IUS,
1) Mi frase última es esta: No he dicho que el derecho natural haya de estar contrapuesto forzosamente a la norma, sino parte de lo que precisamente afirmas, que por estar más allá de la norma es una vía que permite argumentar, en busca de esa justicia que invocas, contra lo positivizado. Porque os cerráis en un círculo vicioso imbatible: la norma no reconoce derechos a los animales, por lo tanto, los animales, no pueden tener derechos. Es la típica argumentación funcionalista: lo que es es, y eso lo justifica todo. Eso ya lo sabíamos
2) Si el contenido del debate fuera el que tú inicialmente planteas, yo no habría intervenido, por su inutilidad. Comprenderás que si los animales tuvieran derechos no habría materia de contradicción, y si todo es constatar que no tienen derechos, tampoco, pues es una evidencia que no necesita redundancias inútiles.
2).. Lo que digo precisamente es que si quienes amamos a los animales nos cerramos en esa afirmación iuspositivista no podemos argumentar nada, ya que no hay nada. Ese es precisamente el problema que tenemos.
3)…Respecto a que el derecho natural es norma: es norma, aforismo, o lo que tu quieras, pero no es norma positiva; ese es el escollo alrededor del que se dan vueltas en uno u otro sentido. Recurrimos al derecho natural precisamente porque hemos de argumentar jurídicamente desde una posición extrajurídica, desde un ámbito extrapositivo (no está integrada en el ordenamiento jurídico español, ese es el sentido del argumento utilizado).
4)… Dices: No hay contraposición entre ambos derechos (natural y positivo): Pues a mi humilde entender si la hay, y fundamental: mientras que unas normas están positivizadas y permiten argumentos como los tuyos, es decir, no cabe discusión precisamente porque ese derecho que se invoca no esta positivizado, la otra (la natural) no está positivizada, por lo que carece de fuerza, pero nos permite argumentar sin salirnos del foro jurídico (el de uned-derecho). Por ejemplo, podríamos decir: “si todo lo existente fue creado por dios ¿cómo destruirlo, como negarle su dignidad de criatura creada por un ser supremo, cómo no darle la protección más elaborada (esto sería una pelota al sistema) de la creatividad humana?”. Incluso hay sentencias históricas que contradicen el derecho positivo buscando un sentido de justicia natural, por ejemplo, “el hurto famélico” en el que el juez no aplica el derecho positivo (castigar a la madre que comete hurto, porque antes está el derecho de su hija a come.
5)…Norma dada: Todas las normas son dadas, sino ¿de dónde provienen? Además, depende de lo que interpretes por norma; será norma dada pero no aplicable. Imagínate en un proceso recurriendo a argumentos iusnaturalistas de carácter religioso y no contemplados positivamente pero aceptados por la sociedad (para que sea más evidente el asunto proponemos un ejemplo llevado al absurdo: "¿Cómo pudo penetrar en la habitación sin que le vieran los que estaban allí? Porque me ayudó un ángel para cumplir una orden (norma) de dios." ¿Qué diría el juez ante semejante justificación? Por muy católico practicante que fuera, no podría admitir esa afirmación en la que él puede creer personalmente pero en la que no cree el derecho positivo.
6)… Único recurso que nos queda, dices: utilizar argumentos morales y políticos; precisamente por eso decía yo, no sé por dónde, que era un error cambiar derecho natural por teoría del derecho y derecho político por derecho constitucional. Se han eliminado, creo que interesadamente, dos fuentes de reflexión que ayudaban a relativizar un iuspositivismo que por cierto está cuestionado. Creo que es errado interpretar el derecho mediante mecanismos estrictos.
Por ejemplo, el conocimiento del derecho natural y del derecho político flexibilizar la interpretación del derecho.
7)…Sobre que los animales no pueden tener derechos es una opinión personal tuya, por supuesto, pero no argumentada; también podrías decir, en la misma línea, es decir, siendo coherente contigo mismo, que no pueden tenerlos tampoco ni los no nacidos, ni los que están en coma, ni los que por una enfermedad no pueden razonar. Porque, se diga o no, esa es la base argumental (la base real es que las industrias cárnicas, los laboratorios y demás, pesan mucho en la economía mundial) su supuesta inferioridad volitiva, (¿) intelectual (¿) espiritual (¿) (Juan pablo II dijo que los animales tienen alma, y él es infalible….

… Los iusnaturalistas de los últimos 2500 años ¿qué dirían? Cualquiera sabe; seguramente si levantaran la cabeza se asustarían de sus aberraciones mentales, de sus propuestas, de sus actos, de las sociedades en las que vivían y aceptaban con normalidad.

… Respecto a la LF de Bonn lo que veo es un tratamiento muy distinto del asunto. Ellos, por lo pronto han metido la palabra animal en la constitución. Eso ya es un avance,
9)… Pero yo inisisto en lo que dije al final: “Pero vamos, que no hace falta tanto debate para el asunto. Si los que rebaten que se les proteja aceptan llevar vida de animales, me callo. Si no lo aceptan es que su argumentación no es íntegramente sincera. Y ya sabes lo que propugana el cristianismo: no quieras para los otros lo que no quieres para ti”… A lo que añado: con que no se les maltrate, los pueden llamar como quieran:desde piedras hasta criaturas de dios. Pero que no los maltraten. Y repito, en este caso, lo que importa no es el fuero, sino el huevo.
10) Actuario: ¿los no nacidos han nacido y tienen figura humana? ¿El Patrimonio Autónomo?
"Es aquel que tiene vida propia sin necesidad de estar vinculado a un sujeto de derecho. Es un conjunto de derechos y obligaciones que no está imputado a una persona determinada. Para muchos esta figura no tiene posibilidad existir en nuestro derecho pero para otros una muestra clara es el de la herencia yacente ejemplo del patrimonio autónomo, como se sabe la herencia yacente es aquel patrimonio hereditario en que se ignora quién es el heredero, no tiene herederos o los que existían han renunciado a dicha herencia, la cual aparece consagrarán artículo 1060 del código civil vigente. Hay quienes denominan a este especie patrimonial como "teoría de los derechos sin sujetos "
11) Y sin conocer el caso, he leído múltiples veces que los animales hasta han heredado.