Téoricamente sería posible el reconocimiento de créditos de un título propio, o de la experiencia labral, hasta un máximo del 15% de los créditos, excepto el trabajo fin de grado o máster, dentro de un Grado o Máster oficial. Y ello al amparo del artº 6.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su redacción modificada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio.
Ahora bien. Primer punto: esta posibilidad no es obligatoria. Y segundo punto: dentro del plan de estudios del Máster se debe prever tal posibilidad.
Así que no es que haya imposibilidad legal, es que es más que nada muy dudoso. Por otro lado, la ventaja de haber hecho un curso de título propio en determinado ámbito es que ya se sabe algo del tema, y ya se tienen algunos trabajos hechos, trabajos que podemos ampliar y entregar ya dentro del título oficial.