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Autor Tema: GARZON IMPUTADO  (Leído 233789 veces)

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #120 en: 16 de Marzo de 2010, 13:51:32 pm »
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no es menos cierto que las directivas no pueden sobrepasar, anular o dejar de aplicar el derecho interno

Creo que tienes que actualizarte en el derecho de la UE, Simple22.

Yo lo entiendo así: las Directivas no tienen efecto directo, hay un plazo de trasposición donde las normas internas deben ser interpretadas conforme a la directiva. Pero una vez terminado el plazo, y en caso de conflicto, tiene supremacía el Derecho de la Unión por el principio de primacía sobre el derecho interno de cualquier rango - incluyendo la misma Constitución - del Estado Miembro.

Y el TJUE acaba de condenar a España el mes pasado por no trasponer una Directiva sobre la residencia de investigadores médicos.

"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #121 en: 16 de Marzo de 2010, 13:55:36 pm »
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Y donde la ley parece decir: "sólo delitos de terrorismo", la jurisprudencia interpreta "sólo delitos de terrorismo."

Me parece que la TJUE tiene una definición más amplia de "delitos de terrorismo"
"quotquotEl problema de la humanidad es que los estúpidos están seguros de todo y los inteligentes están llenos de dudas."quotquot
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #122 en: 16 de Marzo de 2010, 14:05:43 pm »

Aquí hay un link interesante - tiene más de 700 Directivas UE y las correspondientes leyes nacionales de trasposición.


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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #123 en: 16 de Marzo de 2010, 15:27:39 pm »
Un link magnífico, Celtica.

Simple22, las Directivas tienen primacía sobre el Derecho interno transcurrido el plazo de transposición. Se habla de dos efectos, directo (vertical u horizontal) e indirecto. Horizontalmente, entre particulares, no valdría su invocación. Pero frente al Estado sí. Sí si la norma es clara y no necesita ulterior desarrollo.

En este caso. La cita que antes presenté viene de la exposición de motivos: de un "considerando". No está dentro del cuerpo de la Directiva, pero sienta un principio de interpretación evidente.

Una Directiva no traspuesta podría ser invocada por un particular frente al Estado. ¿Puede el Estado frente al particular? Bueno. Pues la cosa es discutible. Pero a) Tengamos en cuenta que los "poderes del Estado" son tres: legislativo, ejecutivo y judicial.  Y b) Que a lo mejor el resto de particulares (yo mismo) sí que queremos que se invoque.

Es decir. A mí me parece bien que se intervengan las comunicaciones entre un presunto delincuente y sus abogados, si a través de ellas se descubre que el abogado es un cooperador necesario o un encubridor de actividades delictivas (pasadas, presentes o futuras). Otra cosa es el derecho a la defensa. Por ello, opino que de esas grabaciones se debía haber quitado cualquier referencia a la estrategia de defensa.

Volviendo al tema de Garzón. Si una de las acusaciones que se le hacen es la de haber dictado una intervención telefónica de las comunicaciones, y había suficientes motivos aparentes para ello, pues creo que hay base suficiente para considerar que hizo bien.

Si otra de las acusaciones es que aceptó dinero del Banco Santander, y que ello fue la causa de que dictase resolución a favor del Santander en otro proceso, la acusación no parece sostenerse porque, de por sí, la primera condición no se ha demostrado.

Si la tercera acusación que se le hace es la de haber puesto en cuestión la Ley de Amnistía, pues teniendo en cuenta la opinión del Comité de Derechos Humanos de la ONU, la acusación tampoco parece sostenerse.

Así son las cosas. 
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #124 en: 16 de Marzo de 2010, 16:37:50 pm »
Parece que hay dos tipos de Directivas (generales y específicos) porque el art. 297.2 establece:

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Los reglamentos, las directivas que tengan por destinatarios a todos los Estados miembros, así como las decisiones que no indiquen destinatario se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea. Entrarán en vigor en la fecha que ellos mismos fijen o, a falta de ella, a los veinte días de su publicación.
Las demás directivas, así como las decisiones que indiquen un destinatario, se notificarán a sus destinatarios y surtirán efecto en virtud de dicha notificación
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #125 en: 16 de Marzo de 2010, 16:41:05 pm »
Que sí, Simple2, que no te preocupes, que no te meto en eso porque yo tampoco estoy metido. Que tampoco estoy a favor de dar tratos de favor a ningún juez ni a ningún alto cargo. Pero tampoco que se le persiga porque intenta aplicar las leyes que no gustan a los demás. Y dirán eso de reabrir heridas. No se pueden cerrar cuando el bando nacional enterró y homenajeó a sus muertos y los del bando republicano algunos están todavía enterrados en cualquier barranco, y mucho menos homenajeados. Pero en la guerra todos mataban, lo que es imperdonable es que matara a presos políticos cuando la guerra había terminado. Eso son crímenes contra la humanidad con la ley nacional e internacional en la mano. Investigar eso no es prevaricación porque le apoya la ley vigente. Perseguirle a él y presionarle es lo que es ilegal.

Respecto a las privatizaciones, decía alguna compañera más atrás, al igual que la Cospedal, que las inició la era de Felipe González. Osea, que porque alguien lo hizo mal y por eso yo también lo hago, pero el primero es el que tiene la culpa. ¿Pero se puede saber que desfachatez es esta?. ¿De verdad creen que somos tontos, retrasados o algo así?. ¿Se creen tan inteligentes para pensar que nos pueden engañar así como así?. Menudo disparate.

Los años con déficits más alto de la democracia se produjeron en los años 1992 y 1993, y en 1996 ya se había reducido bastante y se estaba reduciendo apenas sin vender nada. En 2004 el Estado español NO tenía superavit. Tenía déficit porque el PP no incluyó la deuda de RTVE, que menos mal que no la vendió también, aunque de manipular la información a través de la misma ya ni hablamos.
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #126 en: 16 de Marzo de 2010, 16:49:12 pm »
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Telefónica no es española. Es una compañía totalmente privada, que cotiza en mercados bursátiles internacionales (incluyendo madrid, claro). Su privatización completa fue llevada por el gobierno de Aznar. Primer Presidente de la Telefónica totalmente privada: Villalonga, amigo de Aznar. (De infausto recuerdo. Se llevó una indemnización por cese alucinante.)

Tabacalera no existe ya. Se llama Altadis. Fue privatizada. Gobierno de Aznar.

BBVA. La A viene de Argentaria. Argentaria era la compañía paraguas del sector público financiero: Caja Postal, Banco Hipotecario, Banco Exterior de España. También vendida en la época de Aznar. De la cúpula directora de BBVA sólo queda Francisco González, de Argentaria (nombrado, cómo no, por Aznar). (Los demás desaparecieron tras un escándalo financiero.)

Renfe. Adif. Todavía son públicas. Forman parte del sector público. El concepto de paraestatalidad no es aplicable en Derecho.





Efectivamente, Drop. Aparte de los escándalos financieros, se te ha olvidado escribir que, gracias a esas privatizaciones aznarianas, dichas empresas entraron en una fase de productividad y rentabilidad nunca vista antes. Eso es lo que buscan las políticas de derechas: beneficios económicos para las empresas, pues estos beneficios redundan en los puestos laborales que se crean para los trabajadores de este país.

Las políticas de izquierdas (Zetapé) sólo promueven subir los impuestos, el gasto público en idioteces, promover lo público, más gasto y más paro. Todos sabemos que tendrá que entrar de nuevo el PP para arreglar este desaguisado, es una cosa que piensa todo el mundo, todos (hasta los votantes de izquierda), pues son los únicos capaces (las derechas), hoy día, que pueden hacer algo por la economía de España. Demostrado quedó años antes.

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #127 en: 16 de Marzo de 2010, 16:52:35 pm »
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no es menos cierto que las directivas no pueden sobrepasar, anular o dejar de aplicar el derecho interno

Creo que tienes que actualizarte en el derecho de la UE, Simple22.

Yo lo entiendo así: las Directivas no tienen efecto directo, hay un plazo de trasposición donde las normas internas deben ser interpretadas conforme a la directiva. Pero una vez terminado el plazo, y en caso de conflicto, tiene supremacía el Derecho de la Unión por el principio de primacía sobre el derecho interno de cualquier rango - incluyendo la misma Constitución - del Estado Miembro.

Y el TJUE acaba de condenar a España el mes pasado por no trasponer una Directiva sobre la residencia de investigadores médicos.


Lo que digo es lo que con otras palabras dice la jurisprudencia.

Y repito que Gurtel no es terrorismo.
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #128 en: 16 de Marzo de 2010, 17:05:21 pm »
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Una Directiva no traspuesta podría ser invocada por un particular frente al Estado. ¿Puede el Estado frente al particular? Bueno. Pues la cosa es discutible. Pero a) Tengamos en cuenta que los "poderes del Estado" son tres: legislativo, ejecutivo y judicial.  Y b) Que a lo mejor el resto de particulares (yo mismo) sí que queremos que se invoque.

Creo que es sólo los particulares frente al Estado que pueden invocarlo, los particulares entre sí no pueden por la sentencia Marshall 1, y el Estado (que no lo ha traspuesto, o traspuesto incorrectamente) no puede invocar su incumplimento frente a los particulares tampoco por la sentencia Ratti.

Aquí hay un artículo interesante sobre este tema, aunque se publicó en enero de 2008, antes de la reforma por Lisboa:

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #129 en: 16 de Marzo de 2010, 17:16:58 pm »
Era la sentencia Simmenthal:

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El efecto directo se distingue de la aplicabilidad inmediata. La aplicabilidad inmediata es un principio en virtud del cual el Derecho comunitario se aplica en el ámbito nacional sin necesidad de proceder a su introducción o a su transformación en Derecho nacional. Por lo tanto, el Derecho comunitario se integra por ministerio de la ley en el Derecho nacional. No obstante, en virtud del principio de primacía, en caso de conflicto entre la norma comunitaria y la norma interna, la primera prevalece. Se desprende que es «inaplicable de pleno derecho (…) toda disposición de la legislación nacional existente que sea contraria» (sentencia Simmenthal, de 9 de marzo de 1978).

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #130 en: 16 de Marzo de 2010, 17:18:16 pm »
........Y si se sospecha que los actos fueron dictados a sabiendas de acusaciones infundadas podría sospecharse de una presunta  comisión de  prevaricación de parte del juez que dictó tales autos o resoluciones arbitrarios en un asunto judicial, a sabiendas que eran injustos y podría dar lugar a una acusación por prevaricación......
Si los jueces empiezan a enjuiciarse el uno al otro por prevaricación a instancias de acusaciones de particulares políticamente interesados en un tipo de asuntos no terminarán nunca y la justicia queda políticamente "contaminada".

En mi opinión estáis en los cierto Drop y Celtica:
La coordinación entre el Derecho interno y el Derecho comunitario se basa en el principio de competencia. En la materia en la que tiene competencia cedida por los países miembros debe prevalecer el Derecho comunitario y como, dice Drop,  según qué conflicto con efecto horizontal (iguales: particulares, Estados  ) o con efecto vertical (particular contra Estado o viceversa).

Los conflictos no son pocos, un ejemplo:

Recientemente el Tribunal Constitucional alemán (Berlín - 03/03/2010) ha declarado inconstitucional la ley alemana  de almacenamiento de datos de telecomunicaciones que desarrollaba la directiva europea.

 "El BvfG considera incompatible con la Ley Fundamental obligar a las compañías telefónicas y de comunicaciones a almacenar durante seis meses todos los contactos telefónicos, mensajes electrónicos, y conexiones a la Red efectuados en el país para la persecución de delitos, crímenes y la prevención
de actos terroristas.
La directiva europea fue aprobaba en 2005, meses después de los atentados terroristas de Madrid y Londres. Las compañías estaban obligadas a guardar los datos de todas las conexiones telefónicas llamadas con teléfono móvil, mensaje de texto, las comunicaciones por Internet de cada usuario durante seis meses, etc.....
Con su sentencia, el TC devuelve la pelota a la UE. Los jueces consideran que el almacenamiento de datos no es del todo inviable en Alemania. No descartan una adaptación de la directiva europea al ordenamiento alemán, pero imponen condiciones estrictas."  

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Es decir, los países deben adaptar la directiva europea a la legislación interna especialmente a su Constitución elaborando una norma en concordancia.
En el caso de Alemania fue esta transposición que provocó la denuncia de los particulares de inconstitucionalidad contra la ley alemana. El BvfG estima la inconstitucionalidad básicamente por vulneración del art. 10 del GG que permite el uso de datos telecomunicación sólo en caso de peligro para los más altos bienes jurídicos como la seguridad del Estado,  integridad  y libertad de las personas.
Irlanda presentó en 2006 una demanda contra la directiva ante el TJUE que fue desestimada en 2009 por el Tribunal europeo.
Rumania declaró su ley en desarrollo de la directiva inconstitucional.
Suecia se ha negado a trasponer la directiva y fue multada por este hecho por el TJUE.
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #131 en: 16 de Marzo de 2010, 17:34:35 pm »
Citar
Con su sentencia, el TC devuelve la pelota a la UE. Los jueces consideran que el almacenamiento de datos no es del todo inviable en Alemania. No descartan una adaptación de la directiva europea al ordenamiento alemán, pero imponen condiciones estrictas."

Y probablemente la contestación de la UE será "que se adapta la Ley Fundamental alemana a la directiva, y no viceversa"
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #132 en: 16 de Marzo de 2010, 17:35:13 pm »
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Telefónica no es española. Es una compañía totalmente privada, que cotiza en mercados bursátiles internacionales (incluyendo madrid, claro). Su privatización completa fue llevada por el gobierno de Aznar. Primer Presidente de la Telefónica totalmente privada: Villalonga, amigo de Aznar. (De infausto recuerdo. Se llevó una indemnización por cese alucinante.)

Tabacalera no existe ya. Se llama Altadis. Fue privatizada. Gobierno de Aznar.

BBVA. La A viene de Argentaria. Argentaria era la compañía paraguas del sector público financiero: Caja Postal, Banco Hipotecario, Banco Exterior de España. También vendida en la época de Aznar. De la cúpula directora de BBVA sólo queda Francisco González, de Argentaria (nombrado, cómo no, por Aznar). (Los demás desaparecieron tras un escándalo financiero.)

Renfe. Adif. Todavía son públicas. Forman parte del sector público. El concepto de paraestatalidad no es aplicable en Derecho.

Efectivamente, Drop. Aparte de los escándalos financieros, se te ha olvidado escribir que, gracias a esas privatizaciones aznarianas, dichas empresas entraron en una fase de productividad y rentabilidad nunca vista antes. Eso es lo que buscan las políticas de derechas: beneficios económicos para las empresas, pues estos beneficios redundan en los puestos laborales que se crean para los trabajadores de este país.

Las políticas de izquierdas (Zetapé) sólo promueven subir los impuestos, el gasto público en idioteces, promover lo público, más gasto y más paro. Todos sabemos que tendrá que entrar de nuevo el PP para arreglar este desaguisado, es una cosa que piensa todo el mundo, todos (hasta los votantes de izquierda), pues son los únicos capaces (las derechas), hoy día, que pueden hacer algo por la economía de España. Demostrado quedó años antes.

No me digas, Gadiuned. En el caso de Telefónica, ¿estás hablando del caso Terra? ¿Y cuántos puestos laborales se han reducido en estas compañías?

En enero/febrero de 1997 se llevó a cabo la privatización total de Telefónica, 20.9%, descrita como la "mayor operación bursátil de la historia española". En abril de 1997 se quiso reducir la plantilla en 20.400 trabajadores, por prejubilación anticipada, para dejarlos en 50.000 a inicios de siglo.

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #133 en: 16 de Marzo de 2010, 17:38:58 pm »
La Constitución Española, que conste, no plantea muchos problemas al Derecho comunitario, dado el artº 93 CE.
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #134 en: 16 de Marzo de 2010, 17:41:29 pm »
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Está bien que defiendas a Garzón, al que considero inocente hasta que no se demuestre lo contrario, pero para ello no tienes que acusar de prevaricadores a quienes siguiendo la legalidad vigente dan curso a las querellas presentadas contra aquél, máxime cuando se trata de titulares de las más altas instancias judiciales de nuestro país, no simples estudiantes de Derecho. Poniendo en duda su actuación se ve cuales son tus preferencias e intenciones.
Yo sí confío en la justicia, dejémosla trabajar y que decida, ya se verá si prevaricó o no, y si luego el TEDH dictamina otra cosa, pues bien también, ya lo hizo en su momento con Gómez de Liaño.


Me faltaba contestarte, dejando de lado lo personal:
La acusación de prevaricación siempre cabe en el marco de las actuaciones de  una autoridad, juez, funcionario público, estas personas siempre pueden caer en estas sospechas. Esta vulnerabilidad es exactamente lo que en el caso del Juez Garzón ha servido a las acusaciones.
Alto titular de altas instancias judiciales él y los otros.¿Por qué él puede ser sospechoso y ellos no?
Quería demostrar que es muy fácil acusar a un juez de prevaricación. El abogado de Garzón, hipotéticamente hablando,  podría estar preparándose al respecto.  



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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #135 en: 16 de Marzo de 2010, 17:53:46 pm »
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La Constitución Española, que conste, no plantea muchos problemas al Derecho comunitario, dado el artº 93 CE.

Pero entonces ¿Qué sentido tiene que el Juez de un Estado miembro plantea "la cuestión de inconstitucionalidad" al TJUE si parece que no tiene muchas posibilidades de éxito?

¿Hay alguna Directiva que se ha declarado inválida?
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #136 en: 16 de Marzo de 2010, 17:54:12 pm »
En otro orden de cosas, yo abogaría porque se retiraran las subvenciones a las asociaciones de la memoria histérica.

No es tolerable que estas asociaciones se dediquen a hacer apología del terrorismo, y encima con cargo al presupuesto público.

¡Ya está bien!
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #137 en: 16 de Marzo de 2010, 18:53:20 pm »
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La Constitución Española, que conste, no plantea muchos problemas al Derecho comunitario, dado el artº 93 CE.

Pero entonces ¿Qué sentido tiene que el Juez de un Estado miembro plantea "la cuestión de inconstitucionalidad" al TJUE si parece que no tiene muchas posibilidades de éxito?

¿Hay alguna Directiva que se ha declarado inválida?

Céltica, por Dios: ningún Juez de un Estado miembro puede plantear ante el TJUE una cuestión de inconstitucionalidad.  Lo que plantea son cuestiones prejudiciales.

En España, un Juez no podría dirigirse al TC en cuestión de inconstitucionalidad para plantear la hipotética invalidez de una norma comunitaria. El TC carece de competencia.

Pues claro que el TJUE puede declarar inválida una Directiva, total o parcialmente. Y lo mismo respecto a un Reglamento.
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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #138 en: 16 de Marzo de 2010, 18:54:15 pm »
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Está bien que defiendas a Garzón, al que considero inocente hasta que no se demuestre lo contrario, pero para ello no tienes que acusar de prevaricadores a quienes siguiendo la legalidad vigente dan curso a las querellas presentadas contra aquél, máxime cuando se trata de titulares de las más altas instancias judiciales de nuestro país, no simples estudiantes de Derecho. Poniendo en duda su actuación se ve cuales son tus preferencias e intenciones.
Yo sí confío en la justicia, dejémosla trabajar y que decida, ya se verá si prevaricó o no, y si luego el TEDH dictamina otra cosa, pues bien también, ya lo hizo en su momento con Gómez de Liaño.


Me faltaba contestarte, dejando de lado lo personal:
La acusación de prevaricación siempre cabe en el marco de las actuaciones de  una autoridad, juez, funcionario público, estas personas siempre pueden caer en estas sospechas. Esta vulnerabilidad es exactamente lo que en el caso del Juez Garzón ha servido a las acusaciones.
Alto titular de altas instancias judiciales él y los otros.¿Por qué él puede ser sospechoso y ellos no?
Quería demostrar que es muy fácil acusar a un juez de prevaricación. El abogado de Garzón, hipotéticamente hablando,  podría estar preparándose al respecto.  






Es fácil desde aquí opinar sobre el conocimiento parcial e inexacto de los hechos, cuando captamos una noticia nos quedamos con lo que nos interesa dejando lo demás, y sobre esa base construimos nuestra opinión. Yo, aparte de la opinión que me merezcan las actuaciones de Garzón, que me las reservo para mí, no veo por ningún lado prevaricación en la actuación judicial del TS, no se puede sospechar porque sí cualquier actuación judicial, sólo aquellas sobre las que se pueda construir una acusación teniendo como base pruebas demostrables, lo contrario son meras hipótesis o más bien declaraciones de intenciones sin validez jurídica.
Pues lo dicho, dejemos trabajar a la justicia, si el Juez Garzón no ha prevaricado, perfecto, si lo ha hecho, que se le condene como a todo hijo de vecino, no veo nada escandaloso ni inmoral en ello.

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Re: GARZON IMPUTADO
« Respuesta #139 en: 16 de Marzo de 2010, 20:10:17 pm »
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Céltica, por Dios: ningún Juez de un Estado miembro puede plantear ante el TJUE una cuestión de inconstitucionalidad.  Lo que plantea son cuestiones prejudiciales. (...) Pues claro que el TJUE puede declarar inválida una Directiva, total o parcialmente. Y lo mismo respecto a un Reglamento.

Perdona - es lo que quería decir "cuestión prejudicial" - no de inconstitucionalidad! Y claro está que el "TJUE puede declararlos inválidas", pero me pregunta si lo hace en el caso de conflicto con normas internas.
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