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Autor Tema: Accidente in itinere  (Leído 9031 veces)

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Desconectado arukiman556

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Accidente in itinere
« en: 31 de Octubre de 2008, 13:00:07 pm »
Hola, en los accidentes in itinere, para que sea baja laboral, ¿cuáles son los requisitos? ¿Hay establecido algún período de tiempo?, tengo entendido que es de una hora, ¿es cierto?

Gracias

Si se amontona, hasta el polvo puede acabar formando una montaña

Desconectado agomez

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #1 en: 01 de Noviembre de 2008, 09:18:24 am »
Hola, hasta donde yo se, no hay un tiempo legal establecido, la Ley General del S.S. sólo establece como accidente de trabajo el sufrido por el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo (art. 115), pero (siempre hay un pero), la tipificación de accidente laboral in itinere al haber tanto supuestos, es mas bien jurisprudencial y por eso, para apreciarlo se tiene en cuenta que el accidente ocurra en un tiempo lógico de tu camino al trabajo, me explico, si tu tardas habitualmente 1 hora del trabajo a casa no puedes pretender que se accidente de trabajo el ocurrido a las 5 horas de tu salida del curro, también se exige que no haya habido imprudencia por parte del trabajador (ej: si vas en coche, y antes de coger el coche te has tomado unas copitas, o te has metido en dirección contraria en una calle, etc.), además si en tu camino a casa/trabajo has aprovechado para hacer gestiones personales y te ocurre un accidente haciendolas tampoco lo consederarán accidente de trabajo. No obstante mira la Ley G S.S. igual te saca de dudas. espero haberte ayudado en algo. un saludo.

Desconectado arukiman556

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #2 en: 02 de Noviembre de 2008, 10:29:20 am »
gracias, lo miraré
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Desconectado supremegirl

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #3 en: 02 de Noviembre de 2008, 11:40:18 am »
en mi caso viene reflejado en mi convenio , y con la expresión , "en tiempo razonable", mira el convenio particular o en su defecto el convenio marco del sector al que se refiera.

Desconectado simple22

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #4 en: 02 de Noviembre de 2008, 13:35:30 pm »
Para consultar convenios...

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Aunque en mi opinión no es tan bueno como noticias jurídicas y sentencias jurídicas, que permiten localizarlo todo y, en el caso de las leyes, permite ir a cada artículo de la ley.

No sé si habrán cambiado eso...

Y lamento enormemente que no haya otra igual de bueno sobre Tratados y Convenios Internacionales. Me refiero a que te permita ir de golpe a cada artículo del Tratado o Convenio.
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Desconectado simple22

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #5 en: 02 de Noviembre de 2008, 13:41:18 pm »
Lo han mejorado, ahora va perfecto...
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Desconectado arukiman556

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #6 en: 08 de Noviembre de 2008, 11:53:50 am »
ok, gracias de nuevo
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Desconectado josu

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Re: Accidente in itinere
« Respuesta #7 en: 08 de Noviembre de 2008, 18:38:25 pm »
lo que está claro es que el accidente de trabajo comienza cuando una persona sale por la puerta de su casa para ir a trabajar, y solamente para ir a trabajar, y bajando por las escaleras se resbala y se accidenta.