A ver si lo sube algún compañero,faltan esas
d) No pueden contener derechos sociales porque vincularían presupuestariamente pero sí reconocer y regular los derechos civiles y políticos
7. España es Estado Miembro de la Unión Europea lo cual representa que nuestro ordenamiento jurídico recepciona el Derecho originario y secundario de la UE. El Derecho de la Unión Europea se asienta principalmente:
a)En la actividad de las instituciones y muy principalmente en la legislación del Consejo de la Unión Europea en materia de integración política
b) En los principios de subsidiariedad legislativa y primacía
c) En los principios de efecto directo y primacía
d) En los valores de integración y unanimidad de las decisiones
8. La posición del Tribunal de Justicia respecto a los derechos en el ámbito comunitario motivó una reacción de algunos Tribunales Constitucionales, en concreto, del Tribunal Constitucional italiano y del Tribunal Constitucional alemán que en sendas sentencias pusieron en cuestión la doctrina del Tribunal de Justicia. Así, el Tribunal Constitucional italiano, en su Sentencia Frontini, de 27 de diciembre de 1973, afirmó:
a) Que la Comunidad Europea (hoy Unión Europea) era responsable de la tutela de
los derechos fundamentales en la aplicación del Derecho comunitario
b) Que el Tribunal de Justicia debía en todo caso aplicar el Convenio Europeo de
Derechos Humanos como parámetro de resolución de los casos
c) Que los derechos fundamentales debían ser enjuiciados por los Tribunales de los Estados miembros sin perjuicio del recurso de revisión reconocido al tribunal
de Justicia cuando se aplique el Derecho de la Unión.
d) Que la Comunidad no disponía de una competencia que le permitiera, en su caso, violar los derechos inalienables de la persona humana.
9. La Carta de Derechos Fundamentales de la UE dedica un capítulo a los derechos " relativos a las garantías judiciales. La Carta consagra el derecho a la tutela judicial y al juez imparcial. Respecto del primero, la protección que ofrece la Carta es:
a) Inferior a la que ofrece el Convenio Europeo de Derechos Humanos
b) Inferior a la que ofrece la jurisprudencia del Tribunal de Justicia
c) Superior a la que ofrece el Convenio Europeo de Derechos Humanos
d) Mediata, en el sentido de que debe ser desarrollada mediante un Reglamento comunitario
10. Desde su proclamación en el Consejo Europeo de Niza (diciembre 2000) hasta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa (diciembre de 2009), la Carta de los Derechos Fundamentales había carecido de eficacia jurídica vinculante para los Estados pero durante esos nueve años se convirtió en un texto de relevante tanto para las instituciones de la Unión como para los Estados miembros. En este sentido:
a) La Carta ha tenido una vigencia mediata ya que era vinculante para los estados miembros pero solo cuando se transponían directivas
b) El Parlamento Europeo aprobó una Resolución estableciendo que respetaría el contenido de la Carta en sus actividades durante el periodo en el que no
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