Interponen recurso de casación los condenados por delitos de asesinato, detención ilegal, lesiones, atentado, robos y tentativa de quebrantamiento de condena. Entre otros motivos, alegan quebrantamiento de derechos fundamentales, relacionados con el hecho de que la celebración del juicio oral se produjera hallándose ausentes de la Sala de Audiencia de los acusados, que intervinieron en dicho acto del juicio a través de videoconferencia. La AP justificó esta circustancia por razones de seguridad dada la alta peligrosidad de los sometidos a enjuiciamiento, afirmando que no se vulneraron los derechos fundamentales de tutela judicial efectiva y defensa, así como los princios de legalidad, celebración de audiencia pública, contradicción e inmediación.
Sin embargo, el TS entiende que el acusado representa un papel de sujeto activo en el jucio oral, por lo que se requiere su presencia física en él, como también la posibilidad constante de comunicación directa con su letrado, de lo contrario, podría ver seriamente limitadas sus funciones de asesoramiento y asistencia. El Alto Tribunal no apoya una interpretación amplia de las posibilidades del juicio mediante videoconferencia en el caso de la declaración del acusado, sino que esta posibilidad debe contemplarse para los casos de absoluta imposibilidad de asistencia personal de éste. Por todo ello estima los recursos relativos a la analizada cuestión, y declara la nulidad de la sentencia condenatoria, así como el juicio oral, debiendo procederse a nueva celebración.
STS Sala 2ª 16/05/05 Ponente: D. José Manuel Maza Marín