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Autor Tema: Duda sobre legados  (Leído 4674 veces)

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Desconectado xicu

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Duda sobre legados
« en: 10 de Mayo de 2011, 17:55:26 pm »
Buenas tardes :
Tengo la siguiente duda sobre una cuestión de legados.
En una herencia grabada con un legado está obligado el heredero a poner en conocimiento del mismo al legatario, a ofrecérselo, o es el legatario quien debe solicitar el legado al heredero.
Le he dado muchas vueltas a la Sección Décima del Código Civil en materia de mandas y legados y lo único que he encontrado en el art. 885 es que " el legatario no puede ocupar por su propia autoridad la cosa legada, sino que debe pedir su entrega y posesión al heredero o al albacea, cuando éste se halle autorizado para darla ".
Os agradeceria algún comentario al respecto.
Saludos.


Desconectado Gem-Mas

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Re: Duda sobre legados
« Respuesta #1 en: 10 de Mayo de 2011, 18:05:38 pm »
Yo creo que es obligación del heredero entregar el legado.
Ese artículo que citas creo que lo único que quiere decir es que él no puede tomarlo por su cuenta si el heredero no se lo da, y debe esperar a que éste cumpla con su obligación o pedírselo via judicial.
De todas formas, espera a ver si aparecen opiniones más autorizadas,  ;D
Saludos

Desconectado jbr

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Re: Duda sobre legados
« Respuesta #2 en: 10 de Mayo de 2011, 19:21:25 pm »
Hola:

  En cuestión de legados hay que estar a lo que diga el testamento, la última voluntad del causante, por lo tanto depende de lo que diga en él, así habrá que actuar.

  Lo que quiere decir el art. 885 es ni más ni menos, que nadie puede tomarse la justicia por su mano. El legatario no puede tomar posesión de la cosa legada por su propia autoridad, sino que ha de pedir su entrega y posesión al heredero o albacea, cuando halla autorizado a darla.

  El legado puede ser sobre cosa indeterminada, o cosa determinada y por tanto tendrá que estar a lo que diga el testamento y la herencia, serán los herederos, el albacea o el administrador, los encargados de poner en posesión al legatario, si estos no lo hicieran tendrá acción contra ellos, al igual que si el legatario tomare posesión por su cuenta, los herederos tendrán acción contra el legatario, aunque después tendrá de darle la posesión al legatario.

  Aunque no sé por qué haces la pregunta, seguramente tendrás más información que puede cambiar la postura, como suelo decir, aunque hay amigos que me contradicen, en el Derecho todo depende.

  Saludos,

jbr
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Desconectado xicu

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Re: Duda sobre legados
« Respuesta #3 en: 10 de Mayo de 2011, 22:27:34 pm »
Buenas noches :
Gracias por vuestras respuestas.
La cuestión es la siguiente : Una herencia en la que hay un heredero universal y un legado determinado.
Quisiera saber qué artículo, explicitamente, impone al heredero la entrega. No encuentro ninguno que lo establezca, tal vez se puede deducir indirectamente, pero no se verlo.
En los artículos se establecen los tipos de legados, las peculiaridades de todos ellos, pero no se ver el mandato expreso de entrega por parte del heredero.
Sólo he encontrado el artículo 885 que establece : " sino que debe pedir su entrega ", mandato explícito al legatario.
Saludos.

Desconectado jbr

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Re: Duda sobre legados
« Respuesta #4 en: 10 de Mayo de 2011, 23:05:33 pm »
Hola:

  Como te he comentado antes, hay que estar a lo que diga el testamento, si el testamento dice lego a mi primo Juanito “el canijo” la casa del pueblo, que será entregada por mi hija Daniela, pues ya sabes quién tiene que entregarla.

  Si no dice nada el testador, entonces hay que estar a lo que dice el art. 881 del CC, el legatario adquiere derecho a los legados puros y simples desde la muerte del testador, y lo transmite a sus herederos. O sea que si no hay condición alguna, desde la misma muerte del testador, adquiere la propiedad de lo legado, como propietario le darán la posesión de su propiedad los herederos o quien lo posea, pero si no se la dan, la tendrá que reclamar, extrajudicialmente o judicialmente, depende como se pongan los herederos o el poseedor.

  Para los demás casos hay que ver lo que dispone el CC en sus art. 858 y ss. Los testamentos son como los contratos, hay un ius cogen mínimo, un derecho supletorio y mucho derecho dispositivo, por lo que hay que tener el testamento y leerlo para saber qué hay que hacer.

  Saludos cordiales,

  jrb
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Desconectado Drop

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Re: Duda sobre legados
« Respuesta #5 en: 11 de Mayo de 2011, 06:57:39 am »
Hola. Creo que la respuesta es esta:

El heredero debe poner en conocimiento del legatario el legado.  De no hacerlo, estará utilizando una propiedad que no le pertenece, y podría ser demandado por sus frutos, rentas o intereses. Y, si es inmobiliaria, no podrá venderla, pues de hacerlo cometería estafa. Naturalmente: tampoco ningún notario permitiría que se inscribiese a su nombre dicha propiedad.

De los artículos 858 y ss Cc se deduce que no es la herencia lo que está gravado con un legado, sino el propio heredero. 
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)