haber si algun licenciado o amigo que este ducho en los procedimiento administrativo y todo lo que tiene que ver con la administracion y me echa un cabo o un soldado o mejor un sargento:
Mi duda radica en lo siguiente: La administracion (en este caso es el cabildo lo que es igual a la diputacion en la peninsula) Me pide un documento cuya valoracion del mismo es de caracte definitivo es decir que lo que indica ese documento es lo que hay (es el certificado de discapàcidad). Ese documento se lo entregue en su dia conel fin de tener unos servicios que caducan a los 5 años y es el presente. Ahora me vuelven a pedir el citado documento, que en esto momento no poseo. La cuestion esta que mirando el procedimiento administrivo:
dice: Si la administracion ya posee un documento cuya resolucion es de caracte definitivo y no cabe resolucion contra el contenido del mismo se abtendra de solicitarlo de nuevo.
2.- Un certificado que pido al Gobierno autonomo para que me den una copia compulsada sobre ese documento tiene fuerza ejecutoria ante la continuacion del expediente o mientra no este ese documento el expediente queda parado y poir lo tanto sigue corriendo el tiempo de prescripcion? (el documento del gobierno autonomo consta como que solicito una 3 copìa del certificado de discapacidad y esta cuñado por el organismo). Por lo tanto le puedo dar una copia al cabildo que la compulse y cuando me llegue ese certificado se los entrego......
un saludo y suerte en los examenes, yo los he dejado para la 2º semana y se que aprobare a pesar de no creer en el derecho y mucho m,enos auin en su aplic

:)adores