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Autor Tema: practicum penal  (Leído 2268 veces)

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Desconectado ariadna

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practicum penal
« en: 29 de Enero de 2010, 20:26:12 pm »
alguien ha hecho el practicum de penal hoy? qué habéis contestado? que delitos habéis puesto?


Desconectado peti85

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Re: practicum penal
« Respuesta #1 en: 29 de Enero de 2010, 20:49:59 pm »
Hola ariadna! yo he hecho el practicum hoy..a ver, te he cuento, he puesto que es autora mediata de un delito de cooperacion necesaria al suicidio del marido(143.3) y tras descartar imputacion objetiva como complice delo de la sobrina, la he acusado tbn de omisión del deber de impedir un delito, del 450.

¿tu que has puesto?
En la vida se pueden hacer muchas cosas. Después ya no..

Desconectado ariadna

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Re: practicum penal
« Respuesta #2 en: 29 de Enero de 2010, 21:29:11 pm »
pues he puesto más o menos lo mismo he puesto que ha cometido un delito de cooperación necesaria al suicidio (143.3) y también el delito regulado en el 450. y también he puesto un deber de omisión al socorro porque cuando el marido aparece en casa para buscar la munición ya estaba herido! que opinais?

Desconectado ajota

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Re: practicum penal
« Respuesta #3 en: 29 de Enero de 2010, 21:44:13 pm »
Hola, a mi el caso me ha parecido un tanto extraño. Una familia, cuyo padre se lia con la sobrina de su mujer q vive con ellos, y al conocerse la noticia en una reunión con la esposa le comunican q se van a suicidar. Coge la escopeta mata a la sobrina de su mujer que era con quien se revolcaba de un tiro en la cabeza, despues intenta suicidarse pero queda malherido. Va arrastrandose hacia su mujer para que le dé mas cartuchos, La mujer, Casilda por cierto, le dá los cartuchos y su marido consigue suicidarse de una vez.
Había q analizar la conducta de Casilda.
Yo he tratado la actuación de Casilda tia de la joven Paula que se cepillaba a su marido, como una omisión impropia. Por la posicion de garante respecto a su sobrina q vivia con ellos, aunque esta tuviera 18 años y prestara su consentimiento a que su tio político la matara. y tambien como cooperadora necesaria al suicidio de su marido al proporcionarle los cartuchos en última instancia para que suicidara , estando ya malherido como estaba. He comentado que Casilda podría estar bajo un trastorno mental transitorio como atenuante al enterarse de la infidelidad. No sé pero para ser el primero, esperaba algo menos enrevesado.

Desconectado Brossard76

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Re: practicum penal
« Respuesta #4 en: 29 de Enero de 2010, 22:31:11 pm »
Pero si el examen es peor que una tragedia griega!!!. Ya me estoy animando a elegir este Practicum cuando llegue a quinto (espero que sea en un par de años)

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #5 en: 29 de Enero de 2010, 22:43:52 pm »
Yo he añadido que el de induccion al delito consume al de omision del socorro.Si lo ayuda a morir, es mas que no socorrerlo.Creo que el primer delito es mas especifico y no cabria el bis in idem.La verdad es que ha sido un caso muy enrevesado.

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #6 en: 29 de Enero de 2010, 22:45:41 pm »
Perdon quise decir induccion al suicidio.

Desconectado peti85

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Re: practicum penal
« Respuesta #7 en: 29 de Enero de 2010, 22:57:31 pm »
Es un caso real, recuerdo haberlo visto cuando estudié penal 2 en otra universidad, pero he sido incapaz de encontrar la sentencia...sigo buscando, jeje
por cierto Brossard, yo me animaria eh?? creo que el penal es lo mas interesante del derecho..(bajo mi modesta opinion)
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Desconectado ariadna

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Re: practicum penal
« Respuesta #8 en: 29 de Enero de 2010, 23:10:22 pm »
ah yo también he puesto como atenuante el artículo el artículo 21 3º, que disminuye la pena : obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación...

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #9 en: 29 de Enero de 2010, 23:34:44 pm »
yo he añadido tambien el agravante de parentesco

Desconectado tosaga9

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Re: practicum penal
« Respuesta #10 en: 29 de Enero de 2010, 23:43:59 pm »
¿ Y os ha dado tiempo a meterlo todo?.
Yo he estado la hora y media escribiendo a tope y de pocas acabo. Despues de tener que analizar todos los delitos y sus circunstancias modificativas ....

Ah otra cosa ¿ No decís nada de los concursos?

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #11 en: 29 de Enero de 2010, 23:46:55 pm »
la verdad es que habia muy poco tiempo y era muy dificil ordenarlo todo

Desconectado pepucosa

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Re: practicum penal
« Respuesta #12 en: 30 de Enero de 2010, 10:14:15 am »
Buenos días compañeros. Llevo toda la noche dándole vueltas al tema del examen. Me examiné ayer. Yo puse que se trata de un delito de suicidio, Casilda es cooperadora necesaria y el artículo a aplicar sería el 143.2, ya que ella colabora necesariamente al darle los cartuchos, pero no ejecuta la acción de disparar. Respecto a lo de la sobrina, no aplico el artículo 450 porque explico que le comentan lo del suicidio y a continuación cogen la escopeta, salen y se disparan. Argumento respecto a esto que todo  es muy precipitado y no le da tiempo a avisar a ninguna autoridad, aunque se veía que no tenía ninguna intención tampoco. Puse la agravante de parentesco.

Desconectado marcos2006

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Re: practicum penal
« Respuesta #13 en: 01 de Febrero de 2010, 17:29:28 pm »
Hola compañeros, yo he imputado a Casilda por un delito de cooperación al suicidio descrito en el art. 143.2 al proporcionarle los cartuchos a su marido a sabiendas de que los usaría para suicidarse, y por otro de omisión del deber de impedir delitos descrito en el art. 450.2 ya que Casilda a sabiendas de que su marido ha cogido la escopeta para disparar a la sobrina y luego para suicidarse él, no realiza ninguna acción tendente a evitar el resultado, el cual finalmente se produce.
En cuanto al tiempo de duración del examen me parece que es muy dificil plasmar todo en solo una hora y media.

Suerte para todos.-

Desconectado JAVISMAN

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Re: practicum penal
« Respuesta #14 en: 01 de Febrero de 2010, 19:56:06 pm »
Buenas trades,

Para mi Casilda no es culpable de omisión de deber de socorro porque su marido tiene un arma de fuego y esta dispuesto a usarla, así que al intentar impedirlo pone en riesgo su vida.

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #15 en: 01 de Febrero de 2010, 23:03:31 pm »
Si esta omitiendo el socorro pues cuando llega el marido moribundo no lo ayuda , al contrario facilita su muerte.Yo puse que no existia la omision de socorro porque al cometer el delito de induccion al suicidio ya se esta incluyendo la omision de socorro y el primer delito al ser mas especifico absorberia a este segundo(nom bis in idem).

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #16 en: 01 de Febrero de 2010, 23:05:49 pm »
Por otro lado si esta comiento el delito de no poner en conocimiento un delito pues aunque no le sea exigible que arriesgue su vida, si podia haber avisado a la policia.

Desconectado JAVISMAN

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Re: practicum penal
« Respuesta #17 en: 02 de Febrero de 2010, 09:43:14 am »
jlla, no se de donde has sacado que esta moribundo, me imagino que lo supones. El enunciado no dice siquiera que las heridas sean graves, sino que no le permiten acceder a los cartuchos. En cuanto a avisar a la policia será para que vengan a levantar el cadaver por que manifiestamente no les da tiempo a acudir en socorro ni de la sobrina ni del marido, así que estarias hablando de otro delito pero no de la omisión de socorro.

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #18 en: 02 de Febrero de 2010, 12:20:00 pm »
Yo por el caso entendi que el marido estaba grave y ademas cuando una persona tiene conocimiento de que se esta cometiendo o se va a cometer un delito ,tiene obligacion de actuar, no es excusa que la policia no vendra a tiempo, imaginate que da aviso cuando se van de la casa y hay una patrulla en la calle de atrás, probablemente se hubiera evitado el desenlace.Es mi interpretación , ya sabes, el derecho es en gran parte interpretacion particular.

Desconectado jlla

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Re: practicum penal
« Respuesta #19 en: 02 de Febrero de 2010, 12:23:16 pm »
Este es el articulo al que ya han hecho referencia más arriba
DE LA OMISIÓN DE LOS DEBERES DE IMPEDIR DELITOS O DE PROMOVER SU PERSECUCIÓN.
Artículo 450.

1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en grado a la de aquél.

2. En las mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.