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Autor Tema: La fotografía como medio de prueba....  (Leído 15761 veces)

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Desconectado Robinson

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La fotografía como medio de prueba....
« en: 01 de Abril de 2009, 21:15:47 pm »
Hola, muy buenas  :)

Estoy estudiando Derecho Procesal Laboral y me ha surgido una duda en relación con un caso, que es el siguiente:

Una empleado de una empresa se da de baja constantemente un mes tras otro justificando una enfermedad, pero desconfiado el empresario decide vigilar a este individuo con el fin de constatar si es verdad o no que está enfermo. Para su sorpresa esta persona no solo no está enferma si no que además se encuentra trabajando en otro sitio, con lo cual, el empresario le hace unas fotografías con el fin de presentarlas ante un posible juicio por despido improcedente presentado por el trabajador una vez este sea despedido.


Mi pregunta es: ¿si estas fotos son tomadas como válidas como pruebas en un proceso laboral?

Y me surge la incógnita en relación con las demás jurisdicciones, ¿las fotos son validos medios de prueba?

Gracias, un saludo. ;)

"quotquotLa Ley es para quién sirve"quotquot Nerón.

Desconectado palangana

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #1 en: 01 de Abril de 2009, 21:32:46 pm »
Pues yo pienso que si lo autoriza un Juez sí, pero si no, pues no. Ten en cuenta que puede violar el derecho a la intimidad y a la imagen, derechos fundamentales, y el empresario no es quien para tomar esas decisiones....si viola un derecho fundamental no es prueba lícita, salvo que esté autorizado por un Juez, yo creo.
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Desconectado Robinson

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #2 en: 01 de Abril de 2009, 22:13:13 pm »
Estoy de acuerdo contigo Palangana, pero tal vez haya algún compañero que tenga alguna experiencia al respecto, conozca de algún caso similar o tenga nociones en la práctica y nos pueda ilustrar al respecto.
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Desconectado JUCAMO

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #3 en: 02 de Abril de 2009, 00:29:06 am »
Una fotografía realizada en la calle o en cualquier lugar público, siempre que no se le de publicidad, que no se utilice con fines comerciales, etc..,  no creo que viole ningún derecho..., es un medio de prueba más con que cuentan las partes.

El probrema podría venir a la hora de demostrar que esas fotografías no están manipuladas con herramientas informáticas, cosa que se podría salvar con testigos, por ejemplo...

Es mi opinión...

Suerte y ánimo. ;)
No busques un culpable, busca una solución...gran consejo.

Desconectado palangana

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #4 en: 02 de Abril de 2009, 00:41:52 am »
Conmigo de abogado defensor no valen, eso desde luego, salvo que estén autorizadas por madamiento judicial......en caso contrario llevo el caso al Constitucional, eso lo tengo claro, por prueba ilícita. La Constitución española permite todo tipo de pruebas de que las partes puedan valerse, pero habrán de ser lícitas, y no son lícitas las que violen derechos fundamentales, y la intimidad y la imagen lo son.....es como si me pongo a realizar escuchas tlefónicas, o me pongo a meterme en casas ajenas para lograr documentos.....

Un saludo.
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Desconectado Francib

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #5 en: 02 de Abril de 2009, 08:32:32 am »
Completamente de acuerdo con JUCAMO. Las fotos han de ser tomadas en via pública o lugares públicos y realizadas por una causa concreta. Violarian un derecho fundamental ,como el de la intimidad, si las imágenes son tomadas en el interior de un domicilio. Las fotos son  indicios válidos para probar los hechos pero si hay testigos mucho mejor. En la vida real está a la orden del dia en los trabajos encargados a detectives privados y investigaciones policiales.

Desconectado Lisi

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #6 en: 02 de Abril de 2009, 08:52:25 am »
las compañias de seguro usan las filmaciones y fotos para desmontar este tipo de fraudes....pero no sé si deben pedir primero autorización, o hacerlo con posterioridad, antes de ir a juicio.

Un país en democracia es aquel en que una persona grita ¡Aquí no hay democracia! ... y no es castiga

Desconectado ctorre9

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #7 en: 02 de Abril de 2009, 10:14:56 am »
Estoy de acuerdo con Francib.
Matizando que nuestro sistema judicial determina como elemento probatorio la documental, en este caso una fotografía; el Ordenamiento le permite a Juez la libre valoración de la misma, eso no quita que el sujeto perjudicado impugne la prueba aunque no por ello el Juez deje de tomarla en consideración.
Su valor probatorio depende de ella misma:
- Corroborada por uno o varios testigos.
- Fotografía con fecha y hora digitalizada, con certificación de perito de que no ha sido manipulada.
- Fotografía además de lo indicado en el punto anterior, con figuras que determinan más su veracidad, la portada de un periódico, otras personas que pueden ser citadas como testigos, con un hecho o evento que ha salido en los medios de comunicación, etc.
- Y como no, la realizada por técnicos o agentes de la autoridad, por mandamiento judicial.




Desconectado fsalas

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #8 en: 02 de Abril de 2009, 11:25:51 am »
Si yo tuviera la certeza de que se encuentra trabajando en otro sitio, contrataría a un detective para que sacara las fotografías e hiciera el informe correspondiente, y posteriormente presentaría como prueba el informe del detective, así como su declaración testifical.

Desconectado Robinson

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #9 en: 02 de Abril de 2009, 11:37:06 am »
He estado averiguando sobre el tema y he consultado a una gestoria. Según ellos las fotografías deben ser tomadas por un detective privado acreditado, por que una vez presentadas las éstas como medio de prueba, el detective debe testificar ante el juez demostrando y alegando que dichas fotos son auténticas y obtenidas por él.
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Desconectado palangana

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #10 en: 02 de Abril de 2009, 12:03:47 pm »
Pero es que el detective es una profesión y un título, al que la Ley le faculta para ciertas cuestiones, además de tener que demostrar ciertas cosas al Juez. Pero un empresario no es quien para seguir fuera del puesto del centro de trabajo y en horarios libres o bajas de los trabajadores y ponerse a hacer
fotografías......tambien los entidadess bancarias pueden poner un video y se graba a la persona que está sacando dinero, pero porque lo autoriza no el Juez en este caso, pero sí la LEY....

No debe confundirse la realidad jurídica, la ley y las películas americanas . La CE, LOPJ, LEC y Lenjcriminal no dejan lugar a dudas. Las partes se podrán hacer valer de cuantos medios de prueba estimen oportuno, siempre que sean admitidas en derecho y conforme a ley....SE REPUTARÁ PRUEBA ILÍCITA toda aquella en violación de derechos fundamentales , como lo son la intimidad o la imagen, salvo que la ley o autorización judical lo permitan (en síntesis)

Cuestión distinta será sacar fotos al estado en el que han quedado las cosas, por ejemplo para demostrar roturas (un vehículo, o el estado de la carretera etc , por ejemplo, o que una puerta estaba abierta)......pero con personas y la imagen la cosa cambia.

Porque hay una LO (REPITO ORGÁNICA, NO UN DECRETILLO DE POCA MONTA) que regula todo lo referido a cámaras de video que graban en determinados lugares de vía pública y parkines......pues porque hay un bien jurídico a proteger con rango de derecho fundamental y constitucional, LA INTIMIDAD Y LA IMAGEN, no hay más.
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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #11 en: 02 de Abril de 2009, 12:23:07 pm »
despido improcedente??
cuando realmente el trabajador acredita su enfermedad ... como mediante parte medico???
situacion delicada...

Desconectado Lisi

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #12 en: 02 de Abril de 2009, 12:29:04 pm »
palangana: estoy de acuerdo contigo en el fondo: todo lo que lícito y/o legal, o será porque es conforme  a las nomas que lo determinan.

pero para decir esto no hay que estar continuamnete comentando lo de las pelis americanas...como forma de ridiculizra a los compañeros que han tenido otras valoraciones. No las han tenido porque vean pelis, sino porque su interpretación del hecho planteado puede ser diferente.

Una foto tomada por un detective privado puede violar la intimidad de una persona, tanto como la tomada por tu jefe...solo que una puede ser considerada como prueba y otra no...porque asi lo dice la norma. Al detective , a la policía, etc...le dan unas licencias para "violar legalmente la intimidad".

Creo que aqui se está tratando de aclarar los límites precisos en los que una determinada "prueba" cae dentro o fuera de la licitud y por ende dentro de la posibilidad de ser aceptada en juicio.

Por tanto, lo que tu planteas tan drásticamete cuando dices:"Conmigo de abogado defensor no valen, eso desde luego, salvo que estén autorizadas por madamiento judicial......en caso contrario llevo el caso al Constitucional, eso lo tengo claro, por prueba ilícita. La Constitución española permite todo tipo de pruebas de que las partes puedan valerse, pero habrán de ser lícitas, y no son lícitas las que violen derechos fundamentales, y la intimidad y la imagen lo son.....es como si me pongo a realizar escuchas tlefónicas, o me pongo a meterme en casas ajenas para lograr documentos....."

....es como no decir nada respecto a lo que aqui se está debatiendo, que es: ¿es una prueba X lícita si se adquiere de tal o cual modo?

 ;)
 

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Desconectado palangana

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #13 en: 02 de Abril de 2009, 18:27:22 pm »
Ni yo he utlizado CONTINUAMENTE (como dices) la expresión "pelis americanas" , ni en este único caso que he hecho referencia a dicha frase ha sido para ridicularizar a nadie......sencillamente porque nunca en la vida ha sido un modus operandi mío, quizás de otros , pero el mío desde luego no, en ningún ámbito de la vida.

De todas formas si alguién se ha sentido ofendido o molesto pues disculpas, no era mi intención. Exclusivamente insulto cuando se me insulta (y a veces hasta así paso), o voy de mala leche cuando conmigo se va de mala leche, pero nunca voy de mala fe con quien conmigo no ha utilizado ese medio.

Y la frase "conmigo de abogado defensor......" , pues gustará menos a más, pero personalmente si defiendo , defiendo hasta el TS , después (o en su caso) ante el TC, y de ahí , si tampoco, pues me voy a Estrarburgo .........

Un saludo y reitero mis disculpas.
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Desconectado Lisi

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #14 en: 02 de Abril de 2009, 20:56:11 pm »
palangana: dije "continuamente", proque ene ste foro ultimamente es la frase preferida en el foro. No la dices tú espcíficamente, pero se repite bastante.

Tu frase la he repetido pero no por lo de abogado defensor, sino exactamente por el resto, que a mi modo de ver no aclara nada sobre el tema...y es una obviedad.

un saludo afectuoso.
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Desconectado palangana

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #15 en: 02 de Abril de 2009, 21:04:39 pm »
Gracias Lisi .Sí, puede ser lo que dices (que se usa mucho) y quizás me haya influido al poner esa frase, pero para ridiculizar nunca , sencillamente quizás me haya influido y se me haya ido la mano, pero esa maldad no la tengo yo , eso desde luego.

Bueno lo otro era por poner enfásis en que si estoy seguro siendo abogado defensor de la inocencia o de que se está causando indefensión , o irregularidades procesales etc etc pues mi obligación y conciencia me obliga ir hasta el final......si por el contrario estamos hablando de casos como los de Marta del Castillo, por ejemplo, pues que los defienda su padre o su madre, pero yo desde luego no, y ya puede decir el Colegio de Abogados o el Estatuto de la Abogacía misa apostólica, que yo no estudio diez años una carrera para ponerlas al servicio de semajantes tipejos.....

Un saludo afectuso igualmente para tí .Mucha suerte en este parcial que viene y mucho ánimo.  :)
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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #16 en: 02 de Abril de 2009, 21:06:38 pm »
Por lo que se de este tema, ya que tengo experiencia en esto, hay que tener en cuenta la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia imagen.
, resumiendo nos dice lo siguiente, en una sentencia de la Audencia Porvincial de Madrid:

Establece como supuesto de intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen «La captación, reproducción o publicación por fotografía, filme o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o fuera de ellos, salvo los casos previstos en el artículo 8.2».
Y el art. 8.2 establece, en efecto, que el derecho a la propia imagen no impide:
a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio, cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público ...
c) La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria». Precisando el mismo precepto en su párrafo final que la excepción contemplada en el apartado a) no será de aplicación «respecto de las autoridades o personas que desempeñen funciones que por su naturaleza necesiten el anonimato de la persona que las ejerza». (es decir, los Policias).

Todo dependerá si el juéz o el fiscal estiman validas las pruebas fotográficas, ya que cualquier persona puede denunciar un hecho y más si hay medios de prueba en que evidencia que se está cometiendo una ilegalidad. Conozco de personas que han realizado fotografías para que sirvan de prueba y han sido admitidas.

Desconectado oliver

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Re: La fotografía como medio de prueba....
« Respuesta #17 en: 03 de Abril de 2009, 21:45:08 pm »
Hola.
Una fotografía es una "representación" de un instante de la realidad, representación
no significa muestra de "como era la realidad cuando hice la fotografía" sino de como la interpreté.
Ejemplo.
Imaginaros la siguiente foto, o representación de la realidad, vamos lo que vemos en la foto cuando la tenemos en la mano:
"un transeunte, con cara de pocos amigos, empuña un cuchillo justo encima de la víctima postrada en el suelo y ensangrentada".
La realidad es que es un buen ciudadano, que socorría a la víctima, y que inocentemente saco el puñal del pecho de la víctima.

Yo, el verdadero homicida, aporto la foto como prueba de mi inocencia y por ende prueba de quien fue el agresor.

Una foto, un dibujo, un testimonio o una filmación tienen el valor que tienen.....ya que son representaciones.
Libre apreciación de la prueba, aunque la aporte un magistrado del Tribunal Supremo.

Un saludo.
Ostendas mihi coleos patentes,
Cum cunno mihi mentula est vocanda.