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Autor Tema: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad  (Leído 3339 veces)

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Desconectado diaz15

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Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« en: 12 de Mayo de 2011, 13:05:33 pm »
 !Hola a todos!.

  Veréis, he estado haciendo exámenes que he encontrado colgados en calatayud, y en uno de ellos plantean la cuestión siguiente: "El principio de solidaridad como límite de la autonomía de las Comunidades Autónomas".

  El problema es que no encuentro el principio de solidaridad en ninguna parte del libro, sólo he visto que lo nombran un par de veces en las páginas 112 y 118 del tomo II.

  Si alguien sabe en qué página puedo encontrarlo !lo agradecería en el alma!.

  !Gracias!.

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Desconectado Sookie_

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Re: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« Respuesta #1 en: 13 de Mayo de 2011, 00:27:00 am »
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!Hola a todos!.

  Veréis, he estado haciendo exámenes que he encontrado colgados en calatayud, y en uno de ellos plantean la cuestión siguiente: "El principio de solidaridad como límite de la autonomía de las Comunidades Autónomas".

  El problema es que no encuentro el principio de solidaridad en ninguna parte del libro, sólo he visto que lo nombran un par de veces en las páginas 112 y 118 del tomo II.

  Si alguien sabe en qué página puedo encontrarlo !lo agradecería en el alma!.

  !Gracias!.

A ver si esto te sirve ;)  :

Artículo 2 CE

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Artículo 138 CE

1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.

2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

Artículo 158.

1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.

2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

Desconectado colina

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Re: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« Respuesta #2 en: 13 de Mayo de 2011, 12:59:49 pm »
Tengo la duda ¿no es que las comunidades autonómicas más ricas ayudan a las más pobres con el fondo  territorial ?

Desconectado diaz15

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Re: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« Respuesta #3 en: 16 de Mayo de 2011, 11:40:59 am »
¡Muchas gracias por tu ayuda Sookie_ !. Al final, el fin de semana seguí buscando en el libro y encontré la respuesta ¡gracias a Dios! jajajaja, ésta aparece en la pág. 130 del tomo II:

   El principio de solidaridad, además de su proclamación en el citado art. 2, se recoge en otros preceptos constitucionales y en algunos Estatutos. El art. 138 lo impone como obligación del Estado que debe garantizar un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. También, y dentro de un entendimiento economicista, la solidaridad condiciona el alcance de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas y juega como criterio justificativo de la existencia y ulterior reparto del fondo de compensación interterritorial (arts. 156y 158 de la Constitución).
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Desconectado diaz15

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Re: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« Respuesta #4 en: 16 de Mayo de 2011, 11:47:13 am »
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Tengo la duda ¿no es que las comunidades autonómicas más ricas ayudan a las más pobres con el fondo  territorial ?



Espero que esto te ayude:

España es un país que está formado por Comunidades Autónomas, que están formadas por provincias que, a su vez, están formadas por municipios. En cada uno de estos sitios la organización en muy parecida a la del Estado en pequeñito: hay elecciones a Alcalde en los municipios, elecciones a presidente en las Comunidades Autónomas, se obtiene el dinero a través del Estado y de los impuestos y se reparte según las necesidades de los ciudadanos.

El Estado intenta que el reparto de la riqueza sea equilibrado entre todas las partes del territorio, para que no haya unas que sean muy ricas, o muy ricas y otras muy pobres.
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Desconectado Sookie_

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Re: Derec. Administrativo I. principio de solidaridad
« Respuesta #5 en: 16 de Mayo de 2011, 19:32:05 pm »
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¡Muchas gracias por tu ayuda Sookie_ !. Al final, el fin de semana seguí buscando en el libro y encontré la respuesta ¡gracias a Dios! jajajaja, ésta aparece en la pág. 130 del tomo II:

   El principio de solidaridad, además de su proclamación en el citado art. 2, se recoge en otros preceptos constitucionales y en algunos Estatutos. El art. 138 lo impone como obligación del Estado que debe garantizar un equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. También, y dentro de un entendimiento economicista, la solidaridad condiciona el alcance de la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas y juega como criterio justificativo de la existencia y ulterior reparto del fondo de compensación interterritorial (arts. 156y 158 de la Constitución).

Me alegro de haber aportado algo, aunque al final la duda la has acabado resolviendo tú mismo/a :)

   Un saludo y mucho ánimo para exámenes