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Autor Tema: funcion publica  (Leído 2623 veces)

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Desconectado julio64

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funcion publica
« en: 27 de Enero de 2010, 21:20:04 pm »
Me gustaría que alguien contara su experiencia personal en su Ayuntamiento o Administración pública ya que próximamente tengo el juicio (mi empresa, sociedad municipal, ya que soy laboral) no me lo ha dado por las buenas.

Por otro lado, mi Ayuntamiento está llegando a juicio porque no lo da por la vía reclamación administrativa y en el contencioso algunos están ganando los juicios y sus consiguientes reclamaciones de atrasos y otros los están perdiendo

¿estamos todos locos?

Gracias por vuestra ayuda, tengo el juicio el mes que viene


Desconectado julio64

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Re: funcion publica
« Respuesta #1 en: 28 de Enero de 2010, 15:06:18 pm »
Hola a todos:

Por error me ha salido tema nuevo, y así no lograreis saber de qué hablo.

Os cuento, una vez aprobado el Estatuto del Empleado Público (mayo 2007) y por una Sentencia del Tribunal Europeo que creo jurisprudencia, se debe computar en nómima a todos los trabajadores de las Administraciones públicas (incluidos empresas o sociedades públicas, tanto a funcionarios como a personal laboral) el tiempo trabajado en la administración (en la mayoría de casos los trienios) y además es extensible a quien le corresponda por derecho (una vez alcanzados tres años de servicios o más) siendo funcionario interino también.

Mis dudas son:


1º.-Tres años al 50% se computan como 1 trienio a efectos de antiguedad o como 1 año y medio?

2º.-Como servicios prestados a efectos de valoración en concurso-oposición ¿se computan por día ó por porcentaje?

3º.- Si trabajas 3 años en el grupo d y otros 3 en el c (que es el actual), ¿cómo se pagan los trienios, la cuantía es uno del d y otro del c o dos del c?

Gracias

Ruego que la gente hable si conoce bien el tema o cuente su experiencia personal, pues tengo el juicio proximamente y querría saber a otra gente que le está pasando, pues en mi localidad las sentencias están siendo unas favorables y otras desfavorables y aún no sabemos qué va a hacer Función Pública.

También me he enterado, por internet, que un Juez de Almería? ó Jaén? ha solicitado una aclaración al Tribunal Europeo para que se haga igual a todos los funcionarios andaluces y no ocurra que a unos sí se les paguen esos atrasos y a otros no.

Muchas gracias

Desconectado mpaz

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Re: funcion publica
« Respuesta #2 en: 03 de Febrero de 2010, 11:32:15 am »
Vamos a ver si puedo ayudarte.
1º. Si no has trabajado el trienio completo no se podrá computar como trienio, sino como la parte proporcional, aunque en esta cuestión no estoy muy segura y podría equivocarme.
2º. A efectos de concurso-oposición habrá que estar a lo que digan las bases de dicho concurso, en algunos se computan por años, otros por meses e incluso por días, pero siempre según lo dispuesto en las bases que lo regulan.
3º. Los trienios se cobran según el grupo en que los hayas cumplido.
Si has cumplido 1 en el grupo D, siempre cobrarás ese trienio como D, si después cumples otro en el grupo C, cobrarás el primero como D y el segundo como C y así sucesivamente.
No sé si he servido de mucha ayuda. Yo soy de la Admón Central.
Mucha suerte

Desconectado julio64

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Re: funcion publica
« Respuesta #3 en: 15 de Marzo de 2010, 22:53:48 pm »
Ha salido la sentencia, me han dado la razón en todo.

La jueza ha dicho que el tiempo trabajado se computa por día, a efectos de cómputo de antiguedad, con lo cual el 50% de la jornada laboral de 3 años de trabajo es un trienio completo.

Además, me pagarán 1 año de atrasos como laboral


Desconectado mpaz

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Re: funcion publica
« Respuesta #4 en: 16 de Marzo de 2010, 16:12:36 pm »
Me alegro por tí. Enhorabuena