Ya envié la primera prueba de EC, queria compartirla con vosotros y conocer vuestra opinión sobre ella.......
Esta es:
A) El Juzgado de Instrucción es un órgano unipersonal por ser Juzgado de primera instancia a cargo de un Juez. La Audiencia Provincial es un órgano colegiado cuyos miembros son denominados magistrados y ser tribunal de apelación.
B) Contra el auto del Juzgado de Instrucción cuando los hechos no constituyen delito o no se considere competente para su instrucción, prodecede la apelación
a la Audiencia Provincial que es el órgano jurisdiccional inmediato al Juzgado de Instrucción el cual debe tener conocimiento de la apelación en primera instancia.
C) El órgano competente seria el Tribunal Superior de Justicia, por ser el órgano jurisdiccional superior en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, órgano competente para tratar una querella a través de su Sala de lo Civil y lo Penal como Sala de lo Penal, de acuerdo a la LOPJ en su art.72, teniendo en cuenta que los Estatutos de Autonomía reservan causas penales al conocimiento de los TSJ.
D) La composición del órgano competente, Tribunal Superior Justicia seria:
Un Presidente, Magistrado del Tribunal Supremo mientras desempeñe el cargo de Presidente.
Presidentes de Sala y Magistrados que determinen la ley en cada Sala y Secciones que pudiera dentro de ellas crearse.
Para la instrucción de causas a) y b) del apartado 3 art 73 LOPJ de entre los miembros de la Sala un instructor, tal y como marca el apartado 4 del mismo articulo de la LOPJ