Trigun, no se le puede negar la legitimidad activa a ninguno de los dos progenitores. Lo que ocurre es que la legitimidad, por parte de la madre, significa, opino, que tiene el derecho de reclamar que su hijo sea reconocido como hijo suyo.
En cuanto al padre, es el padre quien lo debe reclamar sobre su hijo, y viceversa.
Sí, ese juicio va a ser largo y costoso, porque primero habrá que reclamar una filiación y luego plantearse el tema hereditario.
Si el chico puede pegarlo, no tendrá más remedio. El beneficio de la justicia gratuita no está para que la gente se ahorre dinero...
Eso, en principio. Definamos el interés de la madre, su beneficio y perjuicio en esta situación. Si podemos deducir que de la acción de filiación recibirá un beneficio, o no sufrirá un perjuicio, entonces la podremos ver como legitimada.
La madre, lejanamente, podría tener un interés en que su hijo reciba una buena herencia, porque ella a su vez es legítima heredera de su hijo (si no tiene hijos el hijo), y acreedora del derecho de alimentos, en un momento dado. Todo queda muy pillado por los pelos pero a lo mejor sirve.