de uranio con el fin de crear tales producto. Segundo que cualquier pais puede sentirse tambien amenezado si su vecino tiene intencion o posee armas nucleares, que de acuerdo al citado DIP tendra derecho a realizair maniobras de autodefensa contra ese pais. Pongamos un subejemplo: El caso de iran en cuanto a las supuestas armas nucleares, Los EEUU desean intervenir en ese pais por entender que es un pais que esta en contra de las directrices americana en cuanto a su politica exterior. Si eso lo acompañamos con el resto de paises (OTAN, CEE) se hacen los locos mirando para otro lado, llegara un momento en que EEUU intervenga militarmente en Iran basandose en este hipotetico DIP de autoprotecion y autoregulacion.
Tengamos en cuenta un aspecto principal a la hora de estudiar el DIP: Que este el sujeto es un mero actor secundario, son los propios Estados los que regulan entre si como quieren relacionarse y demas......hE dicho :)

Desconectado reyarturo

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #7 en: 20 de Octubre de 2008, 18:19:47 pm »
Es decir, que si p.e. los EEUU quieren atacar a Iran por sentirse desprotegidos o amenazados y los demás paises miran para otro lado y hay un tratado o convención que prohibe el uso de la fuerza quiere decir que dicho tratado o convención no sirven para nada. Y si eso es así, ¿Para qué crear unas instituciones internacionales, o una disciplina que se llame DIP si no sirve, repito, para nada? :o

Desconectado josecorvera

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Re: Sobre Derecho internacional público
« Respuesta #8 en: 20 de Octubre de 2008, 19:08:15 pm »
Estimados amigos:

quiero deciros que esta es de las asignaturas que mas me ha gustado en toda la carrera. Me ha apasionado realmente. hay por ahí buenos apuentes (que son todo un libro) y tambien casos practicos y preguntas de años anteriores que ayudan. Lamentablemente no los tengo porq me los pasaron.

intentar superar sin desanimaros los primeros temas (fuentes, tratados) y luego incluso os gustara. eso espero... ademas y para hacerla mas amena conseguir los casos e ir haciendolos según estudiais los temas q trata el caso.

Un saludo y animo