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Autor Tema: no cobro,desde hace mas 4 meses.  (Leído 6177 veces)

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Desconectado Tonio L

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no cobro,desde hace mas 4 meses.
« en: 22 de Julio de 2009, 09:21:59 am »
Hola a todos,
Hechos: no cobro desde hace mas de cuatro meses ( me pagan al trantan)

¿ Que puedo hacer para reclamar mis salarios:
1. Demanda de extincion de contrato de trabajo
2. Demanda reclamacion de salarios
3. Alguna actuación ante arbitraje y conciliacion ?

Supuestos probables: ¿ que convierta mi contrato en contrato a tiempo parcial ?

Saludos


Desconectado palangana

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #1 en: 22 de Julio de 2009, 17:44:11 pm »
Irte a CCOO (más que nada porque los de UGT son unos blandurrias) y denuncia que te crio ante el Tribunal de lo Social. No hay más, ni conciliación ni arbitraje, ni leches.....que te remuneren lo que te deben y punto. Y si conoces otras irregularidades en la empresa, pues denuncia para que hagan las inspecciones oportunas. Si denunciáis varios más fuerza todavía.

Y fuera de lo jurídico, es difícil, pero busca otro trabajo......tienes que dar la etapa por finalizada. Un saludo y suerte.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #2 en: 23 de Julio de 2009, 09:33:29 am »
Gracias, Palanga,
El problema que yo veo, es el cobrar, tanto la indemnizacion como los salarios, ya que se trata de un Asociacion sin bienes. ¿que opinas? .
¿Podrian ser responsables la Junta Directiva?
Saludos

Desconectado manuelk0

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #3 en: 23 de Julio de 2009, 12:14:49 pm »
algun bien tendran que tener, el edificio donde esta ubicada su oficina los instrumentos de trabajo ect. Es que aqui no es especificas que tipo de asociacin es es decir (limitada, anonima y demas clasificacion que comtempla el Cco). Aparte me imagino que tendran acreedores que podran obligar a una declaracion de concursal y es ahi donde responderan estos sujetos con sus bienes y patrimonio personales..... mirauqehay carotas en este mundo
Que tengas suerte y a por ello, cada cual con lo suyo y el Estado con lo de todo :)

Desconectado Lili

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #4 en: 23 de Julio de 2009, 17:05:12 pm »
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Gracias, Palanga,
El problema que yo veo, es el cobrar, tanto la indemnizacion como los salarios, ya que se trata de un Asociacion sin bienes. ¿que opinas? .
¿Podrian ser responsables la Junta Directiva?
Saludos

Si no hay dinero o bienes es difícil cobrar pero si no denuncias lo más seguro que  no cobras nunca.
No lo dudes, presenta tu denuncia en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Cemac) o en el juzgado de los social.

En caso de despido puedes reclamar:
- Días de indemnización.
20 días por despido objetivo. 
45 días por despido reconocido o en caso de resultar improcedente el despido objetivo y el trabajador no es readmitido.

La empresa que reconoce el despido improcedente tiene que ingresar esta indemnización antes de 48h (desde que te entreguen la carta) en la cuenta correspondiente del juzgado de lo social. Si la empresa no lo ingresa podrás demandar y entonces  tendrá que pagarte también los salarios de tramitación (todos tus sueldos entre el despido y la sentencia) y optar entre readmitirte (en el mismo puesto, destino y horario) o confirmar tu despido.

- Días de vacaciones que no hayas disfrutado.
- La parte proporcional de las pagas extras que te falten por cobrar.

Si las deudas no están claras consulta un graduado social o un abogado laboral.

Abogada Icamalaga

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #5 en: 23 de Julio de 2009, 17:17:01 pm »
Amplio:
 _ Es una pequeña patronal.(estoy yo de secretario 19 años)
 - ¿si me despiden, cual deberia ser mi modo de proceder?
Saludos

Desconectado fsalas

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #6 en: 28 de Julio de 2009, 14:42:33 pm »
El impago de salarios está considerado como "incumplimiento grave del empresario", que da derecho al trabajador a rescindir el contrato con la indemnización de un despido improcedente.
El problema es que si no hay dinero, no hay dinero, y perseguir a la junta directiva puede ser muy complicado (aunque pueda servir como arma de negociación).
Si te despidieran, puede ocurrir que lo hagan reconociendo la improcedencia del despido, en cuyo caso tienen que poner a tu disposición el dinero de la indemnización (19 años son casi 2,4 años de sueldo bruto), o que lo hagan como despido disciplinario sin más, en cuyo caso te tocará interponer una demanda por despido en en juzgado de lo social, en este caso habla con un graduado social o abogado laboralista que te lleve el pleito, porque hablamos de mucho dinero.
Si el despido es por causas económicas (por ejemplo por la baja de muchos de los socios que ha reducido los ingresos de la asociación) tendrías derecco a un año de salario bruto (el máximo en este caso), creo que en esos casos el FOGASA paga algo si el empleador no puede pagar, pero espera sentado porque suele ser eterno. El hecho de que concurran esas causas económicas, se puede llevar también a los tribunales, pero por lo que cuentas parece que la situación financiera de la asociación es muy delicada.
Aunque en mi empresa (35 trabajadores) llevo los temas laborales, no soy ni mucho menos un especialista (de hecho soy economista y derecho lo acabo de terminar) por lo que si las cosas se complican busca uno para ayudarte en ese tortuoso camino.

Desconectado Lili

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #7 en: 28 de Julio de 2009, 15:56:21 pm »
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Amplio:
 _ Es una pequeña patronal.(estoy yo de secretario 19 años)
 - ¿si me despiden, cual deberia ser mi modo de proceder?
Saludos

Deberías mirar el contrato de trabajo y el convenio colectivo que incide en la relación laboral.
Descartando el despido disciplinario quedan: el despido objetivo por causas económicas o el despido improcedente:
En todo caso el nº días por año de servicio será:
- 20 en caso de despido objetivo, despido colectivo.........
- 45 en caso de despido improcedente o de resolución unilateral del contrato por el trabajador basado en justa causa.( como dice el compañero el impago de los salarios es una justa causa).

La Indemnización se obtendrá multiplicando los tres conceptos obtenidos:
 = nº días x Salario diario x Año trabajado

La indemnización no podrá superar determinados límites:
- Cuando sea de 45 días de salario por año de servicio, la indemnización no podrá superar las 42 mensualidades.
- Cuando sea de 20 días de salario por año de servicio la indemnización no podrá superar las 12 a 20 mensualidades pendiendo de despido individual, colectivo o clausula del convenio.
 
Si algo no está conforme a derecho (consulta un graduado social o abogado laboral), repito, no dudes en presentar una denuncia ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Cemac) o en el juzgado de lo social.


Abogada Icamalaga

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #8 en: 28 de Julio de 2009, 16:43:47 pm »
Gracias, por vuestras respuestas,ya veremos como se desarrollan los hechos.
Saludos

Desconectado albalonga

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #9 en: 28 de Julio de 2009, 18:39:14 pm »
Si en la empresa no hay dinero, lo mejor que podría pasar es que cesara por suspensión de pagos, ya que de esta manera el FOGASA (FONDO DE GARANTIA SALARIAL), correría con la mayoría (insisto mayoría, y no todos) de los gastos que ocasionaran los despidos (es decir, pagarían los sueldos).

Por otro lado, dudo mucho que te despidan, pues tal como dices, no hay dinero, y el despido para ellos sería lo más costoso, pues tendrían que indemnizarte (en el mejor de los casos 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades; olvida lo de los 45 del despido improcedente, pues no es el caso).

Si tu causas baja voluntaria en la empresa (es decir, te vas de ella, aunque el motivo sea no cobrar meses atrasados), legalmente pierdes las oportunas indemnizaciones, pues se entiende que la decisión de irte ha sido tuya y nadie te echó.

Normalmente las empresas suelen hacer eso: no echar a nadie, marear a la gente, hasta que los mismos trabajadores sean los que voluntariamente se vayan para no indemnizarlos, pues es lo más barato.

Mi consejo sería el siguiente: si tus condiciones económicas te lo permiten (y si no encuentras trabajo), aguanta lo que puedas en la empresa para que te lo paguen todo.

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #10 en: 29 de Julio de 2009, 12:18:15 pm »
Albalonga, gracias,
- me han insinuado un cambio a tiempo parcial : en este caso yo no lo aceptaria por la perdida de derechos que supone.

- Si me plantean lo anterior, y no acepto: 20 de indemnizacion...¿y los salarios que me deben?
- Si me despiden por causas economicas : 20 de indemnizacion ...¿y los salarios que me deben?

Saludos

Desconectado albalonga

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #11 en: 29 de Julio de 2009, 12:28:36 pm »
Los salarios que te deben son suyos y no te los pueden negar...(otra cosa es que eso que te deben, sea en "negro", en ese caso, la cosa está más chunga...pues reclamar eso legalmente....)

Muchos ánimos, y mucha suerte en este arduo camino...pues desgraciadamente, esta situación es el pan nuestro de cada día, pues todos tenemos a alguien en casa, que sufre esta situación.
 ;)

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #12 en: 29 de Julio de 2009, 12:32:02 pm »
Gracias a ti, Albalonga ll
Saludos

Desconectado Winnie

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #13 en: 29 de Julio de 2009, 14:33:53 pm »
si crees que no te conviene, modificar el contrato a tiempo parcial,porque no te van a compensar lo que perderías en caso de despido o de cobro por el INEM, y si crees que no van a continuar adelante porque esa patronal se va al garete y va a cerrar definitivamente, entonces, en eso caso, si quieres abandonar y buscar trabajo en otro lado. Yo haría lo siguiente:

1) Conciliación ante el CEMAC, servicio de mediación de tu CCAA, y simultáneamente demanda laboral reclamando la extinción del contrato en virtud del artic 50.1 o 2, no recuerdo cual de los dos exactamente del ET, por el incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario para con su empleado, en este caso el impago continuado de nóminas. Dicha extinción equivale a un despido improcendente, pero la dicta un juez por sentencia. Para ello, has de tener un mínimo de 3 nóminas pendientes, pues el TS, lo tumba si hay menos de 3. En este caso, si obtuvieras la sentencia favorable, pasarías al PARO como cualquier otro despedido, pues la extinción,como ya digo equivaldría a despido improcedente, y en dicha sentencia condenarían a esa patronal al pago de la indemnización de 45días/año trabajado. Luego tendrías que solicitar la ejecución de la sentencia, si no te pagasen la indemnización, para que judicialmente le embargasen lo que pueda tener dicha patronal. Y si hay algo acabarías cobrando, tal vez parte, pero al menos estarías libre para buscar otro empleo, y ya inscrito en el INEM, cobrando tu paro, hasta que te saliera otra cosa.
El problema de esta opción, es que desde que presentas la demanda hasta que salga el juicio, tienes obligación de seguir trabajando, aunque no te paguen y continuen sin pagarte, y deberás aguantar las malas caras, pues sabrán que les has interpuesto dicha demanda. La unica forma de no asistir al trabajo es que presentes una baja, y estés de baja hasta la fecha del juicio, y mientras estés de baja si no te pagasen la baja, podrías solicitar el pago directo de la baja a la SEG SOC, en virtud del art 50.1ET, que te mencioné.

2)Simultaneamente, a lo anterior, o si no presentas lo anterior porque quieres continuar trabajando, puedes presentar ante el CEMAC, RECLAMACIÓN de las nóminas adeudadas, emplazando a una conciliación a la patronal para que te pague los atrasos, como paso previo a la demanda de reclamación de cantidades, que interpondrías tambien ante el juzgado de lo social. o directamente presentar a la vez la demanda y la conciliación. Puesto que la reclamación de cantidades no puedes hacerla en la demanda de extinción de contrato en base al art 50.1ET.

No sé si me he explicado bien.

Desconectado Tonio L

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #14 en: 30 de Julio de 2009, 12:22:53 pm »
Winnie, Gracias. ¿se puede ir contra los miembros de la junta directiva y/o miembros de la asociación - empresas - ?

Saludos

Desconectado Winnie

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #15 en: 30 de Julio de 2009, 14:27:40 pm »
contra las empresas asociadas directamente, creo que no. Lo que no sé es si la junta directiva de la patronal, tuvieses conocimiento de que ha desviado fondos o dolosamente ha realizado alzamiento de bienes, por ejemplo, cómo podrías enfocar esa responsabilidad de los directivos de la patronal, para cobrarte la deuda, la verdad, estoy más puesta en sociedades mercantiles y la responsabilidad de sus administradores, que de asociaciones sin ánimo de lucro, sobre las cuales no tengo ni idea. Pero si decides tomar algun camino legal, cuéntale todo lo que sepas a tu abogado, sobre si tienes conocimiento de que a sabiendas de que estaban incumplimiento los pagos corrientes de la patronal, la junta directiva cometió irregularidades desviando fondos, o cosas similares. Y tu abogado, en función de lo que le puedas indicar actuará en consecuencia. Es importante saber si la patronal tiene dinero en cuentas bancarias, o de qué patrimonio dispone, si hay coches de la empresa(que no estén en renting o leasing), si el local de oficina es en propiedad, etc, porque si reclamas vía laboral y no te pagan, acabarían embargándole su patrimonio, para cobrarte la deuda. Y si hay algo de patrimonio, cuanto antes actues, más posibilidades tendrás de que no desaparezca todo, con otros embargos. Si la patronal, se mantiene en el tiempo, siempre tendrás la posibilidad de cobrartelo, cuando se pase la crisis, pero eso sí, reclamando vía judicial. Por cierto, no te lleves documentación original de la oficina, si te vas de la empresa, no puedes sustraer documentos, vale?.
Ve, si puedes a un abogado de tu confianza, que no sea caro, porque si ni siquiera consigues cobrar, como aun por encima te cobre un pico, pues estás listo.Hay abogados muy honrados, que no se aprovechan de los clientes, que no cobran %.

Desconectado Winnie

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Re: no cobro,desde hace mas 4 meses.
« Respuesta #16 en: 30 de Julio de 2009, 14:30:50 pm »
Realmente como de asociaciones de ánimo de lucro, no sé nada, no te puedo aconsejar sobre la responsabilidad de los socios o la responsabilidad de la junta, pero si localizas en internet, la normativa reguladora de tales asociaciones, arrojaría mucha luz al respecto. Yo es que no la tengo.