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Autor Tema: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"  (Leído 77254 veces)

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Desconectado SETT

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #300 en: 20 de Diciembre de 2010, 19:43:54 pm »
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jajaj muy buena raul, como llevais la practica dos, yo la envie ya si alguien la necesita que me la pida un saludo :-X

Me esta costando....... pero la voy sacando. Maldita costumbre española de dejar todo para el final....  :-X :-X :-X

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Desconectado alikia

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #301 en: 20 de Diciembre de 2010, 19:56:17 pm »
Ufff, ya no le doy más vueltas. Se acabó!  :D

Desconectado Onaiplu

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #302 en: 20 de Diciembre de 2010, 20:25:56 pm »
Ya envié la segunda...

Si alguien quiere intercambiar respuestas, o quiere que le pase la mía, que me pase un correo a udemarcos@hotmail.com.

En la primera me pusieron un mísero 6,50, razón: "Las respuestas no estan suficientemente fundamentadas en Derecho", vamos, que pasé de poner artículos y esas cosas.

Saludos y suerte.
Alea jacta est!!

Desconectado SETT

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #303 en: 20 de Diciembre de 2010, 20:49:08 pm »
Lo he conseguido ;D, pero por si las moscas mañana la doy otro vistazo y la mando.
un saludo a todos.
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Desconectado niki

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #304 en: 20 de Diciembre de 2010, 21:31:38 pm »
Raul aqui ando, aun no se la nota de la primera, pero en fin, que sea lo que sea, estoy sacando horas de donde no tengo para estudiar, pero me esta costando, yo trabajo tb mañana y tarde, asi que me levantare a las cinco y le saco tres horas, no como y saco otras tres, y los fines sin dormir, ese es mi plan de vida este mes y al k viene, ;D

Desconectado Raúl31

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #305 en: 20 de Diciembre de 2010, 22:50:43 pm »
Bueno se saca tiempo de donde se puede, yo más de lo mismo, un poco de sacrificio por aquí otro por allí, después habrá buenos resultados.


Desconectado ebravo44

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #306 en: 21 de Diciembre de 2010, 09:45:06 am »
Ánimo chicos, yo la mandé ayer también después de darle muchas vueltas y al final uf la dejé así tal cual que si no la enrollo mucho...jeje! Por cierto, a mí en la primera práctica aún no me han puesto nota así que no puedo saber qué tal está...en fin. Si a alguien le interesa que se la mande o algo para hacerse una idea con la suya o lo que sea que me avise :)
Saludos y ya veréis que el esfuerzo da resultados!! ^^
--Liz--
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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #307 en: 21 de Diciembre de 2010, 13:57:52 pm »
yo la tengo hecha, aunque no la he enviado aún...
te importa mandarmela para compararla?
gracias.
mi email es: anarosa_piti@hotmail.com

si quieres te paso lo que yo he contestao.
 feliz navidad¡¡¡ ;)

Desconectado ebravo44

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #308 en: 21 de Diciembre de 2010, 14:12:39 pm »
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yo la tengo hecha, aunque no la he enviado aún...
te importa mandarmela para compararla?
gracias.
mi email es: anarosa_piti@hotmail.com

si quieres te paso lo que yo he contestao.
 feliz navidad¡¡¡ ;)

Hola!! Ya la debes tener en tu buzón...no sé si esté bien o no, pero bueno al menos podrás comparar con la tuya :)
Si quieres me pasas la tuya o me das tu opinión de si la tienes parecida...
Felices fiestas!!
--Liz--
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Desconectado fmoreno323

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Re: 2ª Práctica Procesal I, posible solución
« Respuesta #309 en: 21 de Diciembre de 2010, 14:58:00 pm »
Bueno ahí os mando eso, siento la tardanza, pero por temas laborales viajo bastante y no siempre a países con conexión a Internet fiables


Supuesto de hecho:
SEGUNDA PRÁCTICA. EVALUACIÓN CONTINUA. INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL
A) Don A denuncia ante la policía judicial que el día…circulaba con el vehículo de su propiedad…por la calle…, haciéndolo a escasa velocidad, cuando, desde una calle situada a su izquierda y señalizada con Stop, sale, sin detenerse, el vehículo “J” conducido por Don B, produciéndose la colisión de ambos vehículos.
B) Como consecuencia de dicha colisión el vehículo…sufre daños tasados por su aseguradora en la cantidad de 3.350 €; incoado atestado por la policía municipal es remitido al Juzgado de Instrucción, que acuerda el sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal.
Cuestiones:
A) Firme la resolución que acuerda el sobreseimiento de la denuncia, ¿tiene el Juez la obligación de iniciar el procedimiento civil?
Aunque el Juez haga sobreseimiento por estimar que los hechos no son constitutivos de infracción penal en auto de la denuncia interpuesta del actor, Don A, Art. 216, sí se estima como un caso de controversia, el Juez está obligado a utilizar las disposiciones legales tendientes a la aplicación de las leyes. Art.24 CE.
Por tanto, Don A, tiene derecho a un procedimiento civil.
B) Si Don A inicia un procedimiento civil en reclamación del importe de los daños sufridos en su vehículo, ¿tendrá el Juez que realizar de oficio investigación sobre cómo ocurrieron los hechos o habrá de limitarse a valorar los hechos que las parten aporten y no otros?; ¿para esa valoración puede el Juez acordar pruebas no propuestas por las partes?
Se deroga la resolución anterior, sentencia por sobreseimiento de los hechos.
El procedimiento comenzara con la demanda y su contenido. Art. 399
Una vez iniciado el procedimiento civil, el Tribunal podrá aplicar el Art. 217.1 sobre el demandante o actor y el demandado.
Corresponde al actor y al demandado la carga de la prueba según dispone el Art. 217.2,3,6 y 7.
Solo se podrán presentar pruebas que se relacionen con el objeto de los hechos. Art. 281.
El Juez podrá valorar los hechos que aporten las partes y además, acordado con el Tribunal, de oficio, practicar determinadas pruebas. Art.282.
El Juez puede valorar pruebas que él crea convenientes, documentos, dictámenes e instrumentos probatorios, cuando así lo establezca la ley. Art. 282
C) Don A. propone prueba tendente a demostrar que Don B es una persona aficionada al juego y que, además, tiene antecedentes penales por un delito de hurto. ¿Debe el Juez estimar ese medio de prueba o tiene facultades para rechazarlo por impertinente?; ¿le asiste a Don B el derecho a la práctica de prueba para acreditar que Don A tiene escasa visibilidad sin gafas y el día de los hechos no hacía uso de éstas?ç

Que Don B, sea aficionado al juego, no es una prueba que guarde relación con el objeto del proceso, tampoco es una prueba con un criterio razonable que sirva para esclarecer los hechos, por tanto el Juez puede considerarla como inútil o impertinente. Art. 283
No, porque no influye en el transito normal de la vía y no impide a Don B el cumplimiento de las normas de circulación, además en el atestado policial, no se da este hecho como prueba. Art.283
Una vez finalizadas la fase de alegaciones reunidas las pruebas, y admitidas a trámite por el Juez, se procederá a señalar la fecha del juicio. Art. 429.2
D) ¿Puede el Juez dictar sentencia condenando a Don B a la cantidad de 4.000 € por entender que los daños son superiores a la cantidad solicitada por Don A o porque a éste se le olvidó pedir el importe de un aparato de radio que resultó dañado?
Sí, si en la fase de alegaciones y valoración de las pruebas aportadas por el demandante o actor, o las aportadas de oficio por el Tribunal, fueran relevantes de mayor cuantía.
Ahora bien, en esta fase de conclusiones y sentencia, no podrán alegarse hechos nuevos, y el aparato de radio lo es, sino únicamente precisar, lo que, sobre los hechos relevantes ya aportados, consideren las partes conveniente alegar en función del resultado de las pruebas practicadas. Art. 433.2
Una vez expuestas sus conclusiones sobre los hechos controvertidos, las partes podrán informar sobre los argumentos jurídicos en que se apoyen sus pretensiones, que no podrán ser alteradas en ese momento. Art. 433.3
Si las partes no pusieran fin al litigio mediante acuerdo, pero estuvieren conformes en todos los hechos y la discrepancia quedase reducida a cuestión o cuestiones jurídicas, el tribunal dictará sentencia dentro de veinte días a partir del siguiente al de la terminación de la audiencia. Art. 428.3.
Derecho aplicable:
Arts. 24.2 CE, 216, 217, 281.1, 282, 283, 399, 428.3, 429.2 LEC

 
 

 
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Desconectado alikia

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #310 en: 21 de Diciembre de 2010, 21:40:22 pm »
Envié anoche la segunda PREC y ya me han puesto la nota. :o Un 8. Pero ni un triste comentario de en qué he fallado o cómo podría mejorarla...
En la primera PREC también me pusieron un 8 y el comentario de la tutora fue "Falta razonamiento". Simple y llanamente.

Razonamiento es lo que le falta a ella, me parece a mí... porque ya me diréis de qué me sirve ese comentario. :(

En fin, como las PRECs son el 25% de la nota final y mi media es de 8, quiere decir que mi 25% supone un 2 de la notal final de la asignatura. Dicho esto, a partir de qué nota en el examen te suman la nota que has sacado en las PRECs?
¿Hay que tener un 5 en el examen o con tener un 3 ya estaría aprobada???? 

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #311 en: 21 de Diciembre de 2010, 22:08:39 pm »
En la tutoría preguntaron si hacía falta sacar un mínimo en el examen para que te puntúe la nota de la práctica, y el tutor no supo aclarárlo. En la guía no pone nada.
En la asignatura de Teoría de derecho lo pone bien claro.
A mi también me han puntuado las dos prácticas con la misma nota ¿será casualidad o a todo el mundo le puntuarán los dos casos igual?

Desconectado SETT

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #312 en: 21 de Diciembre de 2010, 22:13:38 pm »
Yo la he enviado hoy...... pero todavia no tengo ni la nota de la primera, asi que...... nos comeremos el turron con la duda.

FELIZ NAVIDAD A TODOS. ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
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Desconectado Raúl31

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #313 en: 21 de Diciembre de 2010, 23:31:57 pm »
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Envié anoche la segunda PREC y ya me han puesto la nota. :o Un 8. Pero ni un triste comentario de en qué he fallado o cómo podría mejorarla...
En la primera PREC también me pusieron un 8 y el comentario de la tutora fue "Falta razonamiento". Simple y llanamente.

Razonamiento es lo que le falta a ella, me parece a mí... porque ya me diréis de qué me sirve ese comentario. :(

En fin, como las PRECs son el 25% de la nota final y mi media es de 8, quiere decir que mi 25% supone un 2 de la notal final de la asignatura. Dicho esto, a partir de qué nota en el examen te suman la nota que has sacado en las PRECs?
¿Hay que tener un 5 en el examen o con tener un 3 ya estaría aprobada???? 

Tienes que tener un 5, para que te sume esa puntuación, a nosotros la tutora no lo ha dejado bien claro, pero claro, como se enteran ni ellos, a saber.

Desconectado silviet

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #314 en: 23 de Diciembre de 2010, 12:05:21 pm »
Hombre no se que entiendes por la palabara exigir... desde luego, no es mi intención para nada. Lo único que digo es que otros años ya se habían colgado apuntes y demás y este año aún no. Tampoco hay que estar tan a la defensiva, ¿no?

Desconectado silviet

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #315 en: 23 de Diciembre de 2010, 12:18:05 pm »
No me esperaba estas respuestas para nada, desde luego. Se que hay mucha gente en mi situación y es por eso que pedía un poco de ayuda...NO EXIGÍA!!!! Veo un poco desmesuradas vuestras respuestas, pero vamos, de todo el mundo es sabido que los mensajes se pueden interpretar como cada uno quiera. Y repito que no era mi intención EXIGIR.

Desconectado Raúl31

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #316 en: 23 de Diciembre de 2010, 19:35:12 pm »
Hola, me he quedado estancado, llevo todo el día con los principios referentes al objeto del proceso, principio dispositivo y el acusatorio con sus respectivas notas esenciales, si alguien puede explicarlo con un lenguaje más sencillo y que pueda mejor entender, muchas gracias.

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #317 en: 23 de Diciembre de 2010, 21:57:30 pm »
Estoy leyendo por aquí sobre los apuntes y no estoy seguro porque todavía no los he comparado con el libro pero en la sección de apuntes hay unos de un tal "raymondcarver" para esta asignatura ¿lo habeis comparado alguno????

Desconectado Onaiplu

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #318 en: 24 de Diciembre de 2010, 16:34:26 pm »
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Hola, me he quedado estancado, llevo todo el día con los principios referentes al objeto del proceso, principio dispositivo y el acusatorio con sus respectivas notas esenciales, si alguien puede explicarlo con un lenguaje más sencillo y que pueda mejor entender, muchas gracias.

A ver si puedo con el Principio Dispositivo:

Comporta un poder de disposición por las partes del derecho de acción y del objeto del proceso, fundamentado en la disponibilidad de los derechos subjetivos en conflicto. Está presente en todos los procesos en los que se discutan relaciones jurídico-privadas y en aquellos, que aún siendo de Derecho Público, esten comprometidos derechos e intereses de la titularidad de los particulares.
- Los derechos pertenecen a los titulares
- No estan obligados a solicitar su tutela o a ejercitar su defensa ante los tribunales.
- El Juez no puede, de oficio, entablar un proceso ante las partes.

Ante un conflicto, las partes son dueñas de acudir al proceso o solucionarlo fuera de él.

No sé, mas o menos.
Saludos


Desconectado manuelk0

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Re: INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL "POST OFICIAL"
« Respuesta #319 en: 24 de Diciembre de 2010, 17:03:32 pm »
No en todas las jurisdiciones. Un conflicto que implica a su vez un delito no puede dirimirse entre las parte, asi com un conflicto en materia civil que afecte a otras partes segunda del conflicto tambien no puede dirimirse por las partes principales..... saludo :)