son penitenciales
"Las arras penitenciales consisten igualmente en la entrega de una cantidad de dinero por uno de los contratantes, pero en el entendido de que cualquiera de las partes contratantes puede desistirse del contrato celebrado, perdiendo las arras el que las haya entregado o devolviendo el doble de las mismas el que las haya recibido"
ART. 1154 CC: "si hubieren mediado arras o señal en el contrato de compraventa prodrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas"
es el vendedor el que las devuelve duplicadas al comprador, fíjate bien en el caso: pone a disposición de Alegre Mercado Comprador
el vendedor devuelve el doble, eso solo pasa en las penitenciales como bien pone el CC, que no su enterais, da igual que no conste expresamente