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Autor Tema: REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO, DUDA  (Leído 2402 veces)

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Desconectado nemesis

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REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO, DUDA
« en: 09 de Junio de 2011, 13:07:21 pm »
Hola compañeros, de nuevo estoy por estos foros, saludos a todos. Bueno, tengo que haceros una consulta, resulta que mi novia y yo nos vamos a inscribir en el Registro Municipal de parejas de hecho, del Ayto. de Albacete, y bueno, las condiciones son muy simples, pero tengo dos dudas, que espero me solventeis, a saber:

Indican que una de las condiciones es, Certificado o fe de estado civil (se obtiene en el Registro Civil). Bien, resulta que mi novia, es Extra comunitaria, pero en su pasaporte, que se entiende, acata la legislación internacional al respecto, indica claramente que es Soltera, de forma que creo sería suficiente, con ello, y no hay porque solicitar una fe de estado civil en el Registro civil, ya que ella obviamente al no ser española, no está inscrita en el mismo.

La otra duda es, que entiendo que una vez, registrados, ya de pleno derecho, podemos solicitarle la nacionalidad española, máxime siendo centroamericana, aunque su país de origen, Paraqüay, creo que no tiene concierto internacional al respecto, no es obice para solicitar como compañera mía la nacionalidad española.

Bueno, pues solo era eso, espero vuestros comentarios y soluciones.

Cordiales saludos

NON EST QVI NON ADVENIT ( No está, nbspnbsp quién no llega )

Desconectado palangana

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Re: REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO, DUDA
« Respuesta #1 en: 09 de Junio de 2011, 13:45:12 pm »
En mi opinión, el ser pareja de hecho ni tampoco el matrimonio no da derecho "per se" a la nacionalidad española. Lo que da derecho a la nacionalidad española es lo que indica el CC, bien ius sanguinis bien ius soli (art. 17 CC). Por otro lado, que pueda acogerse a alguna de las soluciones que ofrece la Ley 52/2007 conocida como Ley de Memoria Histórica.

Lo que dará derecho en todo caso será bien a estancia bien a residencia, que con el tiempo quizás ofrezca la posibilidad del arraigo, permiso de larga residencia etc. Sobre estas cuestiones hay que tener cuídado porque extranjería ha sufrido una reforma que entrará en vigor el 1 de julio de 2011.

Se exigen además unos requisitos de entrada y permanencia en el país, el empadronamiento, dar cuenta a la policía de la estancia etc (hay grabaciones hoy en día de la llegada en la aduana, eso tengo entendido).

Cualquier violación, ocultación, falsedad etc puede tener como consecuencia administrativa la sanción de la expulsión, si perjuicio de que exista delito.

Yo creo que lo mejor que se puede hacer es inscribirse como pareja de hecho e intentar para la estancia o residencia acogerse a la normativa europea si se tiene nacionalidad comunitaria de Estado miembro. Así se logra que pueda estar al menos en España, yo creo.

Me tengo que estudiar la nueva reglamentación de extranjería, inminente su entrada en vigor. Siento no poder ayudar más de momento. Un saludo y suerte.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

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Re: REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO, DUDA
« Respuesta #2 en: 09 de Junio de 2011, 14:19:16 pm »
Hola.

Muy interesante la cuestión.  Lo desconocía. Existe una STS de 1 de junio de 2010, publicada en el BOE del 3 de noviembre (No puedes ver los enlaces. Register or Login), por la cual se anulan parcialmente determinados artículos del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la U.E. y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Para la aplicación de dicha STS existe una Instrucción DGI/SGRJ/MTI, de 03/11/2010, que encontraréis en No puedes ver los enlaces. Register or Login

Más que la nacionalidad española, podrá optar a la residencia legal como familiar de un comunitario.

En cuanto al documento probatorio de la soltería, si con el pasaporte no les parece suficiente siempre podría pedir un certificado del Consulado, me figuro.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)