Del Reglamento de Pruebas Presenciales de la UNED.
Artículo 88. Cuando se comuniquen las calificaciones, el estudiante que no las haya recibido podrá presentar una reclamación en el plazo de diez días naturales ante el Equipo Docente, para que le informen de su resultado. Éste atenderá la petición del alumno a la mayor brevedad posible. En el caso de que el retraso sea motivado porque el examen no se encuentra, se procederá a su localización mediante la normativa establecida y, si finalmente se da por extraviado, se procederá a concertar una vía de solución con el interesado, informando posteriormente al Vicerrectorado del resultado, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 147 de los Estatutos de la Universidad.
En cualquier caso, el artículo 147 de los Estatutos de la UNED dice lo siguiente:
Artículo 147. Son derechos de los alumnos de enseñanzas regladas y del curso de acceso a la universidad y del resto de los alumnos, en la medida en que les sean aplicables en función del tipo de enseñanza, los siguientes:
[…]
i) Que sus exámenes sean custodiados y no ser perjudicados académicamente en caso de extravío por causas ajenas al alumno.
[…]
De todos modos a ver si en unos días apareciera, que es posible que se haya traspapelado con exámenes de otra asignatura. Confiemos en que así sea y no llegar a una solución con el Departamento (que encima, vaya Departamento...).
Saludos, ánimo y paciencia .