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Autor Tema: Consulta sobre imputacion sin abogado  (Leído 4214 veces)

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Desconectado fuentesnieto

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Consulta sobre imputacion sin abogado
« en: 25 de Junio de 2011, 09:09:03 am »
Compañeros del Foro, quiero realizar una consulta por si alguien me puede aportar algún tipo de luz, hace varios días, en un control policial en una Autovia, a un amigo mió lo identifica la Guardia Civil y en el registro del vehiculo, mi amigo lleva en el maletero 14 macetas de cananabis sativa (Marihuana), pequeñas. Le intervienen  las macetas lo llevan a dependencias policiales y le informan de sus derechos en calidad de imputado, como presunto autor de un delito contra la salud publica. Mi amigo no desea declarar en dependencias policiales, lo dejan que se marche, en ningún momento le asiste ningún  abogado, mi pregunta es la siguiente, esa imputación es legal, o es solo una denuncia judicial.-


Desconectado Esgrimidor

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Re: Consulta sobre imputacion sin abogado
« Respuesta #1 en: 26 de Junio de 2011, 01:31:33 am »
La actuación de la Guardia Civil es correcta.
En base a la legislación vigente. Ahora vendrá un juicio.
Y el acusado necesitará un abogado de pago o de oficio.

Ahora bien. Creo que tu pregunta tiene también el deseo de conocer el trasfondo de la cuestión.

Han habido casos donde el detenido posteriormente declara que esas plantas son para autoconsumo.

La forma habitual de actuación de la Guardia Civil o de la Policía es requisar las plantas y pesarlas.

Si hubieran tenido que intervenir en una propiedad privada normalmente se hacen antes con una autorización judicial.

Si tu amigo no hizo declaración alguna ante la Guardia Civil no lo entiendo. Aunque bueno supongo que tenía miedo y que no quería decir nada.

Vamos a partir de un caso de autoconsumo. Y que tu amigo se mudaba de domicilio o algo así.

La cosa puede ir desde una sanción económica administrativa a cárcel.

La última noticia que lei fue de una intervención de más de cien plantas en una vivienda dedicada a tal fin.
Cuanto mayor es el número de plantas más complicado es demostrar el autoconsumo. Sobre todo si se observa en la intervención elementos tales como que no se sabe como el detenido se gana la vida.

También ayuda si el detenido muestra que la usa para fines medicinales. Normalmente no habrá ningún médico que refrende este extremo o que formalmente lo haya autorizado. Pero si el detenido tiene un cáncer es un punto a considerar.

O si el detenido es miembro de alguna asociación de la marihuana en pro de su legalización también ayuda.

Ahora bien. Si llevaba una sola planta, nadie sabe de qué vive, y además no lleva abogado ni habla en los interrogatorios lo mismo va a la cárcel por un delito contra la salud pública y por narcotraficante.


Desconectado Esgrimidor

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Re: Consulta sobre imputacion sin abogado
« Respuesta #2 en: 26 de Junio de 2011, 01:39:47 am »
En términos de vocabulario no me aclaro mucho.
Yo creo que una denuncia judicial sería cuando un conocido de esa persona que sabe que va a trasladar las plantas hace una denuncia en comisaria. Y como consecuencia se monta el control e intervienen las plantas.
Y como el caso ha sido que una Autoridad Competente ha requisado las plantas para mi gusto que está imputado con toda la legalidad.

Desde luego es el acusado por excelencia.

Por retorcer un poco las cosas ahora viene tu amigo y dice que las plantas no eran suyas. Que ignoraba que estaban en el maletero y que alguien debe haberlas puesto allí.
No es lo mismo que le hayan hecho una inspección domiciliaria y que al mirar en el jardín hayan descubierto las plantas.
También puede ser que las plantitas se las regalara un amigo y que se las regara su madre, y que ni el amigo ni la madre supieran que era marihuana.

Le hicieron a tu amigo prueba de marihuana en sangre o algo así ?. Los restos de marihuana tardan en desaparecer del organismo.





Desconectado palangana

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Re: Consulta sobre imputacion sin abogado
« Respuesta #3 en: 26 de Junio de 2011, 12:49:21 pm »
La actuación de la Guardia Civil es correcta y hasta benévola por lo que cuenta. La actuación del detenido es prudente en no hablar (derecho de autodefensa) pero imprudente al no haber pedido inmediatamente un Abogado. Hubiese asistido (aunque con carácter provisional) el Letrado de guardia del turno de oficio, siendo la primera asitencia meramente testimonial, nada hubiese podido hacer puesto que hasta que hubiese declarado el detenido no se podía entrevistar con él (art. 24 CE 78 y arts 118, 520.2, 520.6 y 775 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Catorce macetas de marihuana parace demasiado como para alegar autoconsumo y además traslado en vehículo particular. El Fiscal acusará de delito contra la Salud Pública (art. 368 CP) y se tramitarán diligencias urgentes, juicio rápido (797 Lencriminal). Si tiene antecendentes juega en su contra.

En mi opinión, sobre todo si no tuviese antecedentes, lo mejor que puede hacer es la conformidad premiada inmediata en el Juzgado de Instrucción para verse benefiado de un tercio de la pena (arts 801 Lecriminal), puesto que si va al Juez de lo Penal no tendrá ya ese beneficio.

Si no tiene antecendentes, siendo la pena de no más de dos años (para lo cual es muy útil la conformidad y beneficio anteriormente comentado), que intente en primer lugar la sustitución de la pena (pagar multa o trabajo en beneficio de la comunidad) pero una vez que haya pagado estará limpio; que no es posible, pues que se solicite la suspensión, con el riesgo de que si vuelve a cometer alguna acción u omisión objeto de reproche penal por delito (no falta) por tiempo entre dos a cinco años ingresará en prisión por la pena que le caiga y por la que estaba suspendida (arts 81 a 88 CP). En todo caso el Letrado deberá hablar con el Fiscal y el Juez de Instrucción para ver la dispoinibilidad y aceptación que tienen con respecto a la sustitución o la suspensión, puesto que si no están por la labor, evidentemente no hay conformidad que valga, no tendría sentido.

La segunda posibilidad, actuar con más valor que Espartaco e ir a juicio ante el juez de lo Penal, alegando cualquier cosa, falta de dolo, falta de tipicidad, que es autoconsumo etc (en mi modesta opinión, por lo que se cuenta, temerario).

Se trata de una imputación (atribución a una persona de un hecho constitutivo de reproche penal) y de una denuncia judicial. Un atestado tiene valor de denuncia.

Esa es mi opinión.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Esgrimidor

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Re: Consulta sobre imputacion sin abogado
« Respuesta #4 en: 27 de Junio de 2011, 02:33:35 am »
Magnífico aporte palangana.
No obstante, han habido casos de 80 y pico plantas para autoconsumo. Ojo que es lo que me han dicho, no lo se directamente. De lo último que he tenido noticia ha sido de un caso de unas ciento treinta y pico plantas. Todavía no se en qué ha parado.
Pero vamos, para mí que no soy un juez estoy contigo. Hay cosas más difíciles de creer que otras.