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Autor Tema: Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio  (Leído 14519 veces)

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Desconectado palangana

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #20 en: 17 de Agosto de 2011, 13:31:11 pm »
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Lo de a la mínima resistencia me refiero a que muchas perrerías nos hacen y dicen y no detenemos.
Y, efectivamente, se suele detener por hurto en el caso de la moto, pero también por robo con fuerza. Porque están forzando la cerradura del pitón que, a su vez, entiendo que es un sistema específico de guarda y también está usando una llave falsa, ya que no es la llave destinada por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo.
En fin, que simplemente muchos no estamos de acuerdo y le damos la vuelta a la tortilla y cada uno entiende el artículo de una forma distinta, pero que al final se detiene por delito de hurto.

Que no detengan no quiere decir que no se denuncie (hay un atestado)=(denuncia).

Sí, hay fuerza en la cosas, efectivamente (romper el pitón que es un sistema de protección) pero no se cumple el otro ELEMENTO OBJETIVO que exige en el TIPO (para acceder al lugar donde se encuentran), principio de tipicidad.

Un saludo.

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Desconectado Violet

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #21 en: 17 de Agosto de 2011, 13:44:08 pm »
Ays, tampoco se denuncia, que entonces tendríamos colapsados los Juzgados más todavía.
Un saludo.

Desconectado palangana

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #22 en: 17 de Agosto de 2011, 13:44:52 pm »
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Ays, tampoco se denuncia, que entonces tendríamos colapsados los Juzgados más todavía.
Un saludo.

El atestado equivale a denuncia.
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Desconectado Violet

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #23 en: 17 de Agosto de 2011, 14:07:53 pm »
Ya lo sé, creo que no me expreso muy bien. En muchas ocasiones no se denuncia ni se hace atestado ni nada de nada. Si denunciasemos por todo estaría todo el triple de colapsado. Uno valora si detiene o no (por lo que se hace denuncia o no) dependiendo de la situación, del tipo de resistencia, etc. No vamos deteniendo ni denunciando por ahí a saco es lo que quiero decir.
Saludos.

Desconectado palangana

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #24 en: 17 de Agosto de 2011, 14:14:41 pm »
Y nadie os quita vuestro valor y buen hacer en el mantenimiento del orden y la paz social, ni se os quita la presunción de veracidad de hechos, ni de la buena fe y confianza recíproca. Pero no siempre es así, profesionales que actúan bajo el princpio de proporcionalidad, legalidad y oportunidad los hay (y muchos), lo mismo que también los hay que simplemente les falta un tornillo !

De todo hay en la viña del Señor...

Un saludo.
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Desconectado Violet

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #25 en: 17 de Agosto de 2011, 14:20:38 pm »
Por supuesto. Estoy totalmente de acuerdo. Hay de todo y a alguno le falta más de un tornillo y se le va la pinza, y el principio de proporcionalidad y otros cuantos se los pasan por el forro. Claro que a esos no los considero compañeros ni los quiero cerca!
Un saludo  :)

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #26 en: 17 de Agosto de 2011, 15:48:18 pm »
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Tengo la siguiente duda práctica:
Imaginad una persona que entra en unos grandes almacenes y sustrae una prenda quitándole ese objeto que hace saltar la alarma al salir por la puerta. ¿Se trata de un hurto o de robo con fuerza en las cosas encuadrado en el tipo 5 del art. 238 (inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda)?
Imaginémonos ahora que lo que se lleva esa persona es un disco duro que está metido dentro de una caja de plástico con un sistema de alarma similar. Para llevarse dicho duro abre o rompe la caja de plástico que es la que contiene el disco duro. ¿Hurto o robo con fuerza en las cosas en base al punto 3 del art. 238?
Espero vuestro parecer razonado a ver si me sacáis de esta duda porque el departamento, obviamente, está de vacaciones.
Gracias y un saludo.
PRIMER SUPUESTO: HURTO.
[s]SEGUNDO SUPUESTO[/s]: ROBO CON FUERZA.

Desconectado palangana

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #27 en: 17 de Agosto de 2011, 15:50:12 pm »
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PRIMER SUPUESTO: HURTO.
[s]SEGUNDO SUPUESTO[/s]: ROBO CON FUERZA.

PRIMERA CALIFICACIÓN. Conforme con el correlativo.

SEGUNDA CALIFICACIÓN. Conforme con el correlativo.

Un saludo.
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Desconectado Decio

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #28 en: 18 de Agosto de 2011, 11:07:15 am »
A ver,
Yo también entendía que la rotura del tapón de depósito de combustible para sustraer el mismo del interior era fuerza en las cosas. No así el Juez de Instrucción que entendía como UN TODO el depósito con su combustible, por tanto, bajo esa consideración la fuerza era IN RE, sobre la propia cosa entendida como ese todo y no como la prevista por el legislador AD REM, para acceder al lugar donde se encuentra (o encontraba) lo sustraído.

Pos eso, que opiniones hay muchas, como los colores.-
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Desconectado palangana

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Re:Valoración penal del siguiente delito contra el patrimonio
« Respuesta #29 en: 18 de Agosto de 2011, 11:48:41 am »
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A ver,
Yo también entendía que la rotura del tapón de depósito de combustible para sustraer el mismo del interior era fuerza en las cosas. No así el Juez de Instrucción que entendía como UN TODO el depósito con su combustible, por tanto, bajo esa consideración la fuerza era IN RE, sobre la propia cosa entendida como ese todo y no como la prevista por el legislador AD REM, para acceder al lugar donde se encuentra (o encontraba) lo sustraído.

Pos eso, que opiniones hay muchas, como los colores.-

"Como un todo" jeje, muy original la interpretación de ese Juez de Instrucción, es decir, que un tapón y el combustible viene a ser algo así como la misma cosa, que cachondo !!

Hay Fiscales que lo caificarón de robo y ganaron.
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