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Autor Tema: Procesal I: No se puede ser más.... >:(  (Leído 8793 veces)

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Desconectado anamapa

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #40 en: 09 de Junio de 2011, 18:38:33 pm »
Pues yo he sido más chula que nadie y he pensado que no hay recurso contra ello, por lo que he pensado que debía iniciarse una nueva demanda sobre la base de que el importe de costas es excesivo, y eso he hecho, una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia. Supongo que me he lucido, pero no era capaz de ver nada, era eso o dejarlo en blanco.


Desconectado maleno

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #41 en: 09 de Junio de 2011, 19:19:43 pm »
saludos. Pues, como la mayoría, el escrito no sabía ni por donde darle.......asi que, pese a que las preguntas teóricas iban bien.....ya veremos...

Desconectado Angrod

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #42 en: 09 de Junio de 2011, 19:49:07 pm »
A ver, respecto del caso práctico:

La respuesta correcta, conforme a la redacción de la LEC, aún con la reforma del 2009, es que no cabe recurso alguno. También sería argumentable interponer recurso de amparo, si es que se hubiera sufrido alguna vulneración de derechos fundamentales, pero nada más. La Ley 13/2009, en la DT 1ª dice que los procesos de declaración que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada en vigor de la presente Ley, se continuarán sustanciando hasta que recaiga sentencia en dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior. Así pues, no hay transformación del incidente, sigue el trámite anterior, por lo que no cabe recurso.

Pero la claro, la pregunta no puede versar sobre la regulación de antes del 2009. No pueden preguntar sobre algo derogado, no nos pueden exigir esos conocimientos. Por tanto, entiendo, que también cabría explicar cual es la regulación actual y redactar el recurso de revisión. Es la solución que yo elegí.

Por tanto, mi opinión es que si se realizó la contestación sobre la regulación anterior a 2009 es por supuesto correcto, pero la argumentación de la regulación actual también debería ser considerada correcta. Habrá que ver qué opina la cátedra, pero desde luego si no admiten como correcta la regulación actual, mi recurso lo tienen asegurado.

Suerte a todos

Desconectado baobeitf

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #43 en: 09 de Junio de 2011, 20:06:34 pm »
Hola!! Yo la verdad, es que no había estudiado por el libro, así que cuando leí el caso, me fui directamente a la LEC y deduje que lo que cabría era un recurso de revisión, y así lo planteé, como bien pude y con mis argumentos.

Las teóricas, mas o menos.....así que habrá que esperar

Un saludo y suerte a todos!!!

Desconectado maryeg

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #44 en: 09 de Junio de 2011, 20:10:11 pm »
Pues yo sigo en mis trece, creo que si que cabe el recurso directo de revisión. Porque si leemos el art 246 de la Lec el procedimiento que se va siguiendo es el mismo que describe el enunciado del examen, se emite informe del colegio de abogados una vez no se acepta la reducción de honorarios, como se detalla en el 246.1, etc.
Creo que el error viene porque con el cambio de la Lec la persona que debiera haber resuelto es el secretario judicial mediante decreto y como el texto es del 2003 nos confunden con el auto, pero yo he seguido el procedimiento tal y como lo pone en el artículo vigente de la lec y contra el decreto del secretario (que es quien resolvería si fuera un caso actual) si que procede el recurso de revisión.

O así lo entiendo yo. Lo que no se es como ponen un caso tan complicado, encima antiguo y que afecta a las novedades de la Lec, por lo menos que lo actualicen!

Desconectado Decio

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #45 en: 09 de Junio de 2011, 20:11:19 pm »
Sigo creyendo que el recurso de revisión no es posible en base a que lo tiene que ser sobre el Decreto dictado por el Secretario Judicial, cosa que no ha sido. Recordemos que ha sido un Auto, dictado por la Sala.
Pero, en fin, es verdad que el caso planteado era de 2002 (para rizar más el rizo) donde no operaban las reformas de 2009, dícese ésta.
Bellum se ipsum alit

Desconectado Leoncito

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #46 en: 09 de Junio de 2011, 20:20:01 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues yo sigo en mis trece, creo que si que cabe el recurso directo de revisión. Porque si leemos el art 246 de la Lec el procedimiento que se va siguiendo es el mismo que describe el enunciado del examen, se emite informe del colegio de abogados una vez no se acepta la reducción de honorarios, como se detalla en el 246.1, etc.
Creo que el error viene porque con el cambio de la Lec la persona que debiera haber resuelto es el secretario judicial mediante decreto y como el texto es del 2003 nos confunden con el auto, pero yo he seguido el procedimiento tal y como lo pone en el artículo vigente de la lec y contra el decreto del secretario (que es quien resolvería si fuera un caso actual) si que procede el recurso de revisión.

O así lo entiendo yo. Lo que no se es como ponen un caso tan complicado, encima antiguo y que afecta a las novedades de la Lec, por lo menos que lo actualicen!





Yo lo entiendo como tú!!

A ver qué pasa...

Desconectado cintach

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #47 en: 09 de Junio de 2011, 20:41:14 pm »
yo puse recurso de reposicion porq en el articulo 245 de la lec pone q si no se acepta la imupgnacion lo unico q vale es el recurso de reposicion porque si no no tenia ni la mas minima idea



q desastreee

Desconectado abalon

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #48 en: 09 de Junio de 2011, 22:26:15 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A ver, respecto del caso práctico:

La respuesta correcta, conforme a la redacción de la LEC, aún con la reforma del 2009, es que no cabe recurso alguno. También sería argumentable interponer recurso de amparo, si es que se hubiera sufrido alguna vulneración de derechos fundamentales, pero nada más. La Ley 13/2009, en la DT 1ª dice que los procesos de declaración que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada en vigor de la presente Ley, se continuarán sustanciando hasta que recaiga sentencia en dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior. Así pues, no hay transformación del incidente, sigue el trámite anterior, por lo que no cabe recurso.

Pero la claro, la pregunta no puede versar sobre la regulación de antes del 2009. No pueden preguntar sobre algo derogado, no nos pueden exigir esos conocimientos. Por tanto, entiendo, que también cabría explicar cual es la regulación actual y redactar el recurso de revisión. Es la solución que yo elegí.

Por tanto, mi opinión es que si se realizó la contestación sobre la regulación anterior a 2009 es por supuesto correcto, pero la argumentación de la regulación actual también debería ser considerada correcta. Habrá que ver qué opina la cátedra, pero desde luego si no admiten como correcta la regulación actual, mi recurso lo tienen asegurado.

Suerte a todos

Ya que llevamos tanto recurso y tanta impugnacion, oposicion etc.... pregunto ¿Cabria pedir la anulacion del ejercicio practico del examen?
Colegiado ICASV

Desconectado mgoni1

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #49 en: 09 de Junio de 2011, 23:17:40 pm »
Si con la LEC actual no se admite recurso creo que deberían anular el caso práctico. No se puede pedir una solución derogada.

Desconectado quitin

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #50 en: 10 de Junio de 2011, 07:42:33 am »
Eb los enunciados de examenes de segunda semana ponen respecto al caso práctico, recurso de amparo ordinario, la segunda vez. La primera vez ponen impugnación de costas. ¿Cual vale?. Es cierto que solo cabe el recurso de amparo, o cabría antes agotar el de revisión.

Desconectado zodiac

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #51 en: 10 de Junio de 2011, 09:01:28 am »
Propongo que todas estas cuestiones que estamos debatiendo a tenor del ejercicio práctico de Procesal I en la segunda semanase , se la hagamos llegar, de alguna manera, al departamento. Algo deben de hacer. Yo no sé si la solución es anular la pregunta práctica, o considerar mejor las teóricas en la evaluación global del examen...o yo que sé. Pero está claro que no es de recibo que nos pongan un ejercicio tan complicado, y más en una asignatura tan extensa y complicada como esta, y que además se suscite tanta polémica sobre como abordar el tema...Algo debemos de hacer

Desconectado mnemosine

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #52 en: 10 de Junio de 2011, 11:06:39 am »
Estimado zodiac, algo parecido he escrito al equipo docente, mirad en el foro virtual y añadid lo que creais oportuno.un saludo y esperemos que sean benevolentes

Desconectado zodiac

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #53 en: 10 de Junio de 2011, 11:17:31 am »
disculpa mi ignorancia mnemosine, pero no se donde ver lo del "foro virtual" en la web del departamento no he encontrado nada...gracias, creo que es importante que muchos secundemos estas peticiones

Desconectado j.c

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #54 en: 10 de Junio de 2011, 11:38:03 am »
  Esta asignatura ya la aprobé el año pasado,(menos mal visto el examen)pero para quien le pueda interesar el Catedrático Vicente Gimeno Sendra está en el Centro asociado de Elche,es muy amable y si le preguntas cualquier duda  de la asignatura te responde.
  Todos los años en época de exámenes viene al centro asociado de Elche.

Desconectado MaríaLex

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #55 en: 10 de Junio de 2011, 12:47:09 pm »
Yo también hice un recurso extraordinario por infracción procesal, basándome en lo siguiente:
1º No calentarme más la cabeza sobre la derogación o no de normas: me pedían que hiciese un escrito CONTRA EL AUTO (no contra un supuesto Decreto)
2º El Auto en cuestión es firme y no cabe contra el mismo recurso alguno
Por eso me pareció que la solución estaba en el r. extraordinario por infracción procesal, basado en la infracción del art. 24 CE. Por supuesto está mal y no me lo merezco con lo que he estudiado
Por cierto, soy nueva en la Uned,en febrero aprobé la primara parte de procesal, si suspendo (que es seguro) en septiembre ¿tengo que examinarme otra vez de la primera parte? Por favor decidme algo. Gracias

Desconectado lucaluca

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #56 en: 10 de Junio de 2011, 13:11:24 pm »
Tranquila MaríaLex. Si suspendes ahora en septiembre sólo te tienes que examinar de la convocatoria de junio. Eso sí, si suspendes también en septiembre te tienes que matricular de la asignatura entera. No obstante, no te des ya por suspendida, que el examen es mucho más que el caso. Suerte.

Desconectado MaríaLex

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #57 en: 10 de Junio de 2011, 13:16:21 pm »
Muchas gracias Lucaluca, me dejas un poco más tranquila. He dejado otras asignaturas para asegurar esta, porque también tengo aprobada el procesal penal y el caso práctico de ayer me dejó desmoralizada. Gracias otra vez.

Desconectado mnemosine

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #58 en: 10 de Junio de 2011, 13:58:29 pm »
Zodiac te metes en el campus de uned y en licenciaturas.... en el curso virtual de derecho procesal I en el foro de debate del equipo docente ahi lo he puesto miralo

Desconectado san

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Re: Procesal I: No se puede ser más.... >:(
« Respuesta #59 en: 10 de Junio de 2011, 17:09:52 pm »


  Este examen lo pusieron en Septiembre del año pasado. Os aseguro que muchos abogados no sabrían contestar el caso práctico.
 
  Suerte a todos. :)