Hola a todos, a mi me ha surgido una duda: sumpongamos que unos se colegia en el LUCENA, (el más barato), como no ejerciente y al cabo de un año, desea pasarse, también como NO EJERCIENTE al Colegio de su ciudad, ¿tendría que pagar los derechos de ese otro Colegio?.
En otras palabras, el asunto estriba en que para el que de momento no va ejercer le conviene como primera colegiación hacerlo en el más barato, pero y, luego...si interesa estar inscrito en el Colegio de su ciudad, por aquello de las conferencias, cursillos y demás, se tendrán que pagar los Derechos de colegiación que marca dicho Colegio de la ciudad donde reside el abogado?, porque como es lógico al Colegio más barato (en el ejemplo, el de LUCENA) no va ir a una conferencia una persona de, por ejemplo, Valencia, pero si éstas colegiado en el de esta última ciudad y resides en Valencia, lo más normal es que puedas acudir a seminarios, cursillos, conferencias y demás.
¿Alguién me lo puede aclarar?
Un saludo
MARCOMA