Además de estar de acuerdo con mis compañeros, si hay igualdad de sueldos, no procederá pensión compensatoria, hay igualdad de valores de vehículos, los hijos hasta su emancipación vivirán donde ellos quieran, incluso el menor si lo expone por medio del procurador que es su representante y entre ambos convenir una pensión alimenticia a aportar por ambos y el resto de gastos médicos, de estudios, etc., al 50% también.
El problema son ambas viviendas. Entre una y otra hay una diferencia de 180.000 € más la hipoteca de 30.000 €. Éste es el quiz de la cuestión. Si cada uno se queda una vivienda, el que se queda la de 270000€ tendrá que seguir pagando la hipoteca de 30000€ con lo que la diferencia se quedaría en 150.000€ a favor del que se ha quedado con la vivienda pequeña, osea que el otro deberá abonar esa diferencia o una aproximada al cónyuge que se ha quedado desfavorecido con el reparto.
Claro que si todo es consensuado, puede haber mil formas de solucionar el problema y más aún los cónyuges que saben sus pretensiones, ganancias y perspectivas futuras. Se puede llegar a un acuerdo.
Pero si no existe acuerdo en este punto, se puede contratar un contador-partidor, abogado especializado en estos menesteres y plasmar lo que él diga en el Convenio. O como último término si no están de acuerdo, iniciar la disolución por vía contenciosa, lo cual no es recomendable porque habrán más gente a comer del pastes, otro procurador, otro abogado, peritos, etc.
Y por último, si deciden vender alguno de los inmuebles, hay que consultar al abogado, porque creo que si la venta se realiza simultáneamente con el proceso de divorcio, te ahorras los impuestos de Transmmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el IRPF, que si haces el cálculo es un pastón que se ahorran.
Bueno, espero haber sido de ayuda.
Suerte