He preguntado en en Registro de la Propiedad y los pisos de la comunidad en la que vivo están libres de cargas. La sentencia del tribunal superior se debe a la denuncia de un particular de que el entresuelo de este edificio tiene una altura mayor de la que debería por lo que se sobrepasa la altura total de la edificación. Yo entiendo, y corregidme si estoy equivocada, es que mientras no se derribe nada yo no tengo por qué abonar nada, porque además no sé en concepto de qué y creo que menos lo tengo que pagar con carácter retroactivo. Lo difícil es hacérselo entender a los afectados, ya que las facturas son más pequeñas entre cuantas más personas haya implicadas, pero a mi me parece un abuso de derecho hacia mi. Muchas gracias.