A ver, es que has puesto bastantes cosas que son propias del primer parcial, y no es que entren ahora porque sea parte del programa, sino porque son principios que siempre son aplicables (jerarquía, subsidiaridad, especialidad, ámbitos de aplicación etc etc), lo que puede caer es alguna cuestión CONCRETA DE COMPETENCIA SOBRE ALGUNA MATERIA CONCRETA, no competencia en general (por ejemplo: competencia R44 para materia contractual o extracontractual, o LOPJ para declaración de fallecimiento....es decir, algo muy concreto, y no foros de protección parte débil, ni foros exclusivos en general ni nada de eso).
La base del examen (60%) entre teoría y caso práctico será el ámbito-problemática del derecho aplicable (norma de conflicto-derecho material aplicable). Arts CC 9,10,11,49,50 Y 107 íntegros y Ley 54/2007 para adopción internacional (estas son las normas de conflicto de derecho propio autónomo, y hay que saberse los puntos de conexión que es lo que te dice el derecho material a aplicar, el propio o el extranjero); luego como normas de conflicto de régimen comunitario (Roma 1 contractual y Roma 2 extracontractual, ámbito material, exclusiones y puntos de conexión); y como Régimen convencional o Tratados (Convenio Haya Universal de 1973 alimentos y lo del Protocolo 2007; Convenio de la Haya de 1961 para la forma de las disposiciones testamentarias con excepción de la validez de la forma dipolomática o consular; Convenio Universal de la Haya 1971 accidentes circulación en carretera; Convenio Universal de la Haya de 1973 sobre responsabilidad productos defectuosos.....lo mismo, ámbito material, exclusiones y puntos de conexión).
Nota: Ley autónoma 54/2007 es un instrumento triple de competencia, ley aplicable y condiciones de adopción (no exequatur, puesto que es ámbito de la jurisdicción voluntaria)
Y también para este examen: Convenio de la Haya de 1980 secuestro de menores (cuando el menor esté fuera de la UE, instrumento de competencia y condiciones y procedimiento de devolución); Reglamento R 2201/2003 (CUSTODIA TRASLADO, VISITA Y RETENCIÓN DE MENORES cuando el menor esté en territorio de la UE, instrumento de competencia y condiciones y procedimiento de devolución). Como instrumento de cooperación entre autoridades puede caer Convenio Universal Nueva York para facilitar el cobro de la deuda alimenticia.
Y también pueden caer cuestiones institucionales, por ejemplo qué es matrimonio polígamo, qué es declaración de fallecimiento, qué es deuda alimenticia, qué es tutela, qué es patria potestad etc , cosas así, de ese estilo.
Toso eso es la base de este parcial, y todo lo demás que indicasté es propio del primer parcial.
Un saludo.