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Autor Tema: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)  (Leído 16834 veces)

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #80 en: 07 de Mayo de 2010, 21:48:03 pm »
Gofio, la lay dice estar colegiado antes de octubre de 2011 pero no dice en que modalidad, por lo tanto si estas colegiado como no ejerciente no debe afectarte la ley.


Desconectado jalegria

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #81 en: 07 de Mayo de 2010, 21:55:38 pm »
A ver compañeros:

Me parece que estamos liando la mandanga, si no me equivoco.

A partir del año que viene, y éste también, entra en vigor el proceso de Bolonia.

¿Qué supone esta gaita?

Pues que los que hagan el plan bolonia, ya no son licenciados, sino grados.

¿Y....?

Pues que el grado no vale pa ná a no ser que te hagas master del Universo.

El master del Universo es otro añito más en la Universidad.

Ahora bien.... Los licenciados ya son Masters del Universo y no tienen problemas pa ná.

Expongo mi caso, y no le deis más vueltas...

Yo soy Ingeniero Industrial. 6 años de carrera en una ETS. Por lo tanto tengo el título de Ingº. Estoy colegiado y mis competencias son todas las de un Ingº Industrial. Cgdo. 1592 del COIIAR. El equivalente con Bolonia, es Master del Universo Industrial.

¿Qué pasa ahora?

Los chavales que salen de la Escuela de Ing. son grados. 4 añicos. Esto no vale pa ná y no se pueden colegiar.

¿Cómo se colegian? Haciéndose masters del Universo. 1 añico más. Entonces adquieren las competencias debidas. Y sino, se joden.

TOTAL de estudio: 4 años de grado + 1 año de master = 5 años, como antes.

Ya tá.

Con eso te colegias. Pa los abogaos lo mismo.


Saludicos

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #82 en: 07 de Mayo de 2010, 22:04:00 pm »
No estoy de acuerdo contigo, en una cosa, en que los que estudiamos la Licenciatura en derecho, no son 4 años, son 5, igualito que antes del 2011, en el que se podian colegiar cpon l licenciatura, eso es la diferencia. POruq si yo termino la licenciatura en 2o12, no me puedo colegiar como se pùeden colegiar los que la han terminado años antes?
DA MIHI FACTUM, TIBI DABO IUS

Desconectado jalegria

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #83 en: 07 de Mayo de 2010, 22:04:26 pm »
Ah! K se me olvidaba.

Mi Sra. es abogado (por eso estoy estudiando esto).

Cuando terminó (creo que en el 1996), tuvo que hacer el curso de práctica jurídica para colegiarse en el REICAZ. No es nada nuevo.

Luego de pasante, 4 años sin cobrar un duro (en aquella época había duros, no uros).

Luego su despachico, sin cobrar un puto euro hasta el 5º año, en que empezó a ganar perricas. Perseverancia.

Y luego a funcionar. Algunos meses gana más que yo (raro).


Nota: El que pretenda ejercer la abogacía sin soporte económico detrás que se de por jodido.

Más vale que se vaya a opositar o a un banco. Para que puedas ser abogado, tu familia tiene que tener dinero, o tu sra. o marido tener dinerico. Sino, más vale que oposites o te dediques a la vida aristotélica-contemplativa.



Saludicos desde Oregón.

Desconectado jalegria

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #84 en: 07 de Mayo de 2010, 22:05:41 pm »
Iesus:

Cuando termines, para que te colegies, tendrás que hacer el curso de práctica jurídica y pto.


Saludos

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #85 en: 07 de Mayo de 2010, 22:07:13 pm »
Iesus:

Y no tendrás problemas al ser licenciado (5 años). Si fueras grado (4 años) tendrías que hacer 1 año más de masterrrrrr.



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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #86 en: 07 de Mayo de 2010, 22:19:19 pm »
Hola:

  Hay que leer la ley 34/2006, cuando la leas verá si pasa o no pasa na si no te licencias antes del 2011, a no ser que cambien algo. En estos momentos, el que no se licencia antes de octubre de 2011 lo lleva crudo.

  Saludos,
   jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #87 en: 07 de Mayo de 2010, 22:28:20 pm »
Hola jbr:

Ya la leí. amigo.

te vuelvo a repetir.

Pasantía + Práctica jurídica.

Nada nuevo bajo la capa del Sol.

¿O pretendes ser abogado sin ser pasante?

¿Firmar un cambiario, un monitorio, o una demanda sin haber visto en tu vida eso y estar recién escudillado? Yo, nunca te contrataría sin experiencia. Y creo que ni yo ni nadie con dos dedos de frente.

Pues ala, de pasante. Antes era optativo, pero todo el mundo que quería ser abogado lo hacía (5 añitos). Ahora te obligan por Ley, y me parece de p.m.

Y la escuela de práctica jurídica para colegiarte.

Pues bien.

¿Qué veis de malo en esto?



Saludicos

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #88 en: 08 de Mayo de 2010, 02:09:29 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El archivo está desactivado ¿podeis hacer un resumen de lo acordado?
Gracias

He probado a descargar el archivo y funciona, seguramente te habra coincidido en algun momento de pico de descargas. Hay que leerlo

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #89 en: 08 de Mayo de 2010, 02:14:57 am »
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Gofio, la lay dice estar colegiado antes de octubre de 2011 pero no dice en que modalidad, por lo tanto si estas colegiado como no ejerciente no debe afectarte la ley.

Te afecta en eso, en que te OBLIGA a estar colegiado y pagando las cuotas de no ejerciente.
Y afectará a todos los licenciados anteriores que no se enteren de esto, porque se les cerrará una puerta que siempre creian tener abierta. Como no se coleguien en plazo, pues tambien tendran que hacer los dos añitos y el examen.

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #90 en: 08 de Mayo de 2010, 02:28:05 am »
Pues yo no le veo nada de bueno. Se ve que tu estas de acuerdo en que el colectivo que tiene que defender a los demas sea el que menos defiende los suyos propios, y tal y como esta definida la ley es una autentica chapuza.
Existen otros metodos muchos mejores y mas efectivos para dar mayor conocimiento y practica a los futuros abogados sin que ello pueda suponer un abuso sobre los propios derechos. Podriamos compararnos con los medicos, donde esta clarisimo que un fallo le puede costar la vida al paciente, y sin embargo estan autorizados a ejercer como medicos a partir de su licenciatura, y cuando hacen el mir les pagan un salario y estan cubiertos por la seguridad social, ademas sus examenes se los hacen profesores universitarios que son medicos ejercientes en hospitales universitarios, lo cual es toda una garantia.
En cambio en esta ley te obligan a hacer un año mas de estudio, mas un año de practica gratuita y sin estar cubierto por ningun seguro (enriquecimiento injusto de algunos bufetes quizas) y encima un examen realizado por un tribunal de forma subjetiva que no se sabe muy bien ni quienes son, ni cuales pueden ser los verdaderos intereses.
Formacion de calidad si y siempre si, pero en las mismas condiciones y exigencias que a medicos, enfermeros, administrativos, economistas, arquitectos, ingenieros etc que los contratos en practicas ya hace mucho que se inventaron.

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Hola jbr:

Ya la leí. amigo.

te vuelvo a repetir.

Pasantía + Práctica jurídica.

Nada nuevo bajo la capa del Sol.

¿O pretendes ser abogado sin ser pasante?

¿Firmar un cambiario, un monitorio, o una demanda sin haber visto en tu vida eso y estar recién escudillado? Yo, nunca te contrataría sin experiencia. Y creo que ni yo ni nadie con dos dedos de frente.

Pues ala, de pasante. Antes era optativo, pero todo el mundo que quería ser abogado lo hacía (5 añitos). Ahora te obligan por Ley, y me parece de p.m.

Y la escuela de práctica jurídica para colegiarte.

Pues bien.

¿Qué veis de malo en esto?



Saludicos

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #91 en: 08 de Mayo de 2010, 02:40:56 am »
Pues mira la mandanga se te ha liado
Resulta que saldran licenciados hasta el año 2015, sin embargo la ley entra en vigor en octubre de 2011 y por tanto todos esos licenciados tendran que estudiar 5 +2 (1 de estudio y 1 de practica gratuita) total 7 (siete) y despues un examen subjetivo por un tribunal que se desconoce. Si se supera todo te colegias y puedes ejercer y si no pues no puedes.
Para los master a partir de Octubre del 2011 es un tanto de lo mismo.
Y para los que hayan terminado antes del 2011 pues se tienen que colegiar OBLIGATORIAMENTE, aunque sea como no ejerciente, si piensan ejercer como abogado algun dia, y si no se colegian pues en su dia tambien tendran que hacer los dos añitos mas y el examen.

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A ver compañeros:

Me parece que estamos liando la mandanga, si no me equivoco.

A partir del año que viene, y éste también, entra en vigor el proceso de Bolonia.

¿Qué supone esta gaita?

Pues que los que hagan el plan bolonia, ya no son licenciados, sino grados.

¿Y....?

Pues que el grado no vale pa ná a no ser que te hagas master del Universo.

El master del Universo es otro añito más en la Universidad.

Ahora bien.... Los licenciados ya son Masters del Universo y no tienen problemas pa ná.

Expongo mi caso, y no le deis más vueltas...

Yo soy Ingeniero Industrial. 6 años de carrera en una ETS. Por lo tanto tengo el título de Ingº. Estoy colegiado y mis competencias son todas las de un Ingº Industrial. Cgdo. 1592 del COIIAR. El equivalente con Bolonia, es Master del Universo Industrial.

¿Qué pasa ahora?

Los chavales que salen de la Escuela de Ing. son grados. 4 añicos. Esto no vale pa ná y no se pueden colegiar.

¿Cómo se colegian? Haciéndose masters del Universo. 1 añico más. Entonces adquieren las competencias debidas. Y sino, se joden.

TOTAL de estudio: 4 años de grado + 1 año de master = 5 años, como antes.

Ya tá.

Con eso te colegias. Pa los abogaos lo mismo.


Saludicos


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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #92 en: 08 de Mayo de 2010, 05:18:47 am »
Hola:

Nuestro compañero y miembro de la Conferencia, IESUS, me ha enviado la Declaración de Conferencia de Derecho de alumnos de trece universidades reunidas a tal fin.

Los documentos son dos; el primero No puedes ver los enlaces. Register or Login (descargar), el segundo lo pego directamente, pues es la nota de prensa que se enviará a los medios de comunicación y dice lo siguiente:

COMUNICADO DE PRENSA

Durante los días 6 y 7 de mayo de 2010 se ha reunido en la Universidad Carlos III, sita en Getafe, la Conferencia de representantes estudiantiles de Derecho de España, para tratar la Ley 34/2006, de acceso a las profesiones de abogado y procurador. A esta conferencia han asistido representantes estudiantiles de las  Universidad Carlos III, Universidad de Sevilla, Universidad de Murcia, Universidad Nacional de Educacion a Distancia  (UNED), Universidad del País Vasco – Euskal Herriko Unibertsitatea, Universidad Pablo Olavide, Universidad de Salamanca, Universidad de Valladolid, Universidad de León, Universidad de Castilla la Mancha, Universidad de Cádiz y Universidad de Valencia.

La Conferencia de representantes, ante la preocupación del estudiantado de nuestras Universidad ha alcanzado de manera unánime la resolución que se adjunta.

Los representantes de los estudiantes consideramos los siguientes extremos sobre la Ley de acceso a las profesiones de abogado y procurador:

1.-Anacrónica y gremial: Se trata de una Ley hecha a medida de los Colegios profesionales y que se olvida del interés de la Comunidad Universitaria, postergando a un segundo plano a los universitarios, a los decanos y a los rectores.

2.-Obsoleta: La Ley 24/2006, ha quedado obsoleta tras la adaptación del sistema universitario español al nuevo Espacio Europeo de Educación Superior (Plan Bolonia). Esta Ley debe ser modificada para armonizarla con los nuevos parámetros de nuestro sistema universitario, con el cual, su redacción actual, mantiene notables incongruencias.

3.-Injusta y discriminatoria: Impone a aquellos estudiantes que obtengan su Licenciatura en Derecho después de octubre de 2011, que deban cumplir con unos requisitos especiales de capacitación (realización de un curso de formación o máster y de un examen de Estado). Hasta el momento, los Licenciados en Derecho siempre han podido ejercer como abogados y procuradores con el único requisito de la colegiación.

La Ley obvia que todos los Licenciados tienen la misma formación objetiva y han estudiado durante cinco años su carrera, y discrimina a aquellos que terminen sus Licenciaturas después de octubre de 2011, exigiéndoles una capacitación mayor que a los Licenciados anteriores.

4.- La Ley impone el principio de que “quien paga, está capacitado”, ya que los Licenciados en Derecho antes de octubre de 2011, si pagan la colegiación se entenderán capacitados para ejercer las profesiones de abogado y procurador para toda la vida; pero si no pagan la colegiación, no se les reconoce tal capacitación y tendrán que enfrentarse a los nuevos requisitos (curso y examen final) para poder ejercer en el futuro.


Por todo ello, RECLAMAMOS del Gobierno de la Nación y del resto de representantes políticos:

I.-Que se escuche la voz del estudiantado, el cual debe tener una voz cualificada en la formación de esta Ley y de su desarrollo reglamentario.

II.-Que se proceda a la reforma de la Ley actual para adaptarla y adecuarla al nuevo sistema universitario español. Para ello pedimos de manera inminente la prórroga de la entrada en vigor de la Ley.

III.-Exigimos la exclusión de los Licenciados en Derecho, presentes y también de los futuros Licenciados que hasta 2015 pueden terminar sus estudios, y reivindicamos que esta Ley sólo se aplique en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior.

IV.- Consideramos que en aras de garantizar la mayor calidad y excelencia, la formación de los futuros abogados y procuradores deberá realizarse mediante un máster universitario oficial homologado a nivel europeo, y no a través de cursos de formación, y con una duración de un curso académico, para cumplir así con la estructura del EEES de cuatro años de grado y uno de máster de especialización.

Asimismo, ANUNCIAMOS:

   Que esperamos poder reunirnos con el Gobierno de la Nación y con el resto de fuerzas políticas para hacerles llegar las consideraciones y reivindicaciones de los alumnos de las Facultades de Derecho españolas.

   Que a partir de septiembre de 2010, en cumplimiento de nuestro compromiso y asumiendo nuestra responsabilidad como representantes estudiantiles, comenzaremos una CAMPAÑA INFORMATIVA sobre la Ley de acceso a la procura y abogacía, la cual dirigiremos a todos los estudiantes, en particular, y a la sociedad, en general. Además, si fuera necesario, anunciamos que los estudiantes de Derecho de las universidades españolas estamos dispuestos a movilizarnos en defensa de la Justicia, la excelencia y la calidad de nuestra formación.

En Getafe, a 7 de mayo de 2010



 

Desconectado MiLe_TzN

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #93 en: 08 de Mayo de 2010, 10:53:40 am »
Lo que yo veo injusto es que una persona que haya estudiado las mismas asignaturas que yo y termine en septiembre de 2011, no tendrá que hacer el Máster, mientras que el que termine en junio de 2012, sí. ¿Porqué esta diferenciación?
Por otro lado, a los ingenieros se os ha reconocido el Máster porque teníais dos "carreras" por decirlo así: una que es ingeniería técnica (3 años) y otra que es ingeniería superior (5 años). Y entonces, ¿por dónde iban a salir? Lo que decidieron fue que los de 3 años pasaran a Grado y los de 5 años a Máster.
Yo creo que si te vas a dedicar a la abogacía, como en cualquier otro trabajo, está bien hacer un período de prácticas, sea en una EPJ o con un abogado en un despacho. Al fin y al cabo, cuando eres nuevo, no sabes muy bien cómo es todo el tema. Pero lo del examen... ¿qué vas a aprender nuevo?¿qué te van a preguntar?¿el art. 24 de la Constitución?¿la LEC? Yo creo que todo lo que te pregunten ahí, ya lo has estudiado en la carrera, y lo has aprobado, así que en teoría, te lo sabes. Ya se sabe que es algo que llevaban pidiendo muchos años los Colegios de Abogados.
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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #94 en: 08 de Mayo de 2010, 11:05:28 am »
Apuntaría y centraría la reclamación basándome la Carta Magna de 1978 de la que vulneran algunos artículos de tracendental importancia  como son;



-Art. 9.2 Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran esan reales y efectivas.....

Algunos derechos fundamentales:

-Art. 14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna .....

-Art. 27.5 Los poderes públicos garantizarán el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza..... (no de forma particular)

-Art. 27.8 Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes. (en primer lugar la CE, derecho a la no discriminación y derecho a la igualdad)

-Art. 28 (por analogía) Nadie podrá ser obligado a afiliarse aun sindicato.

Algunos principios rectores:

-Art.36 Respecto de los Colegios Profesionales. La estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos (no discriminar)

-Art. 51 Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces,...... y los legítimos intereses económicos de los mismos. (también somos consumidores pues los estudios superiores no son gratuitos, nosotros pagamos)


pudiendo solicitar a las personas u órganos legitimados que interpongan un recurso de inconstitucionalidad conforme al art. 161.1.a o presentar nosotros mismos llegado el caso un recurso de amparo según el art. 161.1.b

Alios ego vidi ventos; alias prospexi animo procellas (Marco Tulio Cicerón).

Desconectado jalegria

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #95 en: 08 de Mayo de 2010, 11:15:47 am »
Para Gofio y Mile_tzn:

No me he liado la mandanga.

Cuatro años de carrera = Grado

Para ser como un licenciado = 1 año más de master.

Para poder ser ABOGADO (que es distinto que licenciado en derecho) = Curso de práctica + pasantía obligatoria.

Cuando estés en 4º de carrera, haz las prácticas en un despacho. Así, de esta forma terminarás la carrera en 5 años sin problemas y con la pasantía pasada.

Y no me digas cómo voy a estudiar, que yo sólo estudio los fines de semana, pues trabajo el resto de la semana y tengo 2 críos pequeños.

Si tienes un colega, que te firme las prácticas.

Amigos, yo por la mañana, cuando era estudiante en la ETS, tenía clases de teoría, y por las tardes, dos días por semana, prácticas. ¿Qué problema había? ninguno. Y así, durante 6 años de carrera.

Luego, para colegiarte, el curso de práctica jurídica (que menos), en donde te enseñarán a ver una demanda, un auto, sentencias, modelos de formularios, etc. ¡Ah! y te sacarán los cuartos bien sacados.

Pero al menos, algo sabrás.

Y luego, a un despacho, para que te paguen 300 - 400 € hasta que aprendas algo. De todas maneras, como dije anteriormente, si eres mujer y tu marido gana dinero, no tendrás problema con la profesión. Si eres hombre y tu mujer gana dinerico tampoco. O si vuestras familias tienen dinero para aguantaros 4 años más sin producir. Ahora bien, en caso contrario, olvidaros de ser abogados.

Así es la profesión de abogado. Profesión a la que yo, desde luego, no me voy a dedicar más que para los temas personales - profesionales - empresariales propios, que son muchos y variados.

Sólo estudio derecho por necesidades de mi profesión, no porque vaya a ejercer.

Eso sí, me colegiaré y haré el curso de práctica jurídica.


Saludicos

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #96 en: 08 de Mayo de 2010, 11:48:39 am »
Hola:

  ¿Dónde dice que para ser abogado haya que hacer las prácticas jurídicas y que tengas que estar un tiempo como pasante?.

  No puedes ver los enlaces. Register or Login


  Por ejemplo para lo que dices de no ejercer al público, sino sólo para tus cosas, si tienes una empresas por ejemplo en estos momentos, te licencias, presentas la documentación el colegio, pagas lo que tienes que pagar y al día siguiente ya puedes defender en  los juzgados a tu empresa.

  Con la maldita ley, después de estar estudiando el mismo tiempo, tienes que aprobar un jod*** examen más (que no es ningún problema, es uno más de tantos, pero que jod**) y realizar dos años de prácticas. Dejas tu empresa y te pones a realizar las prácticas y después ya puedes colegiarte.

  Creo que la diferencia es como para tenerlo en cuenta.

  Está claro que los abogados de ahora están contentos con la maldita ley,  porque o bien tendrán mano de obra barata (no digo que antes no la tuviera, pero ahora es obligatoria) o bien porque habrá quien le pague para que firme que ha realizado las horas de práctica o bien tendrán a su hijo/a, mujer/marido para poder practicar y que le cuente como práctica.

  Se mire por donde se mire, los que comenzamos la carrera para terminar licenciado nos están jod****, porque es una discriminación.

Saludos cordiales,
jbr
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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #97 en: 08 de Mayo de 2010, 11:59:44 am »
Una observación más, ahora cuando va a terminar la liga de futbol, que salga una norma la semana que viene que diga que el que quede a un punto del segundo tiene que jugar un partido de 45 minutos para ver si le gana al segundo, si le gana será campeón de liga, sino lo hace, se declara desierto el campeonato y comenzará el año que viene de nuevo.

  Vamos hombre, que te cambien las reglas de juego mientras estás jugando es una put****.

  No suelo escribir de mala forma, pero esta ley hace que pierda las formas.

  Saludos,
jbr
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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #98 en: 08 de Mayo de 2010, 12:16:04 pm »
Me parece muy bien el contenido del comunicado de prensa.
Y por favor si a alguien le parece que la ley contra la que estamos luchando es magnífica, que abra un hilo para ello. Como título propongo "Viva la nueva Ley de acceso a la Abogacía", aunque tambié sugiero estas otras alternativas:
"Eramos pocos y parió la abuela"
"Por una vida mas dura, que las cosas son demasiado fáciles"
"Para ser abogado, tienes que trabajar gratis"
"Nosotros estamos peor preparados que los que terminen la carrera este año"
"Quiero hacer un master y quiero trabajar gratis. Me apetece.
Saludos  ;)
Miguel Angel

Desconectado jalegria

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Re: Y nos vamos a quedar con los brazos cruzados?(Nueva Ley de Acceso a la Abogacía)
« Respuesta #99 en: 08 de Mayo de 2010, 12:20:00 pm »
Para jbr:


Lo de pasante:
Artículo 6. Prácticas externas.
1. Las prácticas externas en actividades propias del ejercicio de la abogacía o en actividades propias de la procura, con los requisitos que reglamentariamente se determinen, deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos. En ningún caso implicarán relación laboral o de servicios.
2. Las prácticas se realizarán bajo la tutela de un abogado o procurador, según se dirijan a la formación para el ejercicio de la abogacía o de la procura. Los tutores serán abogados o procuradores con un ejercicio profesional superior a cinco años. Los respectivos estatutos generales de la abogacía y de la procura reglamentarán los demás requisitos para el desempeño de la tutoría, así como los derechos y obligaciones del tutor, cuya infracción dará lugar a responsabilidad disciplinaria.

Lo de la Práctica Jurídica:
Artículo 3. Formación.
1. Los cursos de formación para abogados y procuradores podrán ser organizados e impartidos por universidades, públicas o privadas, y por escuelas de práctica jurídica.

Una nota. No es que quiera ser un toca pelotas, pero lo que dice la ley ya se estaba haciendo, de forma cubierta o encubierta, me da igual.

Para asuntos personales, no hace falta que estés colegiado. Puedes defenderte a tí mismo si eres licenciado en derecho en esos casos.

Por otra parte, creo que los colegios en pocos años pueden desaparecer (¡Ojala!)


Saludicos